Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 08 Oct 2026 · 19 vistas
Labora convoca 100.000 euros en ayudas a mujeres autónomas embarazadas o en adopción
Por FactBox Admin

Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación ha convocado para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres en la Comunitat Valenciana. La convocatoria se formaliza mediante la resolución de 5 de octubre de 2026 de la Dirección General del organismo, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10468, de 8 de octubre de 2026, en la sección III de actos administrativos (referencia oficial: DOGV-C-2026-31508). El plazo para presentar solicitudes se cierra, en todo caso, el 20 de octubre de 2026.
Objeto y marco normativo
La ayuda persigue que una trabajadora autónoma embarazada o en proceso de adopción pueda contratar a una persona desempleada y transferirle el conocimiento necesario para mantener la actividad durante su baja maternal. La resolución se apoya en la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, que establece las bases reguladoras de las subvenciones a programas de políticas activas de empleo, y en el artículo 72 del Real decreto 818/2021, de 28 de septiembre, sobre ayudas a la conciliación y corresponsabilidad.
La convocatoria se financia con cargo al capítulo IV, código de sublínea S045300010 del subprograma 322C01, Fomento de empleo, con fondos propios de la Generalitat. El importe global máximo estimado asciende a 100.000 euros, distribuido de forma estimativa por provincias:
- Alicante: 39.680 euros.
- Castellón: 11.006 euros.
- Valencia: 49.314 euros.
La dotación podrá incrementarse si concurre alguno de los supuestos del artículo 11.2 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, siempre que se declare la disponibilidad del crédito y se publique en el DOGV.
Requisitos y cuantías
Podrán ser beneficiarias las mujeres trabajadoras autónomas que, en el momento de la contratación subvencionable, estén embarazadas o en proceso de adopción. Quedan excluidas las socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como las integrantes de comunidades de bienes y las autónomas colaboradoras.
Las condiciones exigidas son:
- La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2026 y siempre antes de la baja maternal.
- La persona contratada debe haber permanecido desempleada e inscrita como demandante de empleo en Labora hasta su contratación.
- No puede existir parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, ni su equivalente en parejas de hecho.
Los importes previstos son de 1.500 euros para contratos temporales a jornada completa de al menos tres meses y de 3.500 euros para los de al menos seis meses. Ambas cifras se incrementan en 500 euros si se contrata a una persona con discapacidad o a una mujer, y los contratos a tiempo parcial de 30 horas semanales o más son subvencionables con reducción proporcional.
Tramitación y control
La solicitud se presenta de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, con firma electrónica avanzada, a través del procedimiento habilitado en la web de Labora. El plazo arranca a las 10 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el DOGV y las peticiones deben ir después de la contratación y del alta en la Seguridad Social.
La concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva, con el momento de presentación de la documentación completa como único criterio. En caso de empate se prioriza a las personas con discapacidad, después la contratación de mujeres —con prioridad para las víctimas de violencia de género— y, en su defecto, la actividad en municipios destinatarios del Fondo de Cooperación Municipal contra el despoblamiento. El plazo para resolver y notificar es de seis meses, con silencio administrativo desestimatorio.
Las ayudas se someten al régimen de minimis del Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión, con un límite de 300.000 euros por empresa en cualquier periodo de tres años, y resultan compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad. La resolución, que agota la vía administrativa, lleva la firma del director general, Antonio Galvañ Diez.
Impacto para las trabajadoras por cuenta propia
La convocatoria ofrece un apoyo directo y acotado en el tiempo a un colectivo con dificultades específicas para sostener su actividad durante la maternidad o la adopción. Con solo 100.000 euros de dotación y un plazo que expira el 20 de octubre de 2026, la ayuda se resolverá por orden de presentación, por lo que la rapidez en completar el expediente resulta determinante para las autónomas interesadas.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10468, 8 de octubre de 2026, sección III, pág. 1-7 (referencia oficial: DOGV-C-2026-31508).