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Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 14 Oct 2026 · 1 vistas

Mataró suspende un año las licencias de cambio de uso en planta baja

Por FactBox Admin

Mataró suspèn un any les llicències de canvi d'ús a planta baixa

El Pleno del Ayuntamiento de Mataró, en sesión del 1 de octubre de 2026, ha resuelto suspender durante un año la concesión de licencias urbanísticas de cambio de uso de actividad económica a uso residencial en planta baja. La medida afecta a las parcelas con frente a los ejes identificados en el plano de delimitación del ámbito de suspensión y se enmarca en la tramitación de la Modificación del Plan General de Ordenación MPG-124. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 14 de octubre de 2026, con la referencia oficial CVE 202610151645 y el expediente GTM 2026/000043136 (MPG-124).

La decisión se ampara en el artículo 73.1 del Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo (TRLUC), y tiene una duración máxima de un año según el artículo 74.1. La suspensión se mantendrá sin perjuicio de la que, si procede, se haya de acordar con motivo de la aprobación inicial de la Modificación del Plan General de Ordenación MPG-124, de acuerdo con los artículos 73.2 y 74.1 del mismo texto legal. El acuerdo ha sido firmado por Elizabet Ruiz Moreno, concejala delegada, y tramitado por el Servicio de Urbanismo y Patrimonio del Ayuntamiento.

Qué queda suspendido y a quién afecta

La suspensión abarca las licencias urbanísticas que tengan por objeto el cambio de uso de actividad económica hacia uso residencial en planta baja. Los usos de partida incluidos en el acuerdo son:

  • Uso terciario.
  • Uso industrial.
  • Uso dotacional.
  • Uso de movilidad.

El ámbito sujeto a la medida se concreta en las parcelas con frente a los ejes identificados en el plano de delimitación, aprobado como anexo del acuerdo a los efectos de los artículos 73.3 del TRLUC y 102 del RLUC. El plano queda a disposición del público durante todo el periodo de vigencia de la suspensión, y la documentación básica se puede consultar en la sede electrónica municipal y en el tablón de edictos.

Efectos sobre expedientes en curso

El quinto acuerdo establece que, de acuerdo con el artículo 104.1 del Reglamento de la Ley de urbanismo, los procedimientos de concesión de licencias que ya estuvieran iniciados y queden afectados por la suspensión quedan automáticamente interrumpidos. El Ayuntamiento debe notificar el acuerdo a las personas interesadas en estos procedimientos y comunicarlo a los servicios municipales competentes en materia de licencias urbanísticas y actividades, a los efectos de su aplicación.

Información pública y recursos

Con la publicación del anuncio se inicia un periodo de información pública de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el BOP, para que quien esté interesado pueda presentar sugerencias o alegaciones. Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

  • Recurso de reposición, con carácter potestativo y previo al contencioso administrativo, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.
  • Recurso contencioso administrativo directo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Barcelona.

El texto recuerda también la posibilidad de presentar una queja ante la Defensoría del Pueblo, con sede en la calle Cuba número 47 de Mataró, que tiene carácter no vinculante y se resuelve en forma de recomendación.

La medida congela temporalmente el mercado de cambio de uso de locales y bajos comerciales en los ejes afectados y da margen al consistorio para definir la nueva ordenación de usos de la Modificación del Plan General MPG-124. Para los propietarios de bajos, promotores y vecinos de estas calles, el acuerdo implica que ninguna licencia nueva de este tipo podrá otorgarse mientras dure la suspensión y que los expedientes ya iniciados quedan paralizados hasta que se resuelva la tramitación urbanística.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, 14 de octubre de 2026, Administración local, pág. 1-3 (referencia oficial: CVE 202610151645).