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Boletín Oficial del País Vasco · 03 Nov 2026 · 5 vistas

Kontsumobide ha impuesto una multa de 11.001 euros a la empresa Consorweb por cobros excesivos realizados a sus clientes

Por FactBox Admin

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La dirección de Kontsumobide-Instituto Vasco del Consumo ha impuesto una sanción a la empresa Consorweb, S.L. en un expediente de consumo. La empresa deberá abonar 11.001 euros, según la resolución dictada en el expediente número SAN-20A001-39-2026. A pesar de que se intentó notificar la resolución de forma personal, no fue posible lograrlo, por lo que se ha publicado el anuncio oficial en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), el 3 de noviembre de 2026, en el número 210, con la referencia pública 2026/4634.

La resolución fue firmada en Vitoria-Gasteiz el 16 de octubre de 2026 por Ana María Sánchez HerrÁez, directora de Kontsumobide-Instituto Vasco del Consumo. Dicho organismo está adscrito al departamento de Turismo, Comercio y Consumo, y tiene como misión principal velar por los derechos de los consumidores: tramitar reclamaciones, hacer cumplir la normativa en materia de consumo y, cuando sea necesario, abrir expedientes sancionadores. La notificación ha sido pública utilizando la vía prevista en el artículo 44 de la Ley 39/2015, cuando no ha sido posible realizar la notificación personal al interesado.

Dos infracciones: cláusulas abusivas y servicios cobrados no prestados

La resolución detalla dos infracciones, basadas en dos apartados recogidos en el artículo 139 de la Ley 4/2023, Ley del Estatuto de los Consumidores y Usuarios:

  • 139.1: inclusión de cláusulas abusivas en los contratos suscritos por los consumidores o usuarios, o realización de prácticas abusivas.
  • 139.28: solicitar cualquier contraprestación, precio o pago por bienes no entregados o servicios no prestados.

Según la Administración, la empresa incurrió en ambas conductas y, por ello, se le impuso la sanción sin perjuicio de lo anterior, tras analizar las alegaciones previamente presentadas por la propia empresa. La resolución, asimismo, indica a la empresa que al pagar la multa debe mencionar el NIF correspondiente y el número de expediente, y señalar que el importe corresponde a Kontsumobide-Instituto Vasco del Consumo. La documentación está a disposición de la empresa en la sede electrónica del Gobierno Vasco.

Importe de la sanción y plazos de pago

La sanción económica es de 11.001 euros. Los plazos para realizar el pago se calculan según la fecha de notificación, de acuerdo con las normas generales de regularización:

  • Sanciones notificadas del 1 al 15 del mes: pueden pagarse hasta el día 20 del mes siguiente a la fecha de notificación, o hasta el siguiente día hábil si ese día no fuera laborable.
  • Notificadas del 16 al último día del mes: hasta el segundo mes posterior a la fecha de notificación, concretamente hasta el día 5 de dicho mes o, si no fuera día hábil, hasta el siguiente día laborable.

De acuerdo con el Decreto 1/2021, el artículo 59 del Reglamento de Tesorería de la Hacienda General del País Vasco especifica que si el plazo para interponer el recurso finaliza después del plazo general de pago, el plazo de pago se prorroga hasta que finalice el plazo para interponer el recurso, siempre que no se presente recurso alguno. Por ello, la empresa debe organizar el pago según el momento de la notificación, para evitar que se generen intereses de demora.

Consecuencias del recurso y de la resolución

La multa no agota la vía administrativa. La empresa, por lo tanto, puede presentar un recurso ante el departamento de Turismo, Comercio y Consumo, siempre que sea dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la notificación. La resolución no será definitiva hasta que expire dicho plazo o se resuelva el recurso.

El anuncio indica que esta notificación produce efectos jurídicos a partir del día siguiente a su publicación. En el anexo figura la identificación de la empresa: Consorweb, S.L., con NIF B98586720 y referencia SAN-20A001-39-2026. Es decir, el nombre, la identificación fiscal y el número de expediente aparecen vinculados, lo que facilita el control público sobre la empresa.

Decisión que refuerza la protección del consumidor

La decisión reafirma que Kontsumobide controla la transparencia de los contratos y la prestación real de los servicios, y que las sanciones, aunque proporcionales, no son insignificantes: una multa de 11.001 euros es significativa para empresas medianas o pequeñas. Para los consumidores, las noticias muestran que las empresas no pueden imponer condiciones excesivas, no pueden cobrar por algo que no hayan entregado o prestado, y que el incumplimiento de las normas conlleva una responsabilidad económica clara. La publicación en el BOPV, además, vincula públicamente el nombre y el NIF de la empresa, en aras de recuperar la confianza pública.


Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, n.º 210, 3 de noviembre de 2026, Anuncios – Otros anuncios oficiales (referencia oficial: 2026/4634).