BOP de Granada · 07 Oct 2026 · 26 vistas
Granada declara Santa Adela área de regeneración urbana y renovará 150 viviendas
Por FactBox Admin

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Granada aprobó el 25 de septiembre de 2026 la delimitación de la unidad de ejecución 4 (Área de Intervención 2.1 “Avda. de Dílar” del PERI ATM-2 “Santa Adela”) como área de regeneración y renovación urbana. El acuerdo, tramitado en el expediente 2026/28714W, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada nº 194, de 7 de octubre de 2026, con la referencia BOP-GRA-2026-194016, y somete el expediente a información pública.
La actuación se ampara en el artículo 38 de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, y en el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, que regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. El ámbito ya estaba delimitado por el planeamiento municipal: el Plan Especial de Reforma Interior ATM-2 “Santa Adela” se aprobó definitivamente el 21 de diciembre de 2004 (BOP nº 102, de 1 de junio de 2005) y una modificación del Plan General fue aprobada el 27 de marzo de 2015 (BOP nº 156, de 17 de agosto de 2015). El área figura también en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo, aprobado por acuerdo nº 354 de la Junta de Gobierno Local de 16 de marzo de 2012.
Según el expediente, ya se han ejecutado las unidades 1.1, 1.2 y 1.3 del Área de Intervención “Santa Adela” y quedan pendientes las unidades 2.1 y 2.2 (Área de Intervención “Avda. de Dílar”), además de las denominadas Jarama y Cataluña, que se desarrollarán mediante rehabilitación.
Una unidad con 150 viviendas y 6 locales
La unidad propuesta incluye:
- 150 viviendas.
- 6 locales comerciales.
El acuerdo aprueba inicialmente la delimitación, somete el expediente a información pública y encarga solicitar informe a la Consejería de Vivienda de la Junta de Andalucía. También ordena incluir en los presupuestos municipales las dotaciones necesarias e iniciar los trabajos para formalizar la solicitud, con la redacción de los documentos precisos. La elaboración de los trabajos se realizará por medios propios del Ayuntamiento de Granada, que actúa como promotor de la actuación.
Vulnerabilidad sísmica tras la serie de agosto de 2026
El expediente justifica la sustitución —demolición y reconstrucción— por el estado de los edificios, construidos en los años 50 sin normativa sismorresistente. Los informes describen:
- Muros de carga de 40-50 cm con forjados de hormigón in situ sin vigas de atado perimetrales.
- Cimentación corrida sin losas sismorresistentes integrales.
- Plantas bajas modificadas con pilares aislados o vigas metálicas, con riesgo de “planta baja débil”.
- Riesgo de “efecto aplauso” entre edificios adosados de distinta altura o rigidez.
El texto señala que la serie sísmica de agosto de 2026, con sismos de magnitud hasta 4.8, agravó la situación, y que el Zaidín sufre amplificación sísmica por efecto de sitio al asentarse sobre arcillas y sedimentos blandos de los ríos Genil y Monachil. Granada presenta valores de aceleración básica de 0,23g a 0,24g según la NCSE-02. El área está incluida en la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS) y en el Plan Local de Inclusión en Zonas Desfavorecidas (PLIZD), aprobado por acuerdo nº 1170 de la Junta de Gobierno Local de 5 de noviembre de 2018.
Información pública y alegaciones
El edicto somete el expediente a información pública por plazo de 20 días desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, la prensa local y el tablón de anuncios, en cumplimiento del artículo 25 del Real Decreto Legislativo 7/2015. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local preveía, en cambio, un plazo de un mes. El expediente está de manifiesto en la Subdirección de Gestión, en el Centro Cultural Gran Capitán, C/ Gran Capitán nº 22. El anuncio sirve de notificación a los propietarios e interesados desconocidos, conforme al artículo 44 de la Ley 39/2015. Firma el edicto el concejal delegado de Urbanismo, Obras Públicas y Licencias, Enrique M. Catalina Carmona.
La declaración abre la vía para que los residentes del barrio del Zaidín vean reconstruidas sus viviendas en lugar de reparadas, al considerar el Ayuntamiento desproporcionado el coste de una rehabilitación profunda frente al de un edificio nuevo. El periodo de alegaciones es la única oportunidad formal de los vecinos y propietarios afectados para intervenir antes de que la delimitación se eleve a definitiva y se soliciten los fondos estatales y autonómicos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, nº 194, de 7 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 53-58 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-194016).