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BOP de Albacete · 17 Aug 2026 · 10 vistas

Hellín sube al nivel 24 el complemento de destino de sus empleados

Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Hellín, en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026, aprobó por unanimidad la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) para adecuar al nivel 24 el complemento de destino de cuatro empleados públicos del subgrupo A1, que hasta ahora percibían el nivel 23. El acuerdo, adoptado a propuesta de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Servicios Generales (Interior) y Personal, Seguridad Ciudadana, Urbanismo, Consumo y Transición Digital, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 95, de 17 de agosto de 2026, dentro de la Sección tercera de Administración Local, con número de expediente 1571276D.

Reclamaciones presentadas en marzo

Las solicitudes se registraron en el Registro General del Ayuntamiento el 11 de marzo de 2026. Los cuatro interesados pidieron la adecuación al nivel 24 del complemento de destino (personal funcionario) o del complemento de grupo profesional (personal laboral), invocando el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre (BOE núm. 303, de 20 de diciembre de 2023):

  • Don Pablo Francisco Cánovas Guillén, funcionario de carrera, Técnico/a de Patrimonio Cultural, subgrupo A1, nivel 23 (registro de entrada 5583/2026).
  • Doña Concepción López Valverde, personal laboral fijo, Psicólogo/a “B”, subgrupo A1, nivel 23 (registro de entrada 5593/2026).
  • Doña Macarena Sánchez García, funcionaria de carrera, Psicólogo/a “A”, subgrupo A1, nivel 23 (registro de entrada 5599/2026).
  • Doña Isabel Soria Sánchez, personal laboral fijo, Psicólogo/a “B”, subgrupo A1, nivel 23 (registro de entrada 5620/2026).

El fundamento jurídico

La disposición transitoria sexta del Real Decreto-Ley 6/2023 fija para el subgrupo A1 un intervalo de niveles de complemento de destino comprendido entre los niveles 24 y 30. Aunque la norma se declara aplicable exclusivamente a la Administración del Estado, sus efectos se proyectan sobre la Administración Local en virtud del artículo 3.1 del Real Decreto 861/1986, que remite a los intervalos establecidos para los funcionarios de la Administración del Estado.

El acuerdo subraya que el nivel de complemento de destino es una característica propia del puesto de trabajo definida en la RPT, por lo que la adecuación exige la modificación previa de este instrumento de ordenación del personal, sin que proceda un reconocimiento individualizado al margen del mismo.

Votación y efectos del acuerdo

La modificación de la RPT fue dictaminada favorablemente en la Comisión Informativa del 24 de junio de 2026 con voto ponderado:

  • Partido Popular: dos concejales (42,86 %).
  • PSOE: un concejal (38,10 %).
  • VOX: una concejala (9,52 %).

Posteriormente, el Pleno aprobó por unanimidad el acuerdo en tres puntos: aprobar inicialmente la modificación de la RPT; resolver expresamente las solicitudes una vez tramitado el procedimiento; y recordar a los interesados que, si la modificación no se produjera o la resolución les fuera desfavorable, podrán ejercitar los recursos administrativos o acciones jurisdiccionales procedentes. El acuerdo fue firmado el 6 de agosto de 2026 por el alcalde-presidente, Manuel Serena Fernández.

Un precedente para la Administración Local

La decisión de Hellín convierte en retribución efectiva, con efectos en nómina, un nivel que la normativa estatal fija como mínimo para el subgrupo A1, y abre la puerta a que otros ayuntamientos revisen sus RPT ante reclamaciones similares de su personal técnico superior. El expediente queda ahora a la espera de la tramitación completa de la modificación y de la resolución expresa de cada solicitud.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, núm. 95, 17 de agosto de 2026, Sección tercera. Administración Local, págs. 7-8 (referencia oficial: expediente 1571276D).