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Kanpō (官報) · 19 Oct 2026 · 2 vistas

Nuevas normas de etiquetado de jamones y embutidos sobre carne y publicidad

Por FactBox Admin

ハム・ソーセージ類の表示規約を一部変更、原料肉の強調表示とステルス広告に新基準

La Comisión de Comercio Justo y la Agencia de Asuntos del Consumidor han aprobado una modificación parcial de las Reglas de Competencia Justa relativas al etiquetado de jamones y salchichas, notificándola en el Boletín Oficial del 19 de octubre de 2026 como el Aviso n.º 7 de la Comisión de Comercio Justo. La modificación entrará en vigor el mismo día de la notificación de la aprobación. Los afectados son las empresas de fabricación, procesamiento y venta, así como las de importación y venta de jamones y salchichas, y la revisión de las reglas de etiquetado afecta tanto a la indicación destacada de las materias primas como a los métodos publicitarios.

Posicionamiento de las reglas autónomas del sector basadas en la Ley contra las Representaciones Injustas y las Premios Engañosos

La base legal de la notificación es el artículo 36, párrafo 1, de la Ley contra las Representaciones Injustas y las Premios Engañosos (Ley n.º 134 de 1962), y el contenido de la aprobación fue publicado conforme a las disposiciones del párrafo 4 del mismo artículo. El objeto de la modificación son las Reglas de Competencia Justa relativas al etiquetado de jamones y salchichas (Aviso n.º 35 de la Comisión de Comercio Justo de 1992).

La solicitud fue presentada por el Consejo de Comercio Justo de Jamones y Salchichas (Presidente Nobuhisa Ikawa), y la Comisión de Comercio Justo aprobó la modificación parcial con fecha 14 de septiembre de 2026. La notificación especifica como motivo de la aprobación que el contenido de la modificación cumple con los requisitos de certificación establecidos en cada inciso del párrafo 2 del artículo 36 de dicha ley. La notificación fue firmada por el Presidente de la Comisión de Comercio Justo, Eiji Chaya, y la Comisionada de la Agencia de Asuntos del Consumidor, Natsuko Horii.

Unificación de las indicaciones destacadas de carne materia prima según los criterios del reglamento de ejecución

El núcleo del cambio es la reorganización de las disposiciones relativas a las “indicaciones que destacan la carne materia prima utilizada” en el artículo 4 de las Reglas (Criterios de etiquetado de asuntos específicos).

  • Se ha establecido que las indicaciones destacadas como “Todo carne de 〇〇” o “100% carne de 〇〇” deben realizarse siguiendo los criterios definidos en el reglamento de ejecución.
  • Asimismo, cuando se indique que la carne materia prima “posee características especiales”, se requerirá que se sigan los criterios del reglamento de ejecución.
  • La definición de carne materia prima (carnes animales materias primas u órganos materias primas) se ha trasladado a las disposiciones de indicaciones destacadas, aclarando la relación de aplicación entre ambas.

Paralelamente, se han modificado las redacciones del artículo 1 (Objetivo) y el artículo 3 (Asuntos de etiquetado obligatorios), organizando su relación con las obligaciones de etiquetado basadas en los Estándares de Etiquetado de Alimentos (Orden del Gabinete n.º 10 de 2015).

Explicitación del marketing encubierto como representación injusta

Se ha añadido un nuevo inciso al artículo 5 de las Reglas (Prohibición de representaciones injustas), posicionando como conducta prohibida el marketing encubierto (conocido como stealth marketing), definido como aquellas indicaciones realizadas por un operador sobre las transacciones de jamones y salchichas que suministra, que resulten difíciles de identificar como tales para el consumidor general. Esta medida parece responder a que la publicidad a través de redes sociales e influencers puede influir en la elección de los productos.

Fecha de entrada en vigor y medidas transitorias

  • La fecha de entrada en vigor es el día de la notificación de la certificación por parte de la Comisión de Comercio Justo y el Comisionado de la Agencia de Asuntos del Consumidor (19 de octubre de 2026).
  • Se han establecido medidas transitorias para que las etiquetas realizadas por los operadores antes de la fecha de entrada en vigor sigan basándose en los ejemplos anteriores.

Los fabricantes e importadores/distribuidores deben revisar nuevamente los documentos justificativos de las etiquetas de los envases que enfaticen el origen o la composición de las materias primas. Para los consumidores, aumentará la transparencia de la información disponible para juzgar tanto las etiquetas que declaran el tipo y la composición de la carne como la publicidad donde es difícil distinguir que se trata de un anuncio.

Fuente: Publicado en el Boletín Oficial (19 de octubre de 2026), Notificación n.º 7 de la Comisión de Comercio Justo (Asunto sobre la certificación de cambios parciales en las Reglas de Competencia Justa relativas al etiquetado de jamones y salchichas). La ley base es el Artículo 36 de la Ley contra las Premios Injustos y las Representaciones Engañosas (Ley n.º 134 de 1962), y el objeto del cambio es la Notificación n.º 35 de la Comisión de Comercio Justo de 1992.