Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 03 Oct 2026 · 20 vistas
La Comunidad prorroga hasta 2027 la oficina de rehabilitación de los aparejadores
Por FactBox Admin

La Comunidad de Madrid prorroga un año más, hasta el 2 de noviembre de 2027, el convenio con el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid (COAATM) para mantener la oficina de rehabilitación que actúa como “ventanilla única”, dotada con 650.000 euros de fondos Next Generation de la Unión Europea. La Adenda III, firmada el 2 de septiembre de 2026, se publica en el BOCM núm. 236, de 3 de octubre de 2026, dentro de la sección I.D) Anuncios de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (referencia BOCM-20261003-2).
Una prórroga de un año y 250.000 euros para el segundo semestre
El convenio original se firmó el 2 de noviembre de 2022 al amparo del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que regula los programas de ayuda a la rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su programa 2 financia oficinas de rehabilitación de tipo “ventanilla única” para coordinar, informar y facilitar la gestión de las ayudas a ciudadanos, comunidades de propietarios, empresas y agentes rehabilitadores.
La nueva adenda incorpora una cláusula quinta quater que fija en 250.000 euros la ayuda al colegio para el segundo semestre de 2026, con el límite de los gastos efectivamente realizados y cargo a la partida presupuestaria 78405 “Subvenciones rehabilitación de viviendas”. El importe se destinará a:
- Ampliación y funcionamiento de la oficina de rehabilitación.
- Contratación de personal técnico y administrativo.
- Otros gastos subvencionables previstos en los artículos 23 y 24 del Real Decreto 853/2021.
La cuantía máxima del programa no podrá superar los 800 euros por vivienda con resolución favorable del programa de ayuda 3, según el acuerdo de la Adenda IV a la Comisión Bilateral de 19 de mayo de 2026.
Cómo y cuándo se paga la subvención
La cláusula sexta ter detalla el calendario de abonos del segundo semestre de 2026:
- El primer 50 % se abonará una vez justificado el segundo 50 % del primer semestre de 2026.
- El segundo 50 % se pagará tras justificar todos los gastos a 31 de diciembre de 2026.
- La justificación total del semestre deberá realizarse antes del 30 de junio de 2027, mediante certificación del Decano/Presidente.
El COAATM queda exento de constituir garantía por los anticipos, en virtud del artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021. El régimen de justificación se remite al artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Antecedentes y ampliación de plazos
El convenio acumula ya varias modificaciones: la adenda I, de 23 de julio de 2024, lo prorrogó dos años hasta el 2 de noviembre de 2026 y elevó la dotación a 1.000.000 euros para 2024 y 2025; la adenda II, de 17 de diciembre de 2025, amplió la subvención en 250.000 euros para dar continuidad a las actuaciones hasta el 30 de junio de 2026.
El Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, modificó el artículo 4.7 del Real Decreto 853/2021 para permitir prórrogas excepcionales. A partir de ahí, la Comunidad de Madrid solicitó el 11 de mayo de 2026 una ampliación de plazos, que se tradujo en la prórroga de la ejecución de las actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2026 y de la justificación ante el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana hasta el 30 de junio de 2027.
La adenda está suscrita por Elena Rodríguez-Manzaneque García-Alcañiz, directora general de Ayudas y Acceso a la Vivienda, nombrada por Decreto 88/2025, de 5 de noviembre, y por Gregorio Díaz Están, presidente del COAATM. En la designación inicial de beneficiarios de concesión directa también figura el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.
Impacto para comunidades y empresas
La continuidad de la oficina “ventanilla única” afecta directamente a comunidades de propietarios, empresas y agentes rehabilitadores que tramitan ayudas de rehabilitación energética en la región. La propia adenda justifica la prórroga en la experiencia y especialización del personal adscrito, determinantes para garantizar el cierre y la fase de justificación del programa 3, de elevada complejidad técnica y administrativa. El mantenimiento del servicio hasta finales de 2027 da margen a los solicitantes para completar expedientes y cobrar unas subvenciones cuyo plazo de ejecución se extiende ahora hasta el 31 de diciembre de 2026.
Fuente: BOCM, núm. 236, 3 de octubre de 2026, I.D) Anuncios, págs. 14-18 (referencia oficial: BOCM-20261003-2).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-03