BOP de Sevilla · 30 Oct 2026 · 19 vistas
Marchena aprueba por silencio administrativo la reparcelación del sector SUO-11
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Marchena ha declarado aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Sector SUO-11 «Cañada Real de Sevilla», en el término municipal de Marchena (Sevilla), por silencio administrativo positivo. La aprobación se produjo el 19 de junio de 2026, según el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) número 211, de viernes 30 de octubre de 2026, en la sección de Administración Local, página 55, con referencia oficial CVE: BOP-SE-2026-211014 y firma del alcalde accidental, Manuel Cristóbal Suárez Arispón.
La resolución llega por la vía del silencio porque, transcurridos cuatro meses desde la presentación de la solicitud de ratificación expresa del proyecto, el Ayuntamiento no notificó resolución expresa. El silencio se declara al amparo del artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 92.5 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), y con el artículo 157.3 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, que aprueba el Reglamento General de dicha ley (RGLISTA).
Del acuerdo de la Junta de Compensación al silencio municipal
El proyecto que ahora queda firmado venía aprobado desde el seno de la propia iniciativa privada: la Asamblea General Ordinaria de la Junta de Compensación de la U.E. única del Sector SUO-11 lo respaldó en sesión ordinaria de 24 de junio de 2025. A partir de ahí, la ratificación municipal era el paso pendiente para cerrar la ordenación de la unidad de ejecución.
Los hitos del expediente son los siguientes:
- Aprobación del Proyecto de Reparcelación por la Asamblea General Ordinaria de la Junta de Compensación de la U.E. única del sector, el 24 de junio de 2025.
- Presentación de la solicitud de ratificación expresa ante el Ayuntamiento de Marchena, sin resolución municipal notificada.
- Transcurso del plazo legal de cuatro meses sin notificación expresa de resolución.
- Aprobación definitiva por silencio administrativo positivo, con fecha 19 de junio de 2026.
- Publicación del anuncio en el BOP número 211, de 30 de octubre de 2026, con firma electrónica del 27 de octubre de 2026.
Consulta del documento y alcance del acuerdo
El contenido íntegro del documento aprobado de forma definitiva está a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Marchena, a la que se accede mediante el enlace de verificación incluido en el anuncio oficial. La reparcelación es el instrumento que ordena la nueva configuración de las parcelas resultantes de la unidad de ejecución y la correspondiente adjudicación de terrenos a los propietarios del sector, con las operaciones jurídicas complementarias precisas para su inscripción registral.
El anuncio subraya que el acto pone fin a la vía administrativa, de modo que contra él solo caben los recursos que se detallan a continuación.
Plazos para recurrir
Los interesados y propietarios afectados disponen de dos vías:
- Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Impacto para los propietarios del sector
La publicación cierra un expediente que llevaba más de un año abierto desde el acuerdo de la Junta de Compensación y traslada a los propietarios del Sector SUO-11 «Cañada Real de Sevilla» el calendario efectivo para defender su posición: un mes si optan por la reposición y dos si acuden a los tribunales. Con la aprobación definitiva, la reparcelación queda formalmente cerrada y habilita la continuidad de la gestión urbanística del sector por el sistema de compensación, al tiempo que consolida la nueva titularidad de las parcelas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 211, de 30 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 55 (referencia oficial: CVE: BOP-SE-2026-211014).