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Diario Oficial de Extremadura · 29 Oct 2026 · 4 vistas

Extremadura convoca 200.000 euros en ayudas de transporte para alumnado postobligatorio

Por FactBox Admin

Extremadura convoca 200.000 euros en ayudas de transporte para alumnado postobligatorio

La Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios ha convocado las ayudas para sufragar los gastos de transporte diario y de fin de semana del alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias matriculado en centros públicos de Extremadura durante el curso 2026/2027. La resolución, firmada el 1 de octubre de 2026 por Gonzalo Blanco Gallego, se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 209, de 29 de octubre de 2026, con referencia 2026062662, y su extracto (2026062721) figura en el mismo número. Las dos líneas de subvención están identificadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con los códigos BDNS 937508 y BDNS 937509.

La convocatoria se ampara en el Decreto 62/2016, de 10 de mayo, que aprobó las bases reguladoras de estas subvenciones (DOE número 92, de 16 de mayo), y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La competencia para convocar fue delegada en la Dirección General del ente por la Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Secretaría General de Educación (DOE número 92, de 15 de mayo). El texto justifica la medida en la dispersión geográfica extremeña, “un serio obstáculo” para el acceso a bachillerato y formación profesional, y en el mandato del artículo 80 de la Ley Orgánica 2/2006 de compensar desigualdades.

Dos líneas de ayuda y 200.000 euros de presupuesto

La convocatoria se articula en dos líneas independientes:

  • Línea B (Transporte Fin de Semana): costea el traslado desde el domicilio familiar a la localidad donde se ubica la residencia pública de enseñanza postobligatoria, o la residencia particular.
  • Línea C (Transporte Diario): cubre el desplazamiento cotidiano al centro educativo o al centro de trabajo donde se realicen las prácticas del ciclo formativo, cuando no sea posible ocupar gratuitamente una plaza en las rutas contratadas por la Consejería de Educación y Formación Profesional.

El importe máximo global es de 200.000 euros, con 100.000 euros para cada línea, con cargo a la aplicación presupuestaria G/222G/48000, centro gestor 130090000, programa de financiación 20060136 de los presupuestos autonómicos de 2027. La norma permite ampliar el crédito hasta un 20 % antes de resolver y prevé el prorrateo si no hubiera crédito suficiente. En ningún caso la ayuda superará los 3.000 euros por alumno.

Cuantías según la distancia

Las cuantías se fijan por tramos de kilómetros. En la Línea B, entre el domicilio y la residencia:

  • Hasta 24 km: 100 euros por alumno y curso.
  • De 25 a 50 km: 235 euros.
  • De 51 a 100 km: 265 euros.
  • De 101 a 150 km: 300 euros.
  • De 151 a 200 km: 335 euros.
  • Más de 200 km: 400 euros.

En la Línea C, según los kilómetros semanales acumulados entre el domicilio y el centro:

  • Menos de 50 km semanales: 100 euros.
  • De 50 a 100 km: 192 euros.
  • De 101 a 300 km: 386 euros.
  • De 301 a 500 km: 763 euros.
  • Más de 500 km semanales: 900 euros.

La Comisión de Valoración podrá elevar la cuantía en el caso de alumnado con discapacidad motórica que precise vehículo adaptado, previo informe del departamento de orientación, sin superar el coste del servicio.

Requisitos, renta y plazo de 15 días hábiles

Podrá solicitar la ayuda el alumnado con residencia familiar en Extremadura o con la condición de extremeño en el exterior, matriculado del curso completo y que no repita total o parcialmente. Se exige además no superar los umbrales de renta computable, calculados sobre la declaración del IRPF de 2025: 14.112 euros para familias de un miembro, 38.831 euros para cuatro y 53.665 euros para ocho, con 3.181 euros adicionales por cada miembro más.

El plazo de presentación es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución y de su extracto en el DOE. La tramitación es electrónica, preferentemente a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, y requiere certificado municipal de residencia con los kilómetros de distancia y el alta de terceros de la cuenta bancaria. El procedimiento se resuelve en concurrencia competitiva y el plazo máximo para dictar resolución es de tres meses desde el fin del plazo de solicitudes; la falta de notificación expresa permite entenderla desestimada.

Incompatibilidades y control de la asistencia

La Línea C es incompatible con las becas de carácter general del Ministerio de Educación para niveles postobligatorios y con la propia Línea B; esta última sí es compatible con las ayudas estatales, siempre que el total no supere el coste real del desplazamiento. La justificación corresponde a las secretarías de los centros, que certificarán la asistencia continuada al finalizar el periodo lectivo, y las faltas injustificadas pueden reducir el importe a abonar. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Consejería de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes.

La convocatoria llega con el curso ya iniciado y con el transporte escolar como principal barrera para miles de familias del medio rural extremeño, donde la distancia entre el domicilio y el instituto o el centro de FP condiciona la continuidad de los estudios. La cuantía máxima, 900 euros por curso, apenas cubre unos meses de desplazamientos en las comarcas más alejadas, por lo que el reparto efectivo de los 200.000 euros dependerá del número final de solicitudes admitidas.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, número 209, de 29 de octubre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062662, extracto 2026062721).