BOP de Ourense · 03 Nov 2026 · 10 vistas
El Bolo destina 6.000 euros en pienso para ganaderos afectados por los incendios
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de O Bolo convoca ayudas extraordinarias en especie, por un importe máximo de 6.000 euros, para la entrega gratuita de pienso a las explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino del municipio. La convocatoria se aprobó mediante el Decreto de Alcaldía 2026-0475, del 19 de octubre de 2026, y su extracto se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 3 de noviembre de 2026, en la sección IV de Entidades Locales, con la referencia R. 2.509.
La medida responde al carácter «extraordinario, temporal y no periódico» que el propio acuerdo municipal atribuye a la ayuda, destinada a paliar parcialmente las necesidades de alimentación del ganado derivadas de los incendios forestales de 2025, de la situación de sequía de 2026 y de la consiguiente disminución de pastos y forrajes. La convocatoria se tramita bajo el número BDNS 936310 y el expediente municipal 651/2026, de acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.
Quién puede solicitar la ayuda
Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas, las explotaciones de titularidad compartida, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y demás unidades económicas titulares de explotaciones de bovino, ovino o caprino situadas en el término municipal de O Bolo. Entre los requisitos se exige:
- Estar inscritas y en situación de alta en los registros oficiales.
- Ejercer actividad de producción primaria agrícola y mantener actualizados los censos.
- Encontrarse en actividad en las fechas exigidas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de O Bolo.
- Cumplir el régimen de minimis agrícola previsto en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013.
Reparto por cabeza de ganado
La ayuda no consiste en un pago en metálico, sino en la entrega de pienso adquirido por el ayuntamiento, con cargo a la aplicación presupuestaria 414.470 del presupuesto municipal de 2026. La distribución entre las solicitudes admitidas se hará de forma proporcional y en régimen de concurrencia no competitiva, mediante unidades equivalentes de consumo (UEC):
- 10 UEC por cada cabeza de bovino.
- 1 UEC por cada cabeza de ovino o caprino.
El volumen efectivo de pienso dependerá del suministro adquirido y del censo finalmente admitido. La fecha de referencia para computar las cabezas de ganado es el 1 de agosto de 2026.
Quince días hábiles de plazo
Las solicitudes se presentarán en un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el boletín provincial. El lugar de presentación es el registro electrónico del Ayuntamiento de O Bolo o cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, aunque los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración deberán emplear medios electrónicos.
Junto con la solicitud, en el modelo previsto en las bases, deberá adjuntarse —cuando no pueda consultarse de oficio— la documentación acreditativa de la identidad y representación, de la titularidad y alta de la explotación, los códigos REGA, el censo oficial de ganado y una declaración responsable sobre los requisitos, las ayudas de minimis y otras ayudas recibidas para la misma finalidad. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de tres meses desde la finalización del plazo de solicitudes. El decreto lleva la firma del alcalde, Miguel Ángel García Fariñas.
La convocatoria llega a un municipio de fuerte peso ganadero que encadena dos ejercicios de dificultades forrajeras, primero por los incendios de 2025 y después por la falta de lluvia de 2026. Aunque la cuantía es modesta, el apoyo en especie garantiza que el recurso llegue directamente a la alimentación del ganado y a la viabilidad de las explotaciones en un momento de costes elevados de pienso.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, 3 de noviembre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: R. 2.509).