Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 24 Sep 2026 · 8 vistas
Industria desestima la fotovoltaica Torrent 29 269 por informes desfavorables
Por FactBox Admin

El Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia ha desestimado la solicitud de Frajav Solar Investment One, SL de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la central fotovoltaica Torrent 29 269 y su infraestructura de evacuación, de 1,2 MW de potencia instalada, en el término municipal de Torrent (Valencia). La resolución, firmada el 3 de agosto de 2026, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10458, de 24 de septiembre de 2026, dentro de los actos administrativos de autorizaciones y concesiones, con referencia oficial DOGV-C-2026-29528. El expediente tramitado es el ATALFE/2022/45/46.
La decisión se apoya en el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones de aprovechamiento de energías renovables, cuyo artículo 25.2 exige que el informe en materia de ordenación del territorio y paisaje sea favorable para poder otorgar las autorizaciones. Ese informe tiene carácter vinculante conforme al artículo 2 del mismo decreto ley. La tramitación se inició con la instancia presentada el 29/08/2022 (registro GVRTE/2022/2717043) y fue admitida a trámite el 16/02/2023, con eficacia retroactiva desde el 20/11/2022. El proyecto se sometió a información pública en el DOGV núm. 10036, de 30/01/2025, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm. 22, de 03/02/2025.
Características de la instalación proyectada
- Titular: Frajav Solar Investment One, SL.
- Potencia instalada: 1,2 MW (1.452 kWp de potencia pico de los módulos).
- Tecnología: solar fotovoltaica, con 2.640 módulos de 550 Wp monocristalinos sobre estructura fija.
- Inversor central de 1.400 kW de potencia nominal, limitado a 1.200 kW mediante configuración de software con accesorio PPC.
- Centro de transformación prefabricado a la intemperie con transformador de 1.600 kVA (540 V/20.000 V).
- Línea de evacuación subterránea de 294,50 metros, con conductor HEPR-Z1 12/20 kV de 3x240 mm² de aluminio.
- Ubicación: polígono 26, parcelas 269 y 9030, del término municipal de Torrent.
Los informes que bloquearon el expediente
En respuesta a las consultas del artículo 24 del Decreto ley 14/2020, se recibieron varios informes:
- I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, informó el 07/02/2025 que faltaba evidenciar el acceso directo y fácil al centro de transformación, exigido por la ITC-RAT 19; el 09/07/2026 reiteró su falta de conformidad porque el recinto está dentro del perímetro de la planta.
- El Servicio de Gestión de Riesgos en el Territorio (informe de 17/03/2025) condicionó su sentido favorable a reubicar paneles, adoptar medidas de drenaje y retranquear el cerramiento según la cartografía del PATRICOVA.
- El Servicio de Paisaje (30/04/2026) señaló que corresponde al ayuntamiento emitir el informe en materia de paisaje.
- El Ayuntamiento de Torrent consideró el uso compatible con el planeamiento (15/01/2025) y sin inconveniente ambiental (23/01/2025), mientras que la Dirección General de Medio Natural y Animal (11/03/2025) se pronunció favorablemente con condicionantes y el Servicio de Planificación Territorial (07/04/2025) apreció compatibilidad.
Requerimientos sin respuesta y vía de recurso
El servicio territorial requirió al promotor en varias ocasiones la documentación exigida por esos informes: el 19/06/2025, con justificante de no comparecencia el 30/06/2025, y mediante trámites de audiencia el 29/10/2025 y el 17/06/2026. El titular aportó el 12/11/2025 un plano de accesos, una declaración responsable y un borrador de acuerdo con I-DE, pero no respondió al resto de informes ni presentó el proyecto modificado con los condicionados, según la resolución. Contra el acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación. La resolución está firmada por Roberto Javier Anchel Añó, jefe del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia.
El rechazo confirma que la Generalitat no autorizará plantas fotovoltaicas sin el informe favorable y vinculante de ordenación del territorio y paisaje ni sin un acceso al centro de transformación que cumpla la ITC-RAT 19, un requisito que ya había frenado el proyecto de Torrent desde 2025. Para el sector renovable y para el municipio, el caso ilustra el peso de los condicionantes territoriales, de inundabilidad y de conexión a la red en la tramitación de instalaciones de pequeña potencia.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10458, de 24 de septiembre de 2026, III. Actos administrativos, A) Autorizaciones y concesiones (referencia oficial: DOGV-C-2026-29528).