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Diário da República · 09 Oct 2026 · 20 vistas

El Gobierno adapta la Estructura de la Misión Recuperar Portugal a la fase de cierre

Por FactBox Admin

Governo adapta a Estrutura de Missão Recuperar Portugal à fase de encerramento

El Consejo de Ministros aprobó la Resolución del Consejo de Ministros n.º 196/2026, de 9 de octubre, que adapta la Estructura de Misión «Recuperar Portugal» a la fase de cierre del Plan de Recuperación y Resiliencia. La norma, publicada en el Diário da República, 1.ª serie, n.º 196, de 9 de octubre de 2026, fija el mandato de la estructura hasta el 31 de diciembre de 2028 y entra en vigor el día siguiente al de su publicación. La decisión está firmada por el Primer Ministro, Luís Montenegro, el 1 de octubre de 2026.

Se trata de la sexta modificación de la Resolución del Consejo de Ministros n.º 46-B/2021, de 4 de mayo, que creó la estructura responsable de la coordinación técnica y de gestión de la ejecución del PRR. El Gobierno justifica el cambio por la proximidad del término de la ejecución del plan: la presentación de la última solicitud de pago no extingue las obligaciones del Estado portugués en materia de seguimiento, reporte, control y auditoría, comunicación de irregularidades, conservación de datos y cooperación con las instituciones europeas.

El preámbulo invoca la Comunicación de la Comisión Europea C/2026/2614, sobre los aspectos operativos de la fase final y del cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y las orientaciones relativas al reporte ecológico post-2026 para instrumentos financieros cuyos proyectos continúen en ejecución. La resolución es adoptada al amparo del n.º 1 del artículo 28.º de la Ley n.º 4/2004, de 15 de enero, del n.º 1 del artículo 6.º del Decreto-Ley n.º 29-B/2021, de 4 de mayo, y de la letra g) del artículo 199.º de la Constitución.

Nuevas competencias hasta el cierre

El texto incluye el cierre del PRR en la misión y en los objetivos de la estructura, que pasa a coordinar la preparación y presentación de la última solicitud de pago, la organización del cierre de inversiones y reformas y la elaboración del informe final del plan. Asimismo, pasa a realizar el seguimiento de las inversiones financiadas por el PRR que necesiten más tiempo para su realización y hayan sido objeto de reprogramación.

Reporte, auditoría y contacto único

La estructura responde a las verificaciones, controles, auditorías e investigaciones de la Comisión Europea, del Tribunal de Cuentas Europeo, de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y, cuando proceda, de la Fiscalía Europea (EPPO). Asume además las funciones de punto de contacto único nacional ante estas entidades, incluyendo la coordinación del acceso a lugares, instalaciones, datos, documentos y beneficiarios.

Las obligaciones fijadas incluyen:

  • Reporte continuo de irregularidades a través del Sistema de Gestión de Irregularidades (IMS) y, cuando sea aplicable, de la plataforma EU Send.
  • Comunicación a la OLAF y a la EPPO, sin demora y sin sujeción a límite temporal, de cualquier sospecha de fraude o corrupción.
  • Conservación, integridad, seguridad y accesibilidad de los datos y documentos del RRF hasta, al menos, el 31 de diciembre de 2031, en los términos del artículo 22.º del Reglamento (UE) 2021/241.
  • Articulación con la Agência para o Desenvolvimento e Coesão, I. P. y con el GPEARI del Ministerio de Finanzas en la interacción y los contactos con la Comisión Europea.

Mandato prorrogable

El mandato de «Recuperar Portugal» tiene una duración hasta el 31 de diciembre de 2028, pudiendo ser prorrogado por decisión fundamentada, mediante una nueva resolución del Consejo de Ministros. La prórroga depende del grado de cumplimiento de los objetivos, evaluado por el informe final, del estado del proceso de cierre del MRR y del RRF y de la subsistencia de obligaciones de respuesta a auditorías, controles e investigaciones, de comunicación de irregularidades y de conservación de datos.

La norma interesa directamente a los beneficiarios, ayuntamientos y entidades ejecutoras de fondos europeos, que pasan a estar sujetos a un régimen de control que se prolonga por varios años después del fin de la ejecución. La ampliación del mandato y de las obligaciones de conservación hasta 2031 señala que el escrutinio sobre la aplicación de los fondos del RRF no termina con la última solicitud de pago.


Fuente: Diário da República, 1.ª série, n.º 196, de 9 de octubre de 2026, sección I, pág. 1 (referencia oficial: Resolução do Conselho de Ministros n.º 196/2026).