BOP de Girona · 07 Oct 2026 · 23 vistas
Figueres somete a exposición pública las ordenanzas fiscales de 2027
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Figueres ha aprobado provisionalmente la modificación de cuatro ordenanzas fiscales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2027, entre ellas las que regulan el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). El acuerdo lo adoptó el Pleno municipal en sesión ordinaria celebrada el 1 de octubre de 2026 y se publica en el edicto 8607 del Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 193, de 7 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_193_8607. El texto queda ahora sometido a exposición pública durante treinta días hábiles para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.
La tramitación se realiza al amparo del artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. El expediente municipal que sustenta el acuerdo es el GHIS2026000570 y el anuncio fue firmado electrónicamente por el alcalde presidente, Jordi Masquef Creus, el 2 de octubre de 2026.
Cuatro ordenanzas revisadas
La modificación afecta a los textos siguientes, que serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2027, incluido:
- Ordenanza fiscal número 1, general de gestión, inspección y recaudación.
- Ordenanza fiscal número 3, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
- Ordenanza fiscal número 6, reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Ordenanza fiscal número 8, reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público y por la prestación de servicios o la realización de actividades administrativas de competencia local.
Se trata, por tanto, de una revisión que afecta tanto a la fiscalidad patrimonial y urbanística como al régimen general de gestión y recaudación de los ingresos municipales de derecho público.
Treinta días hábiles para reclamar
El acuerdo se somete a exposición al público por el término de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia. Durante este periodo, los interesados pueden:
- Consultar el expediente en el tablón de edictos de la corporación y en la web municipal www.figueres.cat.
- Solicitar cita previa en la dirección de correo electrónico rendes@figueres.org.
- Personarse en la tercera planta de la Casa Consistorial, en la plaza Ajuntament, 12 de Figueres, en horario de atención al público.
- Presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra el texto aprobado provisionalmente.
Aprobación definitiva sin nuevo paso por el Pleno
Si transcurre el periodo de exposición sin que se formule ninguna reclamación, el acuerdo adoptado quedará aprobado definitivamente sin necesidad de ningún nuevo acuerdo plenario. En caso de que no se produzcan alegaciones, las ordenanzas regirán mientras no se acuerde su modificación o derogación.
El impacto de la medida es directo sobre todos los contribuyentes de Figueres: propietarios de inmuebles, promotores de obras y usuarios de servicios y actividades municipales verán actualizadas sus cuotas a partir del primer día de 2027. El plazo de treinta días hábiles es la única ventana que tienen los vecinos y las entidades afectadas para impugnar las cifras antes de que el texto quede cerrado.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 193, 7 de octubre de 2026, Administración local - Ayuntamientos, pág. 1 (referencia oficial: BOP-2026_0_193_8607).