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BOP de Santa Cruz de Tenerife · 19 Aug 2026 · 7 vistas

La Guancha y Güímar aprueban sus planes de control de viviendas vacacionales

Por FactBox Admin

Los ayuntamientos de La Guancha y Güímar han aprobado sus respectivos planes de comprobación y control de las viviendas vacacionales, un instrumento de planificación interna que la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas obliga a diseñar a todos los municipios canarios. Ambos acuerdos se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 99, de 19 de agosto de 2026, y afectan directamente al sector del alquiler vacacional en la isla.

En La Guancha, el Pleno Corporativo aprobó por unanimidad el plan en sesión ordinaria celebrada el 30 de julio de 2026, según el anuncio con referencia 1724870 (pág. 23536). En Güímar, la aprobación se formalizó mediante el Decreto de Alcaldía nº 3134/2026, de 10 de agosto de 2026, recogido en el anuncio con referencia 1724113 (pág. 23545).

La Ley 6/2025, en vigor desde el 13 de diciembre de 2025, somete el uso turístico de hospedaje en viviendas al régimen de actividades clasificadas previsto en la Ley 7/2011, de 5 de abril, y sus normas de desarrollo. Su disposición adicional segunda impone a los ayuntamientos la obligación de diseñar e implementar, en un plazo máximo de ocho meses desde la entrada en vigor, un plan municipal de comprobación y control de todas las viviendas vacacionales en materia de actividades clasificadas.

El plan debe basarse en la relación pormenorizada de viviendas vacacionales inscritas con carácter previo a la entrada en vigor de la ley, remitida a cada ayuntamiento por la Consejería competente en materia de Turismo del Gobierno de Canarias. Su duración no puede superar los cuatro años y debe incluir actuaciones de inspección selectiva sobre las viviendas que presenten indicios de riesgo o irregularidades.

El plan de La Guancha

El plan de La Guancha, firmado por el alcalde-presidente Alejandro Herrera Luis, tiene una vigencia de cuatro años y se estructura en cuatro fases:

  • Fase Primera (control): análisis de la relación de viviendas inscritas y creación del “Registro de viviendas vacacionales operativas en el municipio”, con comprobación de si las actividades están en funcionamiento.
  • Fase Segunda (examen de comunicaciones previas): verificación de los datos, instalaciones y actividad, con un plazo de 18 meses para informar las comunicaciones presentadas antes de la entrada en vigor del plan.
  • Fase Tercera (comprobación): comprobación presencial inicial, con acta que concluye en pronunciamiento favorable, desfavorable por defectos subsanables o desfavorable por defectos graves; debe completarse en tres años.
  • Fase Cuarta (inspección): elaboración de un listado de viviendas a inspeccionar por signos de riesgo o irregularidades, que se desarrolla durante el cuarto año de vigencia.

El plan persigue una finalidad de legalidad (verificar el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos) y otra de planificación (servir de diagnóstico previo para los futuros instrumentos de ordenación urbanística municipal). Las viviendas inscritas ante el Gobierno de Canarias, comunicadas al ayuntamiento y en funcionamiento quedarán en situación de legalidad formal, un paso que debe alcanzarse en un plazo de seis meses.

El plan de Güímar

En Güímar, el plan fue aprobado por la alcaldesa mediante el Decreto nº 3134/2026, y el anuncio aparece firmado por el primer teniente de alcalde, David Román Escobar, el 13 de agosto de 2026. El instrumento abarca todas las viviendas vacacionales existentes en el término municipal en materia de actividades clasificadas, en los mismos términos exigidos por la Ley 6/2025.

Impacto para el sector

La entrada en vigor de estos planes supone un refuerzo del control administrativo sobre el alquiler vacacional en Tenerife, con inspecciones físicas, verificación de requisitos técnicos y un registro municipal que distinguirá las viviendas en situación de legalidad formal de aquellas que operen sin comunicación previa. Los titulares de viviendas vacacionales deberán acreditar documentación como el seguro de responsabilidad civil y las hojas de reclamaciones, y las actividades que no regularicen su situación podrán verse excluidas del registro o declaradas en situación de ilegalidad.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 99, de 19 de agosto de 2026, sección I (referencias oficiales: 1724870, pág. 23536; y 1724113, pág. 23545).