Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla · 25 Sep 2026 · 8 vistas
Melilla aprueba definitivamente el Reglamento de Protección Civil y Emergencias
Por FactBox Admin

La Asamblea de Melilla ha aprobado definitivamente el Reglamento sobre Medidas de Coordinación de la Protección Civil y Emergencias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, que deroga el decreto vigente desde 1996 y entrará en vigor el día siguiente a su publicación íntegra. El acuerdo se formalizó mediante el Decreto nº 376, de 22 de septiembre de 2026, y se publica en el Boletín Oficial de Melilla (BOME) nº 6417, de 25 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOME-A-2026-1072.
El texto culmina un procedimiento iniciado el 3 de junio de 2026, cuando la Asamblea aprobó inicialmente el proyecto en sesión ordinaria. El documento se expuso a reclamaciones durante un mes mediante su publicación en el BOME nº 6387, de 12 de junio de 2026, periodo en el que la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior presentó un escrito de alegaciones con modificaciones de diversos preceptos y nuevos artículos de salvaguarda competencial.
La Comisión Permanente de Políticas Sociales, Salud Pública y Seguridad Ciudadana, en sesión extraordinaria del 28 de julio de 2026, aprobó la propuesta con 9 votos a favor (6 del PP, 2 de CpM y 1 diputado no adscrito) y 2 abstenciones del PSOE y del Grupo Mixto. El Pleno de la Asamblea, en sesión resolutiva ordinaria del 3 de septiembre de 2026, ratificó la aprobación definitiva con 21 votos a favor (13 del PP, 5 de CpM, 1 del PSOE y 2 del Grupo Mixto), mayoría absoluta conforme al artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea. El expediente tramitado es el 38588/2024 y el decreto lleva la firma de la secretaria técnica de Seguridad Ciudadana, María del Carme Baranquero Aguilar.
Una norma marco que sustituye al decreto de 1996
El nuevo Reglamento deroga el Decreto sobre medidas de coordinación de la protección civil en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de septiembre de 1996 y publicado en el BOME nº 3490, de 20 de septiembre de 1996. La Ciudad justifica la redacción de una nueva norma marco con rango de reglamento tras más de 25 años de vigencia y ante los cambios en la organización administrativa del Gobierno de la CAM.
El objetivo declarado es alinear la normativa local con la estatal: la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM) y el Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, que aprueba la Norma Básica de Protección Civil. El texto se estructura en ocho títulos y 30 artículos, con tres disposiciones adicionales, una derogatoria y una final.
Los órganos de coordinación
El Reglamento crea y ordena los órganos de coordinación preventiva y operativa:
- El Consejo de Protección Civil y Emergencias de la Ciudad Autónoma de Melilla, que funciona en Pleno y Comisión Permanente; el Pleno se reúne al menos una vez al año y la Comisión Permanente, como mínimo una vez al trimestre.
- El Comité de Coordinación Operativa de Protección Civil y Emergencias, órgano asesor del director del Plan, que actúa como comité asesor del PLATERME cuando este se activa.
- El Centro de Coordinación Operativa (CECOP), que podrá funcionar como Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI).
- Las Comisiones Especiales de Protección Civil y Emergencias, cuyos informes tendrán carácter técnico y no vinculante.
En el Pleno del Consejo se integran tres vocales designados por la Delegación del Gobierno en Melilla; en la Comisión Permanente, dos. En el Comité Operativo, los representantes de la Administración General del Estado podrán ser convocados con voz y sin voto.
Voluntariado y nuevo Servicio de Protección Civil
El artículo 30 regula el voluntariado, que se articula a través de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de la CAM, dependiente de la Consejería competente, y prevé un registro para otras agrupaciones, cuya participación en emergencias requerirá autorización y coordinación de las autoridades de la Ciudad.
La disposición adicional segunda impulsa la creación de un Servicio de Protección Civil y Emergencias de la Ciudad Autónoma, con dependencia directa de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, del que dependerán orgánicamente el Servicio 112 y la Agrupación de Voluntarios. Este servicio será el punto de contacto con la Red Nacional de Información sobre Protección Civil.
Alegación estatal estimada solo en parte
La resolución estima parcialmente las alegaciones del Ministerio del Interior por razones de técnica normativa, precisión terminológica y seguridad jurídica, y desestima el resto. En particular, rechaza la participación decisoria solicitada para el Comité de Coordinación Operativa y mantiene que la representación estatal asista con voz y sin voto.
El texto precisa que la solicitud de capacidades militares, incluida la Unidad Militar de Emergencias, en emergencias reales se canalizará a través de la Delegación del Gobierno en Melilla, y que la integración funcional en el CECOPI no implicará que la Ciudad asuma funciones de dirección operativa reservadas al Estado en emergencias de interés nacional.
El Reglamento entra en vigor el 26 de septiembre de 2026, un día después de su publicación, y sustituye el marco de coordinación vigente desde hace casi tres décadas. La norma afecta directamente a los servicios de emergencia, al voluntariado y a los cauces de cooperación con la Administración General del Estado en un territorio singular por su condición fronteriza.
Fuente: Boletín Oficial de Melilla (BOME), nº 6417, de 25 de septiembre de 2026, sección I (Consejería de Seguridad Ciudadana), pág. 4835 (referencia oficial: BOME-A-2026-1072).