Diário da República · 12 Oct 2026 · 15 vistas
Gobierno acelera Programa Alcateia para proteger al lobo ibérico y al ganado
Por FactBox Admin

El Gabinete de la Ministra de Ambiente y Energía ha determinado la aceleración de la ejecución del Programa Alcateia 2025-2035, otorgando prioridad inmediata a medidas de conservación de presas silvestres, restauración de hábitats degradados y protección de los efectivos ganaderos en las áreas de presencia del lobo ibérico. La decisión consta en la Orden n.º 12401-A/2026, firmada el 9 de octubre de 2026 por la ministra Maria da Graça Carvalho y publicada en el Diário da República n.º 197, del 12 de octubre de 2026, en suplemento de la 2.ª serie. El Instituto da Conservação da Natureza e das Florestas, I. P. (ICNF, I. P.) queda encargado de presentar, en un plazo de 30 días, un cronograma detallado de operacionalización.
La orden se enmarca en el esfuerzo sucesivo del Gobierno para reducir los conflictos entre la presencia de la especie y la actividad ganadera, actuando en dos dimensiones complementarias: las causas estructurales, a través de la mejora de las condiciones ecológicas de los territorios, y la reducción de los perjuicios de las explotaciones, mediante la prevención, el acompañamiento técnico y la compensación rápida de los daños. La normativa es adoptada en los términos del n.º 1 del artículo 25.º del Decreto-Ley n.º 87-A/2025, de 25 de julio.
Entre los antecedentes citados en la propia orden se encuentran el Decreto-Ley n.º 122/2025, de 19 de noviembre, que clarificó aspectos técnicos de la determinación de daños y de la fijación de los apoyos indemnizatorios; la Orden n.º 14506/2025, de 5 de diciembre, que actualizó los valores máximos de indemnización por animal y determinó su actualización anual; y la Orden n.º 11319/2026, de 15 de septiembre, que fijó en 20 días hábiles el plazo máximo de procesamiento de las indemnizaciones, con efectos a partir del 1 de enero de 2027. El Programa Alcateia 2025-2035 fue aprobado por la Orden n.º 14505/2025, de 5 de diciembre.
Prioridad inmediata: hábitat y presas silvestres
El ICNF, I. P. debe dar prioridad inmediata a cuatro medidas del programa:
- Conservación y fomento de presas silvestres, incluyendo la gestión del hábitat, la gestión cinegética y la reducción de la mortalidad no natural (medida 1.2.1);
- Restauración ecológica de hábitats degradados en áreas adecuadas para la presencia del lobo (medida 1.1.6);
- Apoyo técnico a los criadores de ganado para la adopción de medidas de protección ante situaciones de riesgo de ataque (medida 2.1.4);
- Proyectos piloto con soluciones tecnológicas de detección y reducción del riesgo de ataque (medida 2.1.7).
Financiación para la protección de los efectivos ganaderos
En articulación con el Gabinete de Planeamiento, Políticas y Administración General (GPP), el ICNF, I. P. debe operacionalizar y abrir las líneas de financiación de dos medidas de apoyo a la protección del ganado en áreas de presencia del lobo ibérico:
- Continuación, mejora y difusión de la medida de apoyo al mantenimiento de perros de protección (medida 2.1.1);
- Desarrollo de una medida de apoyo a la instalación de cercados fijos y móviles para la protección del ganado frente a ataques (medida 2.1.2).
Cronograma, cartografía y seguimiento
El cronograma a elaborar en 30 días debe establecer, para cada medida, las acciones a desarrollar, los plazos de ejecución, las entidades a involucrar, los recursos necesarios y las áreas territoriales prioritarias. El ICNF, I. P. asegura además la georreferenciación sistemática de las ocurrencias de ataques atribuidos al lobo ibérico y la elaboración y actualización mensual de la cartografía de incidencia para cada núcleo poblacional, a fin de identificar las explotaciones ganaderas más afectadas y priorizar la prevención, salvaguardando la información sensible sobre la localización de la especie.
El seguimiento incluye el envío al Gabinete de la Ministra de Ambiente y Energía de un punto de situación cada dos meses, con las acciones realizadas, el grado de ejecución, los resultados alcanzados y los eventuales inconvenientes. El ICNF, I. P. debe también convocar a la Comisión de Seguimiento del Programa Alcateia para una reunión en un plazo máximo de 30 días hábiles tras la entrada en vigor de la orden, que ocurre al día siguiente de su publicación.
La aceleración del programa afecta directamente a los criadores de ganado y comunidades rurales de las áreas de presencia de la especie, que pasan a contar con apoyo técnico, financiación para perros de protección y cercados, y cartografía mensual de ataques para orientar la prevención. La exigencia de un cronograma en 30 días y de un reporte bimestral crea plazos verificables para el ICNF, I. P., en un marco en el que las indemnizaciones pasan a tener un plazo máximo de 20 días hábiles a partir del 1 de enero de 2027.
Fuente: Diário da República, n.º 197, de 12 de octubre de 2026, 2.ª série (Suplemento), Parte C, pág. 1-2 (referencia oficial: Despacho n.º 12401-A/2026).