BOP de Cádiz · 15 Oct 2026 · 7 vistas
La Junta inscribe el convenio de EMSISA con 18.000 euros por jubilación
Por FactBox Admin

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha ordenado la inscripción y publicación del Convenio Colectivo de Oficinas Centrales, Personal Laboral de EMSISA Empresa Municipal, S.A., con vigencia 2026-2029. La resolución, fechada el 18 de septiembre de 2026, aparece publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 199, de 15 de octubre de 2026, bajo el expediente 11/01/0194/2026. El texto fija la tabla salarial del ejercicio, los pluses y las ayudas sociales, e incorpora una gratificación de 18.000 euros por jubilación.
El convenio fue presentado por medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 14 de septiembre de 2026, conforme al artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y a la Ley 9/2007, de 23 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. La resolución la firma el delegado territorial Daniel Sánchez Román y figura como destinatario Félix Juan Alonso del Real Nicolás, con el código de convenio 11004281012009.
El ámbito personal abarca a las personas trabajadoras adscritas al número de cotización 11/1037311/53, bajo cualquier modalidad de contratación, en las actividades de administración central, promoción inmobiliaria, arrendamiento de viviendas y obras y servicios de la empresa. El texto es extensivo a las funciones que le encomiende el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, accionista único, y su vigencia corre del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029, con efectos desde el 1 de enero de 2026 con independencia de la fecha de publicación.
Retribuciones, pluses y antigüedad
El Anexo I recoge la tabla retributiva de 2026, ordenada por grupo y nivel de convenio, desde jefaturas de departamento y área hasta ayudante de mantenimiento. La plantilla percibe cuatro gratificaciones extraordinarias anuales, abonables el 15 de marzo, 15 de junio, 15 de septiembre y 15 de diciembre.
- Antigüedad por trienios: 4% del salario base, elevado al 5% desde el 1 de enero de 2024.
- Plus de asistencia o asiduidad: 7,50 euros por día efectivamente trabajado, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.
- Complemento adicional de 456 euros brutos anuales para quien no acumule cuatro faltas de asistencia.
- Plus de penosidad, toxicidad, peligrosidad y altura: 5 euros en media jornada y 10 euros en jornada completa.
- Dietas: 36 euros la media dieta y 72 euros la dieta completa; kilometraje a 0,19 euros por kilómetro.
- Plus por participar en tribunales de selección: 150 euros por elaboración de examen y 20 euros por corrección.
La recompensa a la constancia se abona al cumplir 15 años de antigüedad (250 euros), 20 años (600 euros), 25 años (850 euros) y 30 años (1.100 euros). Al apartado quinto de esa escala corresponde la gratificación de 18.000 euros con motivo de la jubilación, extensiva también a quien se jubile anticipadamente.
Ayudas sociales y régimen asistencial
La empresa contrata un seguro a favor de toda la plantilla, con cobertura de 24 horas al día y prima financiada al 100% por la empresa, por los siguientes riesgos:
- Fallecimiento: 60.000 euros.
- Incapacidad permanente total: 60.000 euros.
- Incapacidad permanente absoluta: 60.000 euros.
- Muerte por accidente: 100.000 euros.
El premio de natalidad y el de matrimonio quedan fijados en 350 euros cada uno, y el auxilio por viudedad en dos mensualidades de salario. Se añade una gratificación mensual de 100 euros por cónyuge o descendiente en primer grado con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. La reposición de gafas graduadas se cubre hasta 260 euros al año o 520 euros cada dos años, y la ayuda escolar va de 100 euros en Educación Infantil a 280 euros en estudios universitarios. La empresa garantiza además la continuidad del contrato de iguala con Hospital Viamed Bahía de Cádiz, S.L., sin coste de cuota mensual, y se compromete a estudiar contribuciones a un plan de pensiones o jubilación.
Jornada, vacaciones y garantías de empleo
La jornada anual se fija en 1.642 horas para todo el personal, con 37,5 horas semanales, y se crea una bolsa de 134 horas para formación, de las que 14 podrán compensarse como horas de libre disposición no caducables. El personal disfruta de 22 días laborales de vacaciones y de un día adicional al cumplir 15, 20, 25, 30 y 35 años de servicio.
Como medida de adaptación al tránsito a la jubilación, se establece una reducción de una hora diaria para quien tenga 60 años o 40 años de vida laboral, y de dos horas a partir de los 62 años. El periodo de prueba se limita a seis meses para el personal titulado y a dos meses para administrativos y operarios.
Ante una posible venta, concesión o terminación de los servicios, la plantilla podrá elegir entre subrogación, absorción o indemnización, calculada como salario base mensual por años trabajados y un índice de compensación de 0,50, 1,50 o 2,00 según la dedicación. El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera se compromete a estudiar fórmulas para incorporar como personal laboral a quien no sea subrogado ni indemnizado.
El acuerdo se completa con una comisión mixta paritaria de interpretación y vigilancia, que se reúne al menos una vez al año, y con la remisión de los conflictos no resueltos al Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (S.E.R.C.L.A.).
El convenio ordena las condiciones laborales de toda la plantilla de la empresa municipal de vivienda y servicios de Chiclana de la Frontera hasta 2029 y consolida un paquete de mejoras sociales con efectos retroactivos desde enero de 2026, por lo que su publicación afecta directamente a las nóminas y a la previsión de gasto del Ayuntamiento como accionista único.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 199, de 15 de octubre de 2026, sección I, págs. 2-12 (referencia oficial: expediente 11/01/0194/2026, código 11004281012009).