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BOP de Sevilla · 05 Nov 2026 · 7 vistas

La Junta expropia terrenos para electrificar el tranvía de Alcalá de Guadaíra

Por FactBox Admin

La Junta expropia terrenos para electrificar el tranvía de Alcalá de Guadaíra

La Delegación Territorial de Vivienda, Juventud, Ordenación del Territorio, Fomento y Movilidad en Sevilla ha acordado incoar el procedimiento de expropiación forzosa por vía de urgencia de los terrenos y derechos afectados por la electrificación completa de la línea tranviaria a Alcalá de Guadaíra. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 214, de jueves 5 de noviembre de 2026, con la referencia oficial BOP-SE-2026-214034, y fija el levantamiento de actas previas de ocupación para el 15 de diciembre de 2026 en el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

El origen del expediente es la Resolución de 14 de febrero de 2023 de la Dirección General de Infraestructuras del Transporte, entonces dependiente de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que ordenó el inicio de la expropiación para obtener la plena posesión de los bienes afectados por el “Proyecto de construcción relativo a electrificación de la totalidad de la línea tranviaria a Alcalá de Guadaíra entre la Universidad Pablo Olavide y Montecarmelo”. El acuerdo está firmado por la delegada territorial, María Teresa Ávila Guisado, con fecha de firma electrónica del 30 de octubre de 2026 y sello de registro del 3 de noviembre.

El marco legal invocado es el artículo 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, el artículo 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957 y el artículo 10.2 de la Ley 9/2006, de 26 de diciembre, de Servicios Ferroviarios de Andalucía. La aprobación del proyecto implica por sí misma la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los terrenos.

Dos fincas y comparecencia en el Ayuntamiento

El anexo del acuerdo identifica a los titulares de bienes y derechos afectados por la ejecución de la obra. La relación es breve y concentra toda la afección en una única empresa, MERSEMAR SL, propietaria de dos parcelas en el término municipal de Alcalá de Guadaíra:

  • Referencia catastral 4586901TG4448N0001MS, con 22.233 m² de superficie catastral y comparecencia citada a las 12:30 horas.
  • Referencia catastral 4690886TG4348N0001DU, con 26.605 m² de superficie catastral y comparecencia citada a las 12:00 horas.
  • Afección registrada de 1.409 m² de ocupación temporal.

El acto se celebrará el 15 de diciembre de 2026, entre las 12:00 y las 12:30 horas, en el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, previas las correspondientes notificaciones personales.

Plazo de 15 días hábiles para alegaciones

El acuerdo abre un trámite de información pública de 15 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Durante ese plazo los titulares y cualquier persona interesada pueden formular por escrito alegaciones ante la Delegación Territorial y consultar el anejo de Expropiaciones en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede de la Delegación en Sevilla.

La relación de interesados se publicará además en el tablón de la Delegación Territorial, en el del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, en el Boletín Oficial del Estado, en el BOJA, en el BOP de Sevilla y en el Diario de Sevilla. Estos anuncios valen como notificación a los interesados no identificados, de titular desconocido o de ignorado paradero, conforme al artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa y a los artículos 44 y siguientes de la Ley 39/2015.

Documentación exigida a los propietarios

Los convocados deberán acudir personalmente o representados por persona autorizada, pudiendo ir acompañados a su costa de peritos y notario. Deberán aportar:

  • Original y fotocopia del DNI, NIE o pasaporte; en personas jurídicas, escritura de constitución y documentación acreditativa del representante legal.
  • Poder de representación, en su caso.
  • Título de propiedad inscrito en el Registro de la Propiedad, con escritura pública y nota simple actualizada.
  • En caso de fallecimiento del titular, testamento o declaración de herederos, aceptación de herencia y modelos 650 y 660 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • Dirección electrónica de notificaciones cuando el titular esté obligado a la relación telemática conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015.

La Delegación solicita remitir esa documentación en formato electrónico a través del Registro Electrónico antes del acto, para agilizar la tramitación y reducir la duración de cada comparecencia. Hasta el día señalado, los afectados omitidos en la relación pueden examinar los planos parcelarios y alegar para subsanar errores u omisiones.

La publicación afecta a los propietarios citados, pero también al conjunto del área metropolitana: la electrificación de toda la traza entre la Universidad Pablo de Olavide y Montecarmelo es la condición técnica para culminar la modernización de la línea tranviaria de Alcalá de Guadaíra, un eje de conexión pendiente de esta infraestructura eléctrica.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, núm. 214, de 5 de noviembre de 2026, Administración Autonómica, págs. 118-120 (referencia oficial: BOP-SE-2026-214034).