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BOP de Cáceres · 29 Sep 2026 · 20 vistas

Montánchez duplica el IBI de las grandes instalaciones industriales y energéticas

Por FactBox Admin

Montánchez duplica el IBI de las grandes instalaciones industriales y energéticas

El Ayuntamiento de Montánchez ha aprobado provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 2 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para elevar del 0,60% al 1,30% el tipo de gravamen aplicable a los Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES). El acuerdo lo adoptó el Pleno de la corporación en sesión ordinaria del 25 de septiembre de 2026, por unanimidad de sus nueve miembros. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 0186, de 29 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, pág. 22126, con referencia oficial BOP-2026-4509.

Un tipo que más que se duplica

La modificación supone pasar del 0,60% vigente hasta ahora al 1,30% propuesto, lo que equivale a multiplicar por más de dos la carga tributaria de esta categoría catastral. El expediente fue instruido por la propia entidad local y afecta exclusivamente al tipo aplicable a los BICES, sin que el anuncio oficial mencione cambios en el tipo general del impuesto ni en el resto de la ordenanza.

Los BICES son inmuebles con características singulares de valor, uso o ubicación que los apartan del mercado inmobiliario ordinario. En un municipio como Montánchez, este tipo afecta principalmente a:

  • Grandes instalaciones industriales y de almacenamiento.
  • Infraestructuras energéticas y de transporte.
  • Instalaciones de producción eléctrica y sus elementos asociados.
  • Otros inmuebles de uso especial no residencial.

Plazo de alegaciones y tramitación

En cumplimiento del artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el anuncio convoca un plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a su inserción en el boletín provincial. Ese plazo se abre el 30 de septiembre de 2026 y se extiende hasta el 29 de octubre de 2026.

Durante ese periodo, cualquier persona interesada puede:

  • Examinar el expediente completo en las dependencias municipales.
  • Presentar las reclamaciones y alegaciones que estime oportunas.
  • Consultar la documentación a través de la sede electrónica municipal, en la dirección montanchez.sedelectronica.es.

Si transcurrido el plazo no se hubieran presentado reclamaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente, según precisa el propio anuncio. El documento está firmado en Montánchez el 28 de septiembre de 2026 por el alcalde-presidente, Joaquim Plana Flores.

Aprobación provisional, no definitiva

El texto subraya que se trata de una aprobación provisional, figura que obliga a someter la modificación de la ordenanza fiscal a información pública antes de su entrada en vigor. La unanimidad de los nueve concejales en la sesión del 25 de septiembre reduce la expectativa de un bloqueo político del expediente, pero no elimina la vía de las alegaciones ciudadanas ni la posibilidad de que el acuerdo se vea corregido durante la tramitación.

La publicación en el boletín provincial es el acto que activa formalmente el cómputo del plazo, de modo que cualquier propietario afectado que no haya tenido conocimiento previo del expediente cuenta desde ahora con el periodo legal para posicionarse.

Impacto para los propietarios del municipio

El cambio afecta a un número reducido de titulares, pero de gran peso económico: quienes poseen instalaciones industriales o energéticas en el término municipal verán más que duplicada la cuota de este impuesto municipal si la modificación se consolida. Para las arcas municipales, la medida representa una vía de incremento de ingresos propios sin necesidad de crear nuevas figuras tributarias. Los interesados tienen hasta el 29 de octubre de 2026 para revisar el expediente y presentar alegaciones antes de que la subida sea definitiva.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0186, de 29 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, pág. 22126 (referencia oficial: BOP-2026-4509).