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BOP de Huesca · 16 Oct 2026 · 20 vistas

Hostelería de Huesca aprueba su convenio con subidas salariales hasta 2027

Por FactBox Admin

Hostelería de Huesca aprueba su convenio con subidas salariales hasta 2027

La Subdirección Provincial de Trabajo de Huesca ha ordenado la inscripción en el registro y la publicación del Convenio Colectivo Provincial para las Industrias de Hostelería y Turismo de Huesca, con vigencia desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027. La resolución, firmada el 14 de octubre de 2026 por la subdirectora provincial de Trabajo, Ana Maurel Garcés, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 199, de 16 de octubre de 2026, dentro de la sección de Administración Autonómica (referencia oficial BOPH-2026-199020).

El texto fue presentado en la Subdirección Provincial de Trabajo el 21 de septiembre de 2026 y está suscrito por los representantes de los empresarios del sector y su representación sindical, afiliados a UGT y CC.OO., bajo el código de convenio 22000175012004. La resolución se adopta al amparo del artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.

El convenio se aplica a todas las empresas de alojamiento, restauración, ocio y esparcimiento que desarrollan su actividad en la provincia de Huesca, desde hoteles, campings y alojamientos rurales hasta restaurantes, bares, cafeterías, caterings, discotecas y salones recreativos. La relación de actividades no es exhaustiva y remite al Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para el Sector de Hostelería (ALEH).

Subidas salariales y pagas

  • Para 2025 se aplica un incremento del 2,9% sobre las tablas de 2024, sin efectos retroactivos ni atrasos, más una paga única de convenio de 500 euros, proporcional a la jornada y no consolidable.
  • Para 2026 y 2027 se fija un incremento del 3,5% en cada ejercicio, con efectos de 1 de enero, según las tablas del anexo.
  • Si el IPC acumulado entre 2026 y 2027 supera el 7%, se actualizarán las tablas base de 2028 con un tope máximo del 2%.
  • El salario mensual del grupo profesional primero queda en 1.371,94 euros en 2026 (20.579,10 euros anuales) y en 1.419,96 euros en 2027; el grupo tercero, en 1.139,60 euros mensuales en 2026.
  • Se mantienen las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre y se añade una paga de septiembre de 30 días de salario base sin antigüedad.
  • El plus de transporte se abona a 3,72 euros por día trabajado en 2026 y 3,85 euros en 2027; trabajar en domingo se compensa con 7,87 euros en 2026 y 8,15 euros en 2027, y cada festivo con 18 euros.
  • La nocturnidad se retribuye con un 10% entre las 22:00 y las 24:00 horas y un 25% entre las 0:00 y las 6:00, y la hora extraordinaria con un recargo del 65%.

Jornada, descansos y vacaciones

La jornada ordinaria se fija en 1.790 horas efectivas en 2025 y 2026 y en 1.782 horas en 2027, con un máximo de 40 horas semanales de promedio anual y ocho horas diarias. Las empresas podrán flexibilizar hasta 90 horas al año, con topes de 9 horas diarias y 45 semanales, y elevar excepcionalmente la jornada a 10 horas diarias en temporada alta previo acuerdo.

El personal disfrutará de un mínimo de 30 días naturales de vacaciones y de un día de descanso por la festividad de Santa Marta, el 29 de julio. Se reconocen 15 festivos anuales abonables y no recuperables, y en refugios y albergues de montaña se podrán organizar turnos específicos de siete o quince días de trabajo seguidos por igual periodo de descanso.

Nuevos derechos y garantías

El convenio incorpora el derecho a la desconexión digital fuera de la jornada, salvo urgencias o puestos con disponibilidad acordada, y refuerza la conciliación: acumulación de la lactancia en 14 días, protección de la gestante, preferencia horaria para quienes tengan familiares dependientes a cargo y reducción de jornada por guarda legal.

En materia de igualdad y violencia de género, la Comisión Paritaria del convenio se constituye en Comisión de Igualdad y las víctimas dispondrán de un permiso retribuido de hasta cinco días anuales. Se establece además una póliza de seguros con 19.224 euros por fallecimiento y 27.019 euros por incapacidad total o absoluta en 2026, y una prima de formación de 126 euros para quienes cursen al menos 120 horas de formación a distancia o 100 presenciales.

Comisión Paritaria y solución de conflictos

La Comisión Paritaria —cuatro miembros por cada parte, con domicilio en la calle Parque número 9, 22003 Huesca— asumirá la interpretación y aplicación del convenio, la vigilancia de las medidas de flexibilización y la negociación de la revisión salarial, con un plazo de siete días para pronunciarse. Los firmantes se adhieren al Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Aragón (ASECLA), gestionado por el SAMA, y se comprometen a participar en las conversaciones para el primer Convenio Regional de Aragón de Hostelería.

La publicación cierra la negociación del principal marco laboral del sector turístico oscense y da cobertura a empresas y trabajadores de toda la provincia durante tres años. Los incrementos pactados, la nueva paga de septiembre y los pluses de domingos, festivos y transporte tendrán efectos económicos inmediatos, mientras que las diferencias salariales de 2026 deberán abonarse en los dos meses siguientes a la publicación en el boletín.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 199, 16 de octubre de 2026, Administración Autonómica, pág. 109 (referencia oficial: BOPH-2026-199020).