BOP de Alicante · 04 Nov 2026 · 4 vistas
Hondón de las Nieves aprueba el acuerdo laboral definitivo de su Policía Local
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves aprobó expresamente y con carácter definitivo, en sesión extraordinaria del 3 de noviembre de 2026, la redacción final del Acuerdo Regulador de las Condiciones Laborales del Cuerpo de la Policía Local del municipio, suscrito con los representantes sindicales. El texto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 4 de noviembre de 2026, en la sección III. Administración Local (referencia oficial 2026_008511).
El acuerdo tiene por finalidad regular las condiciones laborales y retributivas específicas del personal policial para incentivar la prestación de un servicio esencial y reforzar las políticas públicas preventivas y correctivas en materia de seguridad ciudadana, bajo los principios de calidad, eficacia, eficiencia y proximidad a la ciudadanía. Conforme a su artículo 2, el texto se anexará al Convenio de Personal del Ayuntamiento —adherido al Acuerdo marco FVMP— y abarcará jornada, descansos, vacaciones y el resto de especificaciones propias de la Administración Local.
La aprobación plenaria era preceptiva: el artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, exige la aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de los acuerdos alcanzados en las mesas de negociación. El ámbito profesional se remite a la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, y a la Ley 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Jornada anual y turnos de siete días
La jornada de los agentes, en cómputo anual, será la misma que la del resto de funcionarios municipales: 1.475,50 horas efectivas durante el ejercicio 2026, incluyendo permisos retribuidos conforme al TREBEP, vacaciones, festivos, asuntos propios y días adicionales. El texto detalla el cálculo: 1.512 horas, de las que se descuentan 15 horas por reducción en fiestas patronales y 21,5 horas por reducción de la época estival. Para 2027 y ejercicios sucesivos se atenderá a las instrucciones de la Secretaría de Estado de Función Pública.
Los agentes de calle trabajarán en turnos de siete días consecutivos de servicio seguidos de siete días consecutivos libres, de lunes a domingo, con un cuadrante supervisado por la Alcaldía. Los horarios quedan así:
- Turno de mañana: de 06:00 a 14:15 horas (8 horas y 15 minutos diarias).
- Turno de tarde: de 13:45 a 22:00 horas (8 horas y 15 minutos diarias).
Se añaden 2 días al año de asuntos propios y 7 días anuales de vacaciones adicionales, estos últimos disfrutables junto al turno de descanso siempre que quede cubierto el servicio y nunca en fechas coincidentes con las fiestas patronales. También se admiten permutas de turno entre agentes, con conocimiento de la Alcaldía.
Retribuciones y horas extraordinarias
El régimen retributivo se remite al Real Decreto Legislativo 5/2015 y a la legislación anual de Presupuestos Generales del Estado, y el acuerdo conlleva el compromiso de modificar la vigente relación de puestos de trabajo municipal. Los servicios extraordinarios, autorizados por la Jefatura o la Alcaldía, se abonarán a mes vencido con estas tarifas, aplicables desde el 1 de julio de 2026:
- Hora extra normal: 23,26 euros.
- Hora extra nocturna (de domingo a jueves): 37,22 euros.
- Hora extra festiva (sábados, domingos y festivos): 37,22 euros.
- Hora extra festiva y nocturna (viernes, sábados y anteriores a festivos): 46,52 euros.
Se procurará la presencia de binomio de agentes y una duración mínima de cuatro horas para evitar perjuicios por desplazamiento, salvo cuando el servicio continúe la jornada ordinaria. Las campañas de control de seguridad o tráfico requerirán autorización expresa.
Formación, tiro y conciliación
Las 40 horas anuales de formación y las 14 horas de prácticas de tiro deberán realizarse fuera de la jornada laboral; su incumplimiento total se descontará de los días libres. El Ayuntamiento promoverá al menos dos prácticas anuales de tiro y dotará del material necesario, pudiendo los agentes proponer el centro de tiro.
El texto reconoce la singularidad del municipio, donde “no es posible patrullar en pareja”, y mantiene la vigencia del acuerdo hasta su modificación o derogación expresa. La denuncia deberá presentarse por escrito con al menos dos meses de antelación; si una resolución administrativa o judicial anulase el acuerdo, se convocará la Mesa General de Negociación en un plazo máximo de veinte días.
El cierre del pacto despeja el marco laboral de una plantilla pequeña y sometida a turnos exigentes, y llega con efectos retroactivos en el precio de las horas extraordinarias desde el pasado 1 de julio. Para los vecinos, el texto busca garantizar la cobertura de los servicios de seguridad con horarios definidos y formación acreditada.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, 4 de noviembre de 2026, sección III. Administración Local (referencia oficial: 2026_008511).