Kanpō (官報) · 30 Sep 2026 · 15 vistas
Sube al 66,7% la subvención para restaurar escuelas afectadas por Kumamoto
Por FactBox Admin

El Gobierno ha promulgado, en el Boletín Oficial (edición extraordinaria) con fecha 30 de septiembre del año 8 de Reiwa, el Decreto por el que se modifica parcialmente el Decreto Ley de Ejecución del Seguro de Empleo (Decreto Ley No. 318). Para las instalaciones y equipos de escuelas de desarrollo de capacidades profesionales, entre otros, establecidos por la Prefectura de Kumamoto, que hayan sufrido daños significativos debido al Terremoto de Kumamoto del año 8 de Reiwa, la tasa de subvención para los gastos necesarios para la recuperación de desastres se incrementará de un medio a dos tercios, únicamente para el año fiscal de Reiwa 8. El decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.
Este decreto ha sido establecido por el Gabinete basándose en las disposiciones del artículo 63, párrafo 2, de la Ley del Seguro de Empleo (Ley No. 116 de 1974), y consiste en la adición de un nuevo artículo (Artículo 8) a las disposiciones adicionales del Decreto Ley de Ejecución del Seguro de Empleo (Decreto Ley No. 25 de 1975). La promulgación ha sido firmada conjuntamente por la Primera Ministra Sanae Takaichi y el Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar Kenichiro Ueno, siendo la fecha de promulgación el 30 de septiembre del año 8 de Reiwa.
Incremento de la tasa de subvención y reinterpretación de los gastos sujetos
El pilar de la reforma reside en la reinterpretación, limitada al año fiscal de Reiwa 8, de las disposiciones de concesión de subvenciones destinadas a la recuperación de escuelas de desarrollo de capacidades profesionales y otras instalaciones afectadas.
- Las instalaciones sujetas son aquellas escuelas de desarrollo de capacidades profesionales, instalaciones y equipos establecidos por la Prefectura de Kumamoto según el artículo 12, que hayan sufrido daños significativos debido al Terremoto de Kumamoto del año 8 de Reiwa.
- La tasa de subvención se aplicará reinterpretando el “un medio” del artículo 13, párrafo 1, como “dos tercios”.
- Los “gastos necesarios para la nueva construcción, ampliación o remodelación de edificios” del párrafo 1, numeral 1, se reinterpretarán como “gastos necesarios para la recuperación de desastres de edificios que hayan sufrido daños significativos debido al Terremoto de Kumamoto del año 8 de Reiwa”.
- Los “gastos necesarios para la nueva instalación, ampliación o remodelación de maquinaria, instrumentos y otros equipos” del párrafo 1, numeral 2, se reinterpretarán como “gastos necesarios para la recuperación de desastres de maquinaria, instrumentos y otros equipos que hayan sufrido daños significativos debido al Terremoto de Kumamoto del año 8 de Reiwa”.
Fecha de entrada en vigor y marco legal
Las disposiciones adicionales del decreto establecen que este entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación. Es decir, la fecha de entrada en vigor es el 30 de septiembre del año 8 de Reiwa, aplicándose inmediatamente a la concesión de subvenciones del año fiscal de Reiwa 8.
- Ley base: Artículo 63, párrafo 2, de la Ley del Seguro de Empleo.
- Objeto de la reforma: Decreto Ley de Ejecución del Seguro de Empleo (Decreto Ley No. 25 de 1975), añadiendo el Artículo 8 a las disposiciones adicionales.
- Nombre de la medida especial: “Medida especial relativa a las subvenciones para los gastos necesarios para las instalaciones y equipos de escuelas de desarrollo de capacidades profesionales en relación con el Terremoto de Kumamoto del año 8 de Reiwa”.
- El año de aplicación se limita al año fiscal de Reiwa 8.
Designación del terremoto y áreas afectadas
El Terremoto de Kumamoto de Reiwa 8 ha sido designado como un desastre conforme al artículo 2, párrafo 5, numeral 4 de la Ley de Seguro de Crédito para Pequeñas y Medianas Empresas (Ley n.º 264 de 1950), mediante la Notificación n.º 119 del Ministerio de Economía, Comercio e Industria (18 de septiembre de Reiwa 8). El periodo de designación comprende desde el 28 de julio de Reiwa 8 hasta el 17 de diciembre de Reiwa 8, y la región designada es la Prefectura de Kumamoto.
- Las áreas designadas incluyen las ciudades de Kumamoto, Yatsushiro, Hitoyoshi, Arao, Minamata, Tamana, Yamaga, Kikuchi, Uto, Kamiamakusa, Uki, Aso, Amakusa y Koshi.
- En cuanto a los distritos, se mencionan Misato-machi (Distrito de Shimomashiki), Gyutō-machi (Distrito de Tamana), Ozu-machi (Distrito de Kikuchi), Minamiaso-mura (Distrito de Aso), Mashiki-machi (Distrito de Kamimashiki), Hikawa-machi (Distrito de Yatsushiro), Ashikita-machi (Distrito de Ashikita) y Nishiki-machi (Distrito de Kuma), entre otros.
Hacia la recuperación de las funciones de formación profesional en las zonas afectadas
El aumento de la tasa de subsidios brindará apoyo financiero para la restauración de edificios, maquinaria y equipos de las escuelas de desarrollo de capacidades profesionales afectadas, lo que conducirá a una pronta recuperación de las funciones de formación profesional en las zonas damnificadas. Se trata de una medida excepcional y temporal limitada al año fiscal de Reiwa 8, y el objeto de la misma se limita a las instalaciones establecidas por la Prefectura de Kumamoto.
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- Boletín Oficial (Edición Extraordinaria) 30 de septiembre de Reiwa 8, Decreto n.º 318 “Decreto para reformar parcialmente el Decreto de Ejecución de la Ley de Seguro de Empleo” (Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar)
- Boletín Oficial 18 de septiembre de Reiwa 8, Notificación n.º 119 del Ministerio de Economía, Comercio e Industria (Designación de desastres y regiones basada en el artículo 2, párrafo 5, numeral 4 de la Ley de Seguro de Crédito para Pequeñas y Medianas Empresas)