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Diário da República · 04 Nov 2026 · 10 vistas

Gobierno reconoce incendios como catástrofe natural y libera 10 millones de euros

Por FactBox Admin

Governo reconhece incêndios como catástrofe natural e liberta 10 milhões de euros

El Diário da República publica este miércoles, 4 de noviembre de 2026, la Orden n.º 13489/2026, del Gabinete del Ministro de Agricultura y Mar, que reconoce oficialmente como catástrofe natural el conjunto de incendios rurales ocurridos entre el 1 de mayo y el 15 de octubre de 2026 en varios municipios y parroquias de Portugal continental. El diploma, firmado por José Manuel Fernandes el 29 de octubre, abre el acceso al apoyo de la tipología C.4.1.3 — «Restablecimiento del potencial productivo» — de la intervención C.4.1 — «Gestión de riesgos» — del PEPAC en el continente.

El reconocimiento se realiza al amparo del apartado b) del artículo 3.º y del apartado a) del n.º 1 del artículo 6.º de la Orden Ministerial n.º 240/2025/1, de 27 de mayo, que fija las reglas del apoyo a los perjuicios causados por fenómenos climáticos adversos. La orden justifica la medida por la dimensión y gravedad de los daños: los incendios afectaron a «un numeroso conjunto de Parroquias con consecuencias graves a nivel del potencial productivo de varias explotaciones agrícolas».

Un apoyo de 10 millones de euros con tramos por beneficiario

El artículo 3.º de la orden fija en 10 000 000 de euros el monto global disponible, concedido bajo la forma de subvención no reembolsable. Los niveles de apoyo están escalonados:

  • 100 % del gasto elegible hasta 10 000 euros;
  • 80 % del gasto elegible por encima de 10 000 euros para beneficiarios con seguro del Sistema de Seguros Agrícolas, creado por el Decreto-Ley n.º 162/2015, de 14 de agosto;
  • 50 % del gasto elegible por encima de 10 000 euros para los restantes beneficiarios.

Del apoyo a conceder se deducen los montos de indemnizaciones de seguros o de otros mecanismos de gestión de riesgo. Si las solicitudes elegibles superan la dotación, el monto individual sufrirá una reducción proporcional.

Quién puede solicitarlo y en qué condiciones

Son elegibles las explotaciones con un daño superior al 30 % del potencial productivo e inversión asociada hasta 400 000 euros, situadas en las parroquias del anexo de la orden. Los gastos cuentan a partir del 1 de mayo de 2026 y dependen de la verificación por la Comisión de Coordinación y Desarrollo Regional, I. P. (CCDR, I. P.) territorialmente competente, en un plazo máximo de 30 días tras el fin de la presentación.

En los cultivos del castaño y del olivar se consideran elegibles las intervenciones que estimulen el desarrollo de las plantas afectadas, designadamente podas de regeneración, protección de cortes, tratamientos fitosanitarios, injertos (en el caso del castaño) y fertilización.

Cada beneficiario puede presentar solo una solicitud, a través del formulario electrónico del portal del PEPAC en el continente (www.pepacc.pt), en un periodo a definir por la autoridad de gestión. Quien ya haya concursado al aviso PEPAC-C413-006 puede volver a solicitarlo, siempre que no presente las mismas inversiones.

Cinco regiones y un anexo con cientos de parroquias

El anexo de la orden, con 21 páginas, identifica las parroquias abarcadas, organizadas por área de las CCDR: Norte, Centro, Lisboa y Vale do Tejo, Alentejo y Algarve. Entre los municipios del Norte figuran, por ejemplo, Arcos de Valdevez, Montalegre, Fafe, Amarante, Valpaços y Vinhais; en el Centro, Águeda y Anadia; en el Alentejo, Odemira, Mértola, Ourique, Moura, Grândola y Alcácer do Sal; en el Algarve, Silves, Loulé y Alcoutim.

La medida sucede a la Orden n.º 10916/2026, publicada en septiembre, que ya había reconocido como catástrofe natural los incendios del 2 al 7 de julio y del 28 de julio al 2 de agosto de 2026 en las regiones Centro y Norte.

El reconocimiento produce efectos a la fecha de la firma y extiende ahora a todo el periodo crítico de 2026 el mecanismo de apoyo a las explotaciones agrícolas, lo que permite a los productores de las parroquias listadas recuperar la capacidad productiva perdida y sostener la tesorería tras meses de pérdidas.


Fuente: Diário da República, 2.ª serie, n.º 214, de 4 de noviembre de 2026, AGRICULTURA Y MAR (referencia oficial: Orden n.º 13489/2026).