Boletín Oficial de Canarias · 08 Oct 2026 · 13 vistas
Guía de Isora amplía a todo el municipio la libertad horaria comercial
Por FactBox Admin

La Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de Canarias ha ampliado a la totalidad del término municipal de Guía de Isora la excepción del régimen general de horarios comerciales que desde 2015 solo amparaba a los núcleos de Playa San Juan, Alcalá y Varadero. La medida, firmada por el viceconsejero Felipe Afonso El Jaber el 26 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) núm. 202, de 8 de octubre de 2026, en la sección III de Otras Resoluciones (documento nº 3482, págs. 36484 y siguientes). La resolución surte efectos desde el día siguiente al de su publicación, es decir, el 9 de octubre de 2026.
De una declaración parcial de 2015 a todo el término municipal
El punto de partida es la Orden de 21 de abril de 2015, de la entonces Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC núm. 83, de 4 de mayo de 2015), que declaró zonas de gran afluencia turística únicamente los núcleos litorales de Playa San Juan, Alcalá y Varadero. El Ayuntamiento de Guía de Isora solicitó el 1 de junio de 2026 (entrada nº general 1184273/2026) extender esa excepción a todo el municipio, acompañando una memoria justificativa sobre la diversificación turística del territorio.
La resolución no crea una declaración nueva, sino que amplía la existente e integra en un único régimen territorial la costa, las medianías y el interior. La competencia corresponde a la Comunidad Autónoma en aplicación del artículo 5.1 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, y del artículo 12.4 del Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, que atribuyen al consejero competente en materia de comercio la determinación de estas zonas, a propuesta de los ayuntamientos, oídas las asociaciones de consumidores y las organizaciones empresariales y sindicales, y previo informe de Turismo.
7.327 plazas turísticas y 299 restaurantes como base de la decisión
El informe de la Jefatura de Servicio de Ordenación Turística, emitido el 7 de julio de 2026, y el Sistema de Información Turística de la Consejería respaldan la ampliación con estas cifras del municipio:
- 8 establecimientos hoteleros.
- 907 establecimientos extrahoteleros.
- 7.327 plazas turísticas de alojamiento.
- 299 establecimientos de restauración.
A ello se suman, según el expediente, los conjuntos históricos de Guía de Isora y Aripe-Chirche y la zona arqueológica de Aripe, reconocidos como Bienes de Interés Cultural, una red de senderos y espacios naturales protegidos, y un calendario anual de eventos como Pascua Florida, el Día de las Tradiciones de Chirche, el Concurso de Vinos y la Noche de Tapas y Vino. La resolución aprecia además la integración funcional del municipio en el eje turístico del sur de Tenerife y la movilidad intermunicipal de visitantes y residentes temporales.
Alegaciones de la patronal, los sindicatos y la Cámara
Durante el trámite de audiencia fueron consultadas Comisiones Obreras (CCOO), la Unión General de Trabajadores (UGT), la Asociación de Consumidores y Usuarios Nivaria, la Asociación de Consumidores de Canarias-Aconis, la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife y la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-Tenerife). Se presentaron alegaciones de oposición o de cautela:
- CEOE-Tenerife, con aportaciones de FAUCA y ASUICAN (22 de julio de 2026), cuestionó que la memoria municipal se base en datos agregados del conjunto del municipio y no en un análisis individualizado de las zonas excluidas.
- CCOO (27 de julio de 2026) advirtió de los efectos sobre el descanso dominical, la conciliación familiar y laboral y el pequeño comercio local.
- La Cámara Oficial de Comercio de Santa Cruz de Tenerife (27 de julio de 2026) reclamó una motivación objetiva y proporcional, con datos de pernoctación y plazas alojativas.
La resolución desestima estas observaciones: subraya que la medida no impone la apertura obligatoria en domingos y festivos, sino que amplía el margen de libertad de cada establecimiento, y que el artículo 12.4 no exige la concurrencia acumulativa de todas las circunstancias previstas. El Ayuntamiento de Guía de Isora contestó a las alegaciones el 28 de agosto de 2026 defendiendo que la realidad turística del municipio debe valorarse de forma integrada.
Vigencia y vías de recurso
La ampliación se proyecta durante todo el año y mantendrá su eficacia mientras subsistan las circunstancias turísticas, comerciales, residenciales y socioeconómicas que la justifican, sin perjuicio de su revisión, modificación o revocación. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante la Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses.
La decisión afecta directamente a comercios, plantillas y visitantes del sur de Tenerife: los establecimientos de todo el municipio, y no solo los del litoral, podrán abrir los domingos y festivos si lo deciden, lo que homogeneiza las condiciones de competencia entre núcleos y ajusta la oferta comercial a una demanda turística y residencial que ya no se concentra únicamente en la costa.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 202, de 8 de octubre de 2026, sección III. Otras Resoluciones, pág. 36484 (referencia oficial: documento nº 3482).