Moniteur Belge · 10 Sep 2026 · 2 vistas
Aumento del umbral de inmunización de los ingresos para la asignación de integración
Por FactBox Admin

El Rey Felipe firmó el 3 de septiembre de 2026 un real decreto que aumenta el umbral de inmunización de los ingresos de sustitución en el cálculo de la asignación de integración, una medida adoptada en el marco del plan de cohesión social. El texto, referenciado como [2026/202339], se publica en el Moniteur belge del 10 de septiembre de 2026, página 49465.
El decreto modifica el real decreto del 6 de julio de 1987 relativo a la asignación de sustitución de ingresos y a la asignación de integración, adoptado en aplicación de la ley del 27 de febrero de 1987 relativa a las asignaciones a las personas con discapacidad, en su artículo 7, § 1, párrafo 3.
Un incremento en dos etapas
El dispositivo prevé un aumento progresivo del umbral de inmunización, es decir, del monto de los ingresos de sustitución que no se tiene en cuenta en el cálculo de la asignación de integración. Se establecen dos niveles en el artículo 9ter, § 4, del real decreto del 6 de julio de 1987:
- Artículo 1: el monto «2.594,73» se sustituye por «5.267,30», con entrada en vigor el 1 de septiembre de 2026;
- Artículo 2: el monto «5.267,30» se sustituye por «7.265,24», con entrada en vigor el 1 de enero de 2029.
Esta doble revalorización tiene como objetivo mejorar la situación de las personas con discapacidad que perciben una asignación de integración, permitiéndoles acumular más ingresos de sustitución sin penalizar el monto de su prestación.
Un proceso de dictámenes consultivos
El texto fue sometido a varias instancias antes de su adopción. El Consejo Superior Nacional de las Personas con Discapacidad emitió su dictamen el 18 de mayo de 2026, mientras que el Inspector de Finanzas emitió sus dictámenes los días 2 y 12 de junio de 2026. El acuerdo del Ministro de Presupuesto fue otorgado el 17 de junio de 2026.
El decreto también fue objeto de un análisis de impacto de la normativa, de conformidad con los artículos 6 y 7 de la ley del 15 de diciembre de 2013 que introduce diversas disposiciones relativas a la simplificación administrativa. El Consejo de Estado emitió su dictamen 79.687/1/V el 11 de agosto de 2026, en aplicación del artículo 84, § 1, párrafo 1, 2°, de las leyes sobre el Consejo de Estado coordinadas el 12 de enero de 1973.
Alcance para los beneficiarios
El real decreto, adoptado sobre la propuesta del Ministro de Personas con Discapacidad y el dictamen de los ministros que deliberaron al respecto en Consejo, se firma en Bruselas el 3 de septiembre de 2026. El ministro que tenga las Personas con Discapacidad entre sus atribuciones es el encargado de la ejecución del presente decreto.
Para las personas con discapacidad beneficiarias de la asignación de integración, esta medida significa una mejor consideración de sus rentas de sustitución, con un umbral de inmunización que pasará de 2.594,73 euros a 5.267,30 euros a partir del 1 de septiembre de 2026, y posteriormente a 7.265,24 euros a partir del 1 de enero de 2029. Esta revalorización, inscrita en el plan de cohesión social, tiene como objetivo reforzar el poder adquisitivo y la autonomía financiera de las personas afectadas.
Fuente oficial: Moniteur belge del 10 de septiembre de 2026, página 49465 — Orden Real del 3 de septiembre de 2026 que modifica la Orden Real del 6 de julio de 1987 relativa a la asignación de sustitución de rentas y a la asignación de integración con el fin de aumentar el umbral de inmunización de las rentas de sustitución en el cálculo de la asignación de integración, adoptada en el marco del plan de cohesión social, referencia [2026/202339].