BOP de Badajoz · 21 Oct 2026 · 1 vistas
Fuentes de León aprueba la ordenanza de cortes de calles por hostelería
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Fuentes de León (Badajoz) ha elevado a definitiva la Ordenanza reguladora de los cortes temporales de vías públicas vinculados a establecimientos de hostelería, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público. El acuerdo plenario provisional, adoptado el 26 de agosto de 2026, queda así automáticamente aprobado en firme y su texto íntegro se hace público en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 202, de 21 de octubre de 2026, con la referencia Anuncio 4157/2026. La norma afecta a bares, restaurantes y vecinos del municipio, que verán reguladas las ocupaciones y cierres temporales de calles ligados a la actividad hostelera.
El procedimiento arrancó con el acuerdo del Pleno municipal de fecha 26 de agosto de 2026, que aprobó inicialmente la ordenanza conforme a los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y al artículo 56 del texto refundido de Régimen Local. Ese acuerdo se sometió a información pública durante treinta días desde el día siguiente a su inserción en el boletín, según recoge el Anuncio 3430/2026, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 167, de 1 de septiembre de 2026.
Durante ese periodo, el expediente pudo examinarse en las dependencias municipales y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (http://fuentesdeleon.sedelectronica.es). El anuncio de septiembre advertía de que, de no presentarse reclamaciones en el plazo citado, se entendería definitivamente aprobado el acuerdo. Así ha ocurrido, y el texto pasa ahora a integrarse en el ordenamiento municipal sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario.
Del acuerdo provisional al texto definitivo
El Anuncio 4157/2026 constata que no se registraron alegaciones y que, por tanto, el acuerdo plenario del 26 de agosto “queda automáticamente elevado a definitivo”. El documento se publica en la sección de Administración Local, apartado de Ayuntamientos, del boletín provincial del 21 de octubre.
El texto íntegro de la ordenanza no se reproduce en el boletín: el Ayuntamiento indica que está disponible para su examen por cualquier interesado en el portal de transparencia de la Sede Electrónica municipal. La publicación cumple así la función de dar a conocer el acuerdo y abrir la vía de impugnación.
Una tarifa municipal asociada a los cortes
La ordenanza llega acompañada de una modificación fiscal tramitada en paralelo por el mismo Pleno del 26 de agosto. El Anuncio 4144/2026, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 201, de 20 de octubre de 2026, aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública con materiales de construcción, escombros, andamios, cortes de calles y otras instalaciones análogas.
El objetivo declarado de esa modificación es incorporar la nueva tarifa para los cortes temporales de calles solicitados por los establecimientos de hostelería del municipio. Para ello se introduce un nuevo concepto en la tabla tarifaria y se ajusta el articulado regulador del devengo y de la gestión. La norma fiscal en vigor que se modifica es la publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 251, de 31 de diciembre de 2007.
Plazos y vía de recurso
El acuerdo que ahora se publica pone fin a la vía administrativa, por lo que puede impugnarse directamente ante la justicia. Los plazos y el órgano competente son los siguientes:
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
- Plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación íntegra de la ordenanza en el boletín provincial.
- Fundamento legal: artículos 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Consulta del texto: portal de transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuentes de León.
El anuncio está firmado por la alcaldesa-presidenta, Ana Fernández-Salguero Elena, a fecha de la firma digital.
Un pleno de agosto con varias normas
La sesión plenaria del 26 de agosto de 2026 fue especialmente productiva en materia normativa para el municipio. Además de esta ordenanza y de la modificación fiscal, el Pleno aprobó inicialmente el Plan de actuación municipal ante el riesgo de incendios forestales, elevado también a definitivo y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 201, de 20 de octubre de 2026 (Anuncio 4136/2026).
En la misma sesión se acordó delegar en la Alcaldía-Presidencia la tramitación y adjudicación del expediente de concesión de servicios de la cafetería-bar del monumento natural de Las Cuevas, según el Anuncio 3438/2026, difundido en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 179, de 18 de septiembre de 2026.
La entrada en vigor de la ordenanza da cobertura normativa propia a una práctica extendida en el municipio y permite al Ayuntamiento ordenar los cierres temporales de calles solicitados por bares y restaurantes, con una tarifa específica asociada. Para los vecinos, el marco fija por escrito las condiciones de esas ocupaciones; para los hosteleros, aclara el cauce de solicitud y el coste aparejado.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 202, 21 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 2 (referencia oficial: Anuncio 4157/2026).