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BOP de Sevilla · 23 Sep 2026 · 4 vistas

LIPASAM fija en dos meses la prueba de oficiales de taller

Por FactBox Admin

LIPASAM fija en dos meses la prueba de oficiales de taller

La comisión negociadora del XIII Convenio Colectivo de LIPASAM acordó por unanimidad ampliar a dos meses el periodo de prueba de las categorías de Oficial 1ª Taller y Oficial 3ª Taller. El acuerdo modifica el artículo 12 del convenio y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 185, correspondiente al miércoles 23 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-SE-2026-185024. La medida afecta a las nuevas contrataciones de la empresa municipal.

El acta de la comisión negociadora, fechada en Sevilla el 2 de marzo de 2026, recoge que la reunión tuvo un único punto del orden del día: la propuesta de modificación del artículo 12 del XIII Convenio Colectivo de LIPASAM en lo relativo al periodo de prueba de Oficial 1ª Taller y Oficial 3ª Taller. En la sesión participaron doce representantes de los trabajadores y tres de la representación empresarial:

  • Por la representación de los trabajadores: Antonio Bazo Mora, José Antonio del Castillo Peña, Andrea Rodríguez Domínguez, Manuel Gómez Ruiz, Guillermo Galvez Romero, Mª. Carmen Elías Morillo, Isabel María Gómez Muñoz, Antonio Jesús Molina Doñoro, Rafael Moreno Méndez, Mª. del Carmen Martínez Guardiola, Daniel García Jiménez y Jacinto García Rodríguez.
  • Por la representación empresarial: Alejandro Andujar Bors, Carolina Fernández Escorial y Ana Cabrero Moreno.

La representación empresarial abrió el debate exponiendo la necesidad de adaptar la regulación del periodo de prueba de Oficial 3ª Taller. Argumentó que, dada la alta especialización y complejidad técnica de la flota de vehículos de LIPASAM, un periodo de un mes resulta insuficiente para evaluar la destreza, la pericia y la adaptación de los trabajadores de nuevo ingreso, y que una evaluación rigurosa es fundamental para garantizar la seguridad, la correcta operatividad y el mantenimiento de los vehículos. Por ello propuso ampliar el periodo a tres meses.

La parte social exige extenderlo también a Oficial 1ª

La representación de los trabajadores manifestó dudas sobre la posibilidad de modificar el periodo de prueba por encima de lo reflejado en el Estatuto de los Trabajadores. Además, sostuvo que, si se modificaba el periodo de prueba de Oficial 3ª Taller, debía ampliarse igualmente respecto a Oficial 1ª Taller.

Tras las intervenciones de ambas partes, la representación de los trabajadores pidió un receso. A la vuelta, y tras un debate, ambas partes acordaron por unanimidad modificar el artículo 12 del XIII Convenio Colectivo de LIPASAM, que finalmente fija en dos meses —y no en los tres propuestos— la prueba para ambas categorías.

La nueva redacción del artículo 12

El texto aprobado establece los siguientes periodos de prueba:

  • Director de Servicio y Jefes de Servicio, Encargado, Jefe Técnico y Técnico Gestión de Procesos: 6 meses.
  • Oficial Administrativo, Inspector, Capataz, Maestro de Taller, Jefe de Equipo de Taller y Oficial de Taller, Operador Planta de Transferencia, Operador Planta Neumática, Oficial 1ª Taller y Oficial 3ª Taller: 2 meses, siempre y cuando los contratos formalizados superen los 6 meses de duración.
  • Resto de categorías profesionales: 1 mes.

Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes podrá dar por resuelta la relación laboral comunicándolo por escrito a la otra. Se entenderá que ya ha superado el periodo de prueba si la empresa no prescinde del empleado en ese plazo.

Interrupciones del cómputo y promoción interna

El artículo también regula dos supuestos. En caso de promoción interna a una categoría superior, si no se supera el periodo de prueba en esta última, la persona trabajadora volverá a la categoría profesional de origen que venía desempeñando antes del proceso de promoción.

Además, las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad que afecten a la persona trabajadora durante el periodo de prueba interrumpen el cómputo del mismo, que se completa en el momento del alta en esa situación.

Vigencia y trámites de publicación

El acuerdo entra en vigor en la fecha de su firma y faculta a Ana Cabrero Moreno para realizar los trámites necesarios de registro, depósito y publicación ante la autoridad laboral competente. El acta consigna la fecha de 2 de marzo de 2026 en su encabezado y la de 2 de marzo de 2025 en el pie de firmas.

La modificación eleva de uno a dos meses el margen de evaluación de las nuevas contrataciones en dos categorías de taller de la empresa municipal, con el objetivo declarado de garantizar la seguridad y el mantenimiento de una flota de vehículos de alta complejidad técnica. El acuerdo se adopta además con el respaldo unánime de ambas representaciones, lo que despeja el único punto que la comisión negociadora del XIII Convenio Colectivo de LIPASAM tenía sobre la mesa.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 185, 23 de septiembre de 2026, Administración Autonómica, págs. 79-82 (referencia oficial: BOP-SE-2026-185024).