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BOP de Cáceres · 29 Oct 2026 · 7 vistas

La Mancomunidad de las Tres Torres somete a información pública su estructura de costes

Por FactBox Admin

La Mancomunidad de las Tres Torres somete a información pública su estructura de costes

La Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Aguas «Las Tres Torres» aprobó inicialmente el 23 de octubre de 2026 la propuesta de estructura de costes para la contratación de la concesión de los servicios de abastecimiento de agua potable, saneamiento y depuración, que comprende los municipios de Torreorgaz, Torremocha y Torrequemada (Cáceres). El acuerdo, adoptado en el expediente 11/2026, se publica como anuncio de información pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 0208, de 29 de octubre de 2026, con referencia CVE: BOP-2026-5069. La ciudadanía y los operadores interesados disponen de 20 días hábiles para presentar alegaciones.

Seis componentes revisables frente a tres blindados

El documento reparte el valor íntegro de la actividad en nueve componentes de coste y marca cuáles podrán acogerse a revisión de precios. La propuesta identifica seis partidas revisables que suman el 81,0 % del coste total:

  • Personal: 42,0 %, revisable
  • Mantenimiento y conservación: 11,0 %, revisable
  • Reactivos, control analítico y residuos: 9,5 %, revisable
  • Energía eléctrica: 9,1 %, revisable
  • Administración, gestión comercial y seguros: 5,9 %, revisable
  • Vehículos: 3,5 %, revisable

Las tres partidas restantes quedan fuera de cualquier régimen de revisión y representan el 19,0 % del valor íntegro: gastos generales y de estructura (8,2 %), cargas ligadas a los ingresos (5,6 %) y beneficio industrial (5,2 %). Los índices asociados a cada componente y su motivación se detallan en la documentación sometida al trámite.

El anuncio se ampara en el artículo 9.8 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, que desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Conforme al artículo 3 del citado real decreto, solo pueden incluirse en los regímenes de revisión las variaciones de costes que no estén sometidas al control del operador económico.

El artículo 7 fija además las condiciones aplicables:

  • No se incluyen variaciones de costes financieros, amortizaciones, gastos generales o de estructura ni beneficio industrial.
  • Solo se admiten costes indispensables para realizar la actividad y que resulten significativos, es decir, que representen al menos el 1 % del valor íntegro.
  • Los costes de mano de obra pueden incluirse, con los límites del real decreto, siempre que sean significativos.

La propuesta se elaboró tras la consulta a cinco operadores económicos del sector, según recoge el primer punto del acuerdo.

Alegaciones, consulta y trámite posterior

El plazo de exposición pública es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP de Cáceres. Cualquier persona física o jurídica puede presentar alegaciones dirigidas a la Junta de Gobierno a través del registro electrónico o por los medios admitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. La documentación puede consultarse en la sede de la mancomunidad, en la calle Moral, n.º 1, 10182 Torreorgaz (Cáceres), de 09:00 a 14:00 horas, y en la sede electrónica http://mclastrestorres.sedelectronica.es/.

Las alegaciones serán examinadas y valoradas de forma motivada por el órgano de contratación antes de fijar la estructura definitiva. El acuerdo también prevé comunicar la estructura resultante, a efectos informativos, al Comité Superior de Precios de Contratos del Estado y, en su caso, al órgano autonómico consultivo correspondiente, e incorporar la propuesta y la memoria justificativa de la fórmula de revisión al expediente para fijar dicha fórmula y justificar la duración del contrato. El anuncio lo firma el presidente, Francisco Giraldo Pavón, en Torreorgaz, a 23 de octubre de 2026.

Por qué importa

La estructura de costes condiciona cuánto podrá subir la tarifa del agua en tres municipios durante toda la vida del contrato: al dejar el 81 % del coste expuesto a revisión, el grueso del precio queda ligado a índices externos como salarios, energía o mantenimiento, mientras el beneficio industrial y los gastos de estructura permanecen congelados. El trámite abre ahora la única ventana formal para que ayuntamientos, vecinos y empresas del sector discutan ese reparto antes de que se incorpore a los pliegos.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0208, 29 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 24617-24620 (referencia oficial: CVE: BOP-2026-5069).