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Boletín Oficial del País Vasco · 28 Oct 2026 · 3 vistas

El Gobierno Vasco ha iniciado el procedimiento para declarar Hondarribia zona tensionada

Por FactBox Admin

Hondarribia eremu tentsatutzat deklaratzeko prozedura abiatu du Jaurlaritzak

El Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco ha iniciado el procedimiento para declarar a Hondarribia (Gipuzkoa) como zona tensionada, a petición del ayuntamiento. La decisión se recoge en la Orden de 16 de octubre de 2026 del consejero Denis Itxaso González, y fue publicada el 28 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial del País Vasco, con la referencia oficial 2026/4541, en el apartado de otras disposiciones. El inicio ha abierto un periodo de información pública de veinte días hábiles, plazo en el cual los interesados podrán presentar alegaciones.

El procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 18.2 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda, con el número de expediente AAAA_ORD_7202/26_09. Según dicha normativa, la declaración de zona tensionada debe ser realizada por la administración competente en materia de vivienda, y en este caso la competencia recae en el Gobierno Vasco, amparado por el artículo 10.31 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Ley 3/2015, de vivienda, y el Decreto 411/2024 —que regula la estructura orgánica del departamento—.

El Ayuntamiento de Hondarribia presentó la solicitud al Departamento el 11 de mayo de 2026, junto con la documentación que analiza la situación del municipio:

  • Diagnóstico y memoria justificativa, para ser declarada zona tensionada.
  • Plan de Vivienda de Hondarribia, que sirve de base para la declaración.
  • Un plan específico que recoge las medidas para corregir los desequilibrios y el calendario de desarrollo.

La memoria hace referencia al informe del Observatorio de la Vivienda del Gobierno Vasco de abril de 2025, y recoge dos indicadores principales. La ley exige que el crecimiento acumulado de los precios sea al menos tres puntos superior al crecimiento del KPI de la comunidad.

  • Precio de compra de vivienda: incremento del 30,5% en cinco años, superando el límite del 22,4% (el incremento medio anual del KPI en Euskadi fue del 19,4%).
  • Precio del alquiler: incremento del 19,7%, superando el límite de referencia del 16,6%.

En ese sentido, la Orden indica que queda probado que se cumple la condición de la letra b) del artículo 18.3 de la Ley 12/2023, es decir, que el crecimiento acumulado tanto de los precios de compra como de alquiler supera en más de tres puntos el crecimiento del KPI. Por ello, el Departamento ha tomado la decisión de iniciar el procedimiento.

Información pública y audiencia al ayuntamiento

La tramitación tiene dos vías paralelas. Por un lado, el segundo punto de la Orden remite el procedimiento al trámite de información pública, para lo cual deberá realizarse la publicación tanto en el Boletín Oficial del País Vasco como en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa, con un plazo de veinte días hábiles; el plazo contará a partir del día siguiente a la última de las dos publicaciones. Por otro lado, el tercer punto establece la notificación al Ayuntamiento de Hondarribia y la concesión de un plazo de audiencia de veinte días hábiles para que presente alegaciones y documentación.

La memoria justificativa y los estudios estarán disponibles en la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda, en la calle Donostia-San Sebastián, número 1 (Vitoria-Gasteiz), y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco. Contra la orden no cabe recurso alguno, por ser un mero trámite.

Qué cambiarían las declaraciones

La propia ley especifica que las declaraciones realizadas como zona tensionada abren la vía para aplicar medidas específicas, siempre que se compruebe el déficit del mercado de la vivienda y la dificultad de los ciudadanos para acceder a ella. Una vez realizada la declaración, la vigencia de la zona tensionada será de tres años, y podrá prorrogarse anualmente, siguiendo el mismo procedimiento, si persisten las causas y se presenta la justificación de las medidas adoptadas previamente.

Asimismo, la resolución —una vez finalizado el procedimiento— deberá basarse en los fallos del mercado de la vivienda, y deberá comunicarse a la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Gobierno de España. El Departamento considera que el plan de medidas presentado junto con la memoria es viable y adecuado para mitigar los desequilibrios.

Tiene un efecto directo para el municipio: Hondarribia pasaría a formar parte de la primera lista de zonas tensionadas del País Vasco, y el siguiente paso del expediente que se tramita desde mayo de 2026 es la recepción de alegaciones de los ciudadanos y agentes socioeconómicos, en un plazo de veinte días hábiles de información pública.


Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, 2026/4541, 28 de octubre de 2026, parte I (otras disposiciones) (referencia oficial: 2026/4541).