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Boletín Oficial de Castilla y León · 06 Nov 2026 · 12 vistas

La Junta fija servicios mínimos para la huelga general del día 11

Por FactBox Admin

La Junta fija servicios mínimos para la huelga general del día 11

La Junta de Castilla y León ha fijado los servicios mínimos que deberán mantenerse durante la huelga general del 11 de noviembre de 2026 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad y de sus organismos autónomos. La decisión se formaliza en el Acuerdo 154/2026, de 5 de noviembre, publicado por la Consejería de la Presidencia en el Boletín Oficial de Castilla y León núm. 215, de 6 de noviembre de 2026, en su sección I. D. Otras Disposiciones, a partir de la página 258. El acuerdo surte efectos desde el mismo día de su publicación.

Nueve convocatorias y una jornada de 24 horas

El paro, de ámbito estatal, afecta a todas las actividades laborales y funcionariales del sector público y privado y se extiende desde las 00:00 hasta las 24:00 horas del día 11. La exposición de motivos del acuerdo enumera hasta nueve preavisos presentados en octubre ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social y ante la propia Junta:

  • Confederación Intersindical, con preaviso de 16 de octubre.
  • CCOO y UGT, con preaviso de 16 de octubre.
  • CGT, con preaviso de 19 de octubre.
  • CNT y Solidaridad Obrera, con preavisos de 23 de octubre.
  • CGT de Castilla y León, ante la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, y COBAS, ambos con preaviso de 27 de octubre.
  • OSAD, con preaviso de 28 de octubre, y ASC, con preaviso de 30 de octubre.

El texto se apoya en el artículo 28.2 de la Constitución y en el artículo 10.2 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, así como en el artículo 6.2.t) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, que atribuye a la Junta aprobar los mínimos cuando la huelga afecta con carácter general a toda la Administración autonómica. El acuerdo se adoptó previa negociación con el Comité de Huelga el 30 de octubre y tras la deliberación del Consejo de Gobierno del 5 de noviembre; lo firman el presidente Alfonso Fernández Mañueco y el consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago.

Sanidad: urgencias al cien por cien y un tercio del total

El acuerdo identifica como esenciales los servicios ligados a la vida, la salud y la seguridad de las personas, y declara que han establecido mínimos las consejerías de Presidencia; Economía y Hacienda; Industria, Universidades, Empleo y Comercio; Medio Ambiente y Energía; Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial; Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental; Sanidad y Bienestar Social; Desregulación, Familia y Ayudas Sociales, y Educación y Cultura, Turismo y Deporte.

En el ámbito sanitario se garantiza la atención urgente con el criterio de un día festivo, con excepciones: Oncología Médica y Radioterápica, Diálisis, Hospital de Día y Farmacia Hospitalaria mantienen el 100% de la actividad, igual que UCI, quirófanos, atención al embarazo y al parto y los servicios centrales hospitalarios. La cobertura del turno de noche se acerca al 100% y, en conjunto, los mínimos «no superan, en su conjunto, aproximadamente un tercio del total de efectivos». Se incluyen también el Centro de Hemoterapia y Hemodonación, la inspección de recetas y un informático por centro.

Educación, servicios sociales y empleo

En los centros docentes públicos no universitarios el mínimo es la permanencia de un órgano de gobierno unipersonal —director, jefe de estudios o secretario— y al menos un ordenanza por turno, con refuerzos de ayudantes técnicos educativos, enfermeros, cocineros y profesores de apoyo en Infantil, educación especial, residencias y escuelas hogar.

La Gerencia de Servicios Sociales fija los efectivos precisos para la atención integral en residencias de mayores y de personas con discapacidad, un efectivo de personal subalterno en estancias diurnas y un cocinero y un limpiador en comedores sociales y clubes de mayores. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León cubre información, registro, control horario y gestiones inaplazables, y la Gerencia Regional de Salud concreta sus dotaciones en el anexo IV. El anexo VIII recoge el personal de las residencias deportivas de Río Esgueva, Victorio Macho y Llano Alto y del Castillo de la Mota.

Cuatro acuerdos y dos meses para recurrir

El acuerdo faculta a los secretarios generales de las consejerías, a los titulares de la Gerencia de Servicios Sociales, la Gerencia Regional de Salud y el Servicio Público de Empleo, al director general de Profesionales de la Educación y a los delegados territoriales para designar a las personas que prestarán los mínimos. Advierte de que los paros del personal designado serán considerados ilegales y recuerda que las retribuciones se regirán por la normativa vigente.

La misma jornada del 5 de noviembre el Consejo de Gobierno aprobó otros tres acuerdos complementarios: el Acuerdo 155/2026, para entes públicos de derecho privado, empresas y fundaciones públicas, transporte y enseñanza privada (pág. 318); el Acuerdo 156/2026, para las universidades públicas (pág. 338), y el Acuerdo 157/2026, para empresas privadas que prestan servicios a la Administración (pág. 352). Contra el Acuerdo 154/2026 cabe recurso de reposición o contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, en el plazo de dos meses.

El alcance de la medida es doble: condiciona el ejercicio del derecho de huelga de todos los empleados públicos autonómicos y determina qué atención recibirán los ciudadanos que dependen de hospitales, centros educativos, residencias y oficinas de registro durante una jornada completa de paro general.


Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 215, 6 de noviembre de 2026, sección I. D. Otras Disposiciones, pág. 258 (referencia oficial: Acuerdo 154/2026).