BOP de Córdoba · 19 Oct 2026 · 2 vistas
Lucena subvenciona notaría y registro al comprar viviendas de Suvilusa
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Lucena ha convocado subvenciones para costear los gastos de notaría, registro y gestoría que afrontan los inquilinos del parque municipal de viviendas de Suvilusa al ejercer la opción de compra. La convocatoria se aprobó por resolución de la Alcaldía de Lucena del 14 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 202, de 19 de octubre de 2026 (referencia BOP-A-2026-3504), con un crédito total de 2.500 euros.
El extracto se difunde de conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el texto íntegro de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, donde figura con el identificador 935308. Las obligaciones económicas se imputan a la aplicación presupuestaria 48026 1523 272 del vigente Presupuesto Municipal, con una cuantía total máxima de 2.500 euros para el ejercicio 2026.
La convocatoria se rige por la Ordenanza General reguladora de las Bases de concesión de subvenciones del Ayuntamiento, publicada en el BOP de Córdoba número 147, de 31 de julio de 2025, y, para lo no previsto en ella, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2026 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Ayudas de 350 euros por solicitud y un techo global de 2.500 euros
Los 2.500 euros constituyen el límite del crédito convocado, no la cuantía por beneficiario. Las ayudas se conceden por estricto orden de presentación de las solicitudes hasta agotar el crédito presupuestario disponible, con dos tramos diferenciados:
- Quienes ya obtuvieron en 2026 una subvención municipal al alquiler de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra percibirán el equivalente al porcentaje de subvención que se les asignó para el alquiler, aplicado sobre los gastos soportados, con un mínimo de 350 euros y sin superar en ningún caso el total de los gastos subvencionables.
- Quienes no recibieron esa ayuda al alquiler recibirán una subvención fija de 350 euros.
El porcentaje aplicado en el primer tramo toma como referencia la situación de vulnerabilidad de las familias valorada previamente por el Consistorio, de modo que la ayuda a la compra reproduce la intensidad de protección ya reconocida en la convocatoria de alquiler.
Personas físicas y compras formalizadas entre diciembre de 2025 y noviembre de 2026
Solo podrán acceder a la condición de beneficiarias las personas físicas que ejerzan la opción de compra de viviendas del parque municipal que ya se encuentren en régimen de alquiler con opción a compra. La convocatoria exige que el derecho se haya ejercido en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, y se dirige expresamente a quienes encuentran dificultad para hacer frente a los gastos de notaría, registro y gestoría derivados de la operación.
Los requisitos se acreditan mediante la documentación indicada en el apartado quinto de la convocatoria. En caso de que se requiera la subsanación de la solicitud inicial, el orden del registro de entrada atenderá a la fecha en la que se atienda correctamente dicha subsanación, un criterio relevante dado que el reparto es por orden de llegada.
Plazo abierto hasta el 30 de noviembre
El plazo de presentación de solicitudes se abre el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y permanece abierto hasta el 30 de noviembre de 2026. La resolución está firmada por el alcalde, Aurelio Fernández García, y el extracto ocupa las páginas 15007 a 15009 del boletín provincial.
Para los hogares del parque municipal de Suvilusa que afrontan el paso del alquiler a la propiedad, la convocatoria cubre uno de los costes que más frena la operación: los aranceles notariales, la inscripción registral y la gestoría administrativa. La ayuda llega, además, con un criterio de continuidad respecto a las políticas municipales de alquiler protegido, ya que quienes fueron beneficiarios de las ayudas al alquiler conservan su porcentaje de cobertura al comprar. El margen es, sin embargo, limitado: el crédito total de 2.500 euros y el reparto por orden de presentación hacen decisiva la rapidez en el registro de las solicitudes.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 202, 19 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 15007 (referencia oficial: BOP-A-2026-3504).