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BOP de Tarragona · 15 Sep 2026 · 3 vistas

Nuevo convenio colectivo del comercio de materiales de construcción de Tarragona

Por FactBox Admin

Nou conveni col·lectiu del comerç de materials de construcció de Tarragona

El Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) publica, con fecha 15 de septiembre de 2026, la Resolución de 2 de septiembre de 2026 por la cual se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de materiales de la construcción de la provincia de Tarragona para los años 2026-2027 (código de convenio núm. 43001475011996). El texto, firmado el 22 de junio de 2026, fija las condiciones laborales y salariales de todo el sector para los dos próximos ejercicios.

La resolución, firmada por Maria del Mar Giné Serven, directora de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Empresa y Trabajo (e.f.), ordena la inscripción del convenio en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad (REGCON) y su publicación en el BOPT. El texto fue presentado el 27 de julio de 2026 por Moisés Berruezo Blanco.

Partes firmantes y ámbito de aplicación

El convenio ha sido negociado entre la Asociación Empresarial de Materiales de Construcción de la provincia de Tarragona, por la parte empresarial, y las centrales sindicales Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de la UGT de Cataluña (FeSMC-UGT) y la Federación de Servicios de CCOO de Cataluña, por la parte social. El ámbito funcional cubre todas las empresas dedicadas al comercio de materiales de construcción, y el ámbito territorial se extiende a todos los centros de trabajo de la provincia de Tarragona, aunque el domicilio social radique en otra provincia.

El sector incluye, específicamente:

  • Cementos, cales y yesos.
  • Fibrocementos y otros productos derivados del cemento.
  • Azulejos y otros revestimientos y pavimentos cerámicos.
  • Saneamiento.
  • Maquinaria y herramientas de construcción.

Vigencia, jornada y condiciones económicas

El convenio tiene una duración de dos años, con efectos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, y se prorrogará tácitamente de año en año a partir del 1 de enero de 2028 si no hay denuncia. La jornada laboral se fija en 1.790 horas para 2026 y 1.782 horas para 2027, con un descanso de 20 minutos en las jornadas continuas de cinco o más horas y la garantía de un fin de semana completo de descanso al mes.

En cuanto a las condiciones económicas, se establece un incremento salarial del 4,00% sobre las tablas de 2025 con efectos del 1 de enero de 2026, y otro 4,00% sobre las tablas de 2026 con efectos del 1 de enero de 2027. A modo de ejemplo, el salario base mensual del jefe de administración pasa de 1.838,80 € en 2026 a 1.912,35 € en 2027, mientras que el de mozo/a pasa de 1.221,00 € a 1.269,84 €. Se garantiza que ninguna retribución mensual bruta sea inferior al salario mínimo interprofesional vigente.

Permisos, vacaciones y Comisión Paritaria

El personal tendrá derecho a 31 días naturales de vacaciones, disfrutables entre junio y septiembre, y a un amplio catálogo de licencias retribuidas, entre las que destacan 17 días por matrimonio o pareja de hecho, 5 días por enfermedad grave u hospitalización de familiares, y 2 días de asuntos propios. Para la interpretación y aplicación del convenio se constituye una Comisión Paritaria formada por 4 representantes de la patronal y 4 de la parte social, que deberá resolver las discrepancias en un plazo de 7 días.

La publicación de este convenio en el BOPT da seguridad jurídica a las condiciones pactadas y obliga a todas las empresas del sector de materiales de construcción de la provincia, que deberán aplicar las nuevas tablas salariales y el marco de jornada, permisos y contratación desde el 1 de enero de 2026. Para los trabajadores y trabajadoras del sector, supone una subida salarial acumulada de más del 8% en dos años, en un contexto de fuerte dinamismo de la actividad constructora en la demarcación.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, núm. de 15 de setembre de 2026, secció I, pàg. 1-24 (referència oficial: CVE 2026-08340; codi de conveni 43001475011996).