Diario Oficial de la República de Chile · 26 Oct 2026 · 1 vistas
Minvu aprueba normas urbanísticas especiales para 286 viviendas sociales en Puente Alto
Por FactBox Admin

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) aprobó normas urbanísticas especiales para el terreno de Avenida Eyzaguirre N° 2730, en la comuna de Puente Alto, que habilitan la construcción de 286 viviendas de interés público. La decisión consta en la resolución N° 16, firmada en Santiago el 17 de agosto de 2026 por el ministro Iván Poduje Capdeville, y fue publicada en el Diario Oficial N° 44.583 del lunes 26 de octubre de 2026, Sección I, páginas 1 a 9 (referencia oficial: CVE 2888575).
El mecanismo excepcional de la Ley 21.450
La resolución se dicta al amparo del artículo cuarto de la Ley N° 21.450, sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y plan de emergencia habitacional, que consagró el mecanismo excepcional de “Habilitación Normativa de Terrenos”. Su vigencia fue extendida hasta el 31 de diciembre de 2029 por la Ley N° 21.798.
El instrumento permite fijar parámetros urbanísticos propios para terrenos inscritos a nombre de un Serviu, con el fin de viabilizar viviendas para beneficiarios del Fondo Solidario de Elección de Vivienda (FSEV). El predio, denominado Lote 1-E1, rol de avalúo fiscal 2980-393, tiene 28.688,23 m² y pertenece al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana, con dominio inscrito a fojas 3.973 N° 6.347 del año 2022 en el Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto.
El terreno se emplaza de forma parcial en la Zona H4 “Residencial y Equipamiento” y parcialmente en la Zona IM1 “Actividad Productiva Exclusiva”, ambas del Plan Regulador Comunal de Puente Alto, aprobado por decreto alcaldicio N° 423 de 2003. Esa superposición restringía el uso residencial y motivó la habilitación normativa.
Los parámetros que regirán en el predio
El cuadro normativo especial aprobado establece:
- Uso de suelo permitido: residencial, destino vivienda.
- Superficie predial mínima: 150 m².
- Densidad bruta: 400 habitantes por hectárea.
- Altura máxima: 12 metros, equivalente a 4 pisos.
- Sistema de agrupamiento: aislado y pareado.
- Coeficiente de constructibilidad: 0,75; coeficiente de ocupación de suelo: 0,25.
- Antejardín: no se exige. Distanciamiento: según la OGUC. Rasante: 70°.
- Estacionamientos: uno por vivienda según la ley N° 21.442, con 15% para visitas según el PRMS, y una bicicleta por cada dos estacionamientos vehiculares.
El resto de las normas urbanísticas del Plan Regulador Comunal de Puente Alto seguirá aplicándose plenamente. La resolución precisa que estas reglas no derogan ni modifican el instrumento comunal y solo podrán usarse para el proyecto FSEV que justificó la facultad excepcional.
Un proyecto de tres lotes y 286 unidades
El proyecto contempla un loteo con construcción simultánea que generará tres lotes de viviendas, más las cesiones exigidas por la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En dos de ellos se levantarán condominios tipo A de viviendas colectivas en altura, con 128 unidades cada uno distribuidas en cuatro edificios de cuatro pisos. En el tercero se construirá un condominio tipo A de viviendas unifamiliares de tres pisos, con 30 unidades.
El Concejo Municipal de Puente Alto, en su sesión ordinaria N° 36 del 19 de diciembre de 2025, aprobó de forma unánime la propuesta mediante el acuerdo N° 403-2025. La propuesta fue difundida previamente en el sitio web municipal y sometida a Evaluación Ambiental Estratégica, iniciada por resolución exenta N° 1.320 de agosto de 2024 y cerrada por resolución exenta N° 24 del 31 de marzo de 2026.
El terreno enfrenta la vía troncal Avenida Eyzaguirre, de 20 metros entre líneas oficiales, y está afecto a utilidad pública por ensanche en 37 m². Cuenta con certificado de factibilidad N° 00541 de Aguas Andinas, del 22 de enero de 2026, para 286 viviendas. En el sector sur corre entubado el Canal Bozzo Morande, cuya faja de servidumbre de un metro por lado se respeta.
Los alcances de Contraloría
La Contraloría General de la República cursó el acto mediante el oficio N° OF197191/2026, del 16 de octubre de 2026, suscrito por la contralora Dorothy Pérez Gutiérrez, con dos observaciones. La primera precisa que en el cuadro normativo correspondía hablar de estacionamientos “de automóviles” y no “vehiculares”, conforme al dictamen N° 418 de 2024. La segunda instruye que, en lo sucesivo, las modificaciones que no alteren el informe ambiental deberán comunicarse al Ministerio del Medio Ambiente, según el artículo 25 del decreto N° 32 de 2015.
El entorno del predio reúne equipamiento educativo y de salud: los colegios Politécnico Eyzaguirre, Sochides, Puente Maipo y Monte Olivo, además de los Cesfam Cardenal Raúl Silva Henríquez y Karol Wojtyla, y un supermercado mayorista en Avenida Eyzaguirre N° 1951.
La aprobación desbloquea un terreno de casi tres hectáreas en una de las comunas con mayor presión inmobiliaria de la Región Metropolitana y fija un precedente sobre cómo el Minvu puede superar restricciones de los planes reguladores comunales para destinarlas a vivienda social. El proyecto deberá materializarse conforme al Plano Esquema General y a la propuesta técnica de agosto de 2026 elaborados por la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, cuyos antecedentes se archivarán en el Conservador de Bienes Raíces y en la Municipalidad de Puente Alto.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, N° 44.583, lunes 26 de octubre de 2026, Sección I, págs. 1-9 (referencia oficial: CVE 2888575).