Diario Oficial de Galicia · 27 Aug 2026 · 11 vistas
El IGVS declara la ARI de los barrios de la Milagrosa y Feijoo en Lugo
Por FactBox Admin

El Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) declaró el área de rehabilitación integral (ARI) de los barrios de la Milagrosa y Feijoo, en el término municipal de Lugo, mediante resolución del 28 de julio de 2026. La declaración se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG) número 162, del 27 de agosto de 2026, en la sección III de otras disposiciones, y supone un paso clave para que cientos de hogares puedan acceder a ayudas de rehabilitación.
La solicitud fue presentada por el Ayuntamiento de Lugo el 30 de junio de 2026, acompañada del certificado del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno local en su sesión del 25 de junio de 2026. La declaración cuenta con el informe favorable, tanto técnico y urbanístico como administrativo, de las unidades competentes del IGVS.
Una ARI de ámbito urbano
El área declarada tiene la consideración de ARI de ámbito urbano de carácter continuo, una categoría que recoge aquellos tejidos que no pertenecen ni a un conjunto histórico ni a un ámbito rural. Según la normativa, este tipo de áreas debe contar con un mínimo de cincuenta viviendas en el ámbito delimitado.
El ámbito comprende una superficie total de 25.797,14 m², distribuida en dos sectores diferenciados territorialmente pero funcionalmente relacionados:
- 24.000,11 m² corresponden al barrio de la Milagrosa.
- 1.797,03 m² corresponden al barrio de Feijoo.
Se trata de dos tejidos urbanos consolidados que constituyen una parte significativa de la expansión histórica de la ciudad de Lugo, unidos por la contigüidad urbana y por su pertenencia a un mismo tejido residencial consolidado.
Marco legal
La declaración se apoya en la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, que regula las ARI en sus artículos 49 a 51. En concreto, el artículo 50.1.c) define las ARI de ámbitos urbanos como aquellas cuyo ámbito no pertenezca a ninguna de las categorías consideradas en las líneas anteriores.
El procedimiento para la declaración se rige por el Decreto 18/2014, de 13 de febrero, que determina los aspectos básicos de los programas autonómicos de rehabilitación de viviendas y da directrices para el desarrollo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. En el expediente se recogen todos los aspectos señalados en el artículo 8.2 de este decreto.
De conformidad con los artículos 49 de la Ley 1/2019 y 8.1 del Decreto 18/2014, las ARI se declaran mediante resolución de la Presidencia del IGVS, a solicitud de los ayuntamientos interesados. La resolución fue firmada por la presidenta del instituto, María Martínez Allegue, en Santiago de Compostela.
Impacto para los hogares
La declaración de la ARI es el requisito previo para que las personas propietarias de viviendas y edificios dentro del ámbito puedan optar a las subvenciones autonómicas y estatales de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. La delimitación exacta figura en el plano que se adjunta como anexo a la resolución.
Con esta declaración, Lugo suma una nueva área de rehabilitación integral en un tejido urbano consolidado, lo que permitirá afrontar la mejora de la eficiencia energética, la accesibilidad y la conservación del parque edificado de los barrios de la Milagrosa y Feijoo, beneficiando potencialmente a cientos de hogares en una zona de expansión histórica de la ciudad.
Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 162, 27 de agosto de 2026, sección III. Otras disposiciones, pág. 46821 (referencia oficial: CVE-DOG 9idntrm2-fuf3-x0i7-18t7-yroy9tlpwvu7).