Narodne novine · 16 Oct 2026 · 3 vistas
El nuevo reglamento abre incentivos estatales para productores audiovisuales independientes de hasta 132.000 euros
Por FactBox Admin

El Ministerio de Cultura y Medios ha publicado en el Narodne novine n.º 118/2026 del 16 de octubre de 2026 el Reglamento sobre el incentivo financiero para el desarrollo y la producción de obras audiovisuales croatas de productores considerados productores independientes, bajo la referencia oficial 1408. El organismo otorgante de la ayuda estatal es el Centro Audiovisual Croata, y el reglamento entrará en vigor el octavo día tras su publicación, el 24 de octubre de 2026.
Base legal y órganos decisorios
El reglamento ha sido adoptado sobre la base del artículo 13.a, párrafo 11, de la Ley de Actividades Audiovisuales (Narodne novine, n.º 61/18, 114/22 y 123/24), a propuesta del Centro Audiovisual Croata y con el consentimiento previo del ministro competente en materia de finanzas. Fue firmado por la ministra de Cultura y Medios, la dra. sc. Nina Obuljen Koržinek, con las referencias Clase: 611-08/25-01/0011 y Núm. de registro: 532-02-03/1-26-12, en Zagreb el 9 de septiembre de 2026.
El programa de ayuda estatal es aprobado por el Centro previa opinión del organismo competente, y la ayuda se concede de acuerdo con la normativa de la UE:
- Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 (DO L 187, 26. 6. 2014)
- Reglamento (UE) n.º 2017/1084 de la Comisión de 14 de junio de 2017 (DO L 156, 20. 6. 2017)
- Reglamento (UE) 2020/972 de la Comisión de 2 de julio de 2020 (DO UE L 215, 7. 7. 2020)
- Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023 y el Reglamento (UE) 2022/2473 – conjuntamente el Reglamento General de Exención por Categorías
Importes de la ayuda y método de cálculo
Los fondos son no reembolsables y se aseguran en el presupuesto estatal en la sección del ministerio competente para los asuntos de cultura, dentro de las partidas destinadas a medidas de incentivo. Para una obra audiovisual individual, el incentivo puede ascender a:
- para la medida de apoyo al desarrollo: un mínimo de 10.000,00 EUR y un máximo de 50.000,00 EUR, pero no más del 80 % de los costes de desarrollo elegibles
- para la medida de apoyo a la producción: un mínimo de 10.000,00 EUR y un máximo de 132.000,00 EUR, pero no más del 30 % de los costes de producción elegibles, incluida la posproducción
- un solicitante individual puede obtener un máximo de 132.000,00 EUR en total en un año natural
- la intensidad máxima de la ayuda es del 50 %, y para obras audiovisuales exigentes del 80 % del presupuesto total de la obra
El importe disponible se calcula según la cuantía de las cargas fiscales elegibles que el solicitante haya liquidado y/o pagado desde su fundación, pero como máximo en los cinco años anteriores, empezando el 31 de octubre de 2024. Las cargas fiscales elegibles son el impuesto sobre sociedades, el impuesto sobre el valor añadido y el impuesto sobre la renta, y los datos son proporcionados por la Administración Tributaria en un plazo de 30 días.
Qué se financia y qué queda excluido
La ayuda está destinada a largometrajes y cortometrajes de ficción, documentales, animaciones y películas experimentales, así como a obras seriadas de ficción, documentales o animaciones que sean consideradas obras audiovisuales croatas. Se financian obras audiovisuales estándar y exigentes.
El derecho a la ayuda no puede obtenerse para obras promocionales o encargadas, dramas diarios (“telenovelas”), programas de “talent show” y “reality show”, ni para obras que promuevan la violencia, el racismo, el discurso de odio o que tengan contenido pornográfico. El solicitante no puede ser un empresario en dificultades, en proceso de pre-concurso, concurso o liquidación, aquel a quien se le haya ordenado la devolución de ayudas estatales, que tenga obligaciones impagadas basadas en tributos públicos o hacia el Centro, ni una persona con una sentencia condenatoria firme por una serie de delitos penales, desde el fraude y el soborno hasta el blanqueo de capitales y el abuso de posición.
La obra debe superar la prueba de calificación con al menos 12 de un total de 25 puntos, con la obligación de obtener 2 puntos en la sección A4 – la versión final de la obra debe estar en croata o en una de las lenguas europeas.
Plazos, informes y obligaciones del usuario
La solicitud de apoyo al desarrollo debe presentarse obligatoriamente antes del inicio del desarrollo, y para el apoyo a la producción, como mínimo 120 y como máximo 15 días antes del inicio del rodaje. Las solicitudes se reciben desde el 1 de enero del año en curso hasta el agotamiento del monto anual, y en el primer año de aplicación, comienzan ocho días después de la entrada en vigor del programa de apoyo.
- el plazo para la corrección o complementación de una solicitud incorrecta no será inferior a 15 días
- informe de desarrollo: 90 días desde la finalización de las actividades, como máximo 12 meses desde la resolución provisional
- informe de producción: 90 días desde la finalización de las actividades, como máximo 18 meses desde la resolución provisional
- obligación de gasto de los fondos aprobados en Croacia: 60 % para el desarrollo y 80 % para la producción
- para obras con una ayuda superior a 15.000 EUR, es obligatorio un informe de auditoría con el presupuesto final
El usuario debe incluir en los créditos finales el logotipo oficial del Centro y la información de que la obra ha sido financiada con fondos de ayuda estatal y, a más tardar ocho días después del inicio de la distribución, entregar cinco fotografías y un avance en vídeo. El Centro se reserva el derecho de controlar el uso finalista de los fondos, incluyendo el control in situ y durante cinco años tras la emisión de la resolución provisional, y el impago se cobrará mediante un pagaré en blanco. El otorgante de la ayuda está obligado a publicar el texto del programa y los datos de cada concesión y, en un plazo de seis meses, introducir en el módulo de la Comisión para la concesión transparente de ayudas todas las ayudas individuales superiores a 100.000 EUR, conservando los datos durante al menos 10 años.
El reglamento introduce el orden de llegada de las solicitudes como principio básico de concesión, proporcionando así a los productores independientes nacionales un camino previsible y limitado en el tiempo hacia los fondos públicos, vinculando al mismo tiempo todo el sistema con las normas europeas sobre ayudas estatales y transparencia. Los fondos no utilizados para las solicitudes presentadas en el año en curso pueden ser aprobados y pagados por el Centro a más tardar el 30 de junio del año siguiente.
Fuente: Narodne novine, n.º 118/2026, documento 1408, 16 de octubre de 2026. – Reglamento sobre el incentivo financiero para el desarrollo y la producción de obras audiovisuales croatas de productores considerados productores independientes; Clase: 611-08/25-01/0011, N.º de registro: 532-02-03/1-26-12, Zagreb, 9 de septiembre de 2026.