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Diario Oficial de Extremadura · 27 Oct 2026 · 3 vistas

Extremadura abre audiencia urgente de las ayudas para atraer nómadas digitales

Por FactBox Admin

Extremadura abre audiencia urgente de las ayudas para atraer nómadas digitales

La Secretaría General de Empleo de la Junta de Extremadura ha abierto el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de decreto que establecerá las bases reguladoras de las ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en la comunidad autónoma, y que aprobará además su primera convocatoria de los Programas I y II. La resolución se firmó el 20 de octubre de 2026 y se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 207, correspondiente a este martes 27 de octubre, con la referencia oficial 2026062661. El plazo para examinar el texto y presentar aportaciones queda reducido a ocho días hábiles.

Un decreto con bases y primera convocatoria en un solo texto

El proyecto normativo se titula «Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Programas I y II». La resolución se ampara en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El texto no se limita a fijar el marco jurídico de las subvenciones: incorpora ya la convocatoria inicial, de modo que ambas cuestiones —requisitos y reparto de fondos— se someten de forma simultánea al escrutinio de personas físicas y jurídicas interesadas. La resolución publicada no detalla importes, cuantías por solicitante ni criterios de valoración; esos extremos deberán consultarse en el borrador depositado en el Portal de la Transparencia.

Ocho días hábiles para presentar alegaciones

El plazo abre el día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOE y se extiende durante ocho días hábiles, frente al periodo ordinario de audiencia e información pública. Las vías habilitadas son:

  • Cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El correo electrónico alejandro.mateos@juntaex.es.
  • El texto del proyecto, disponible en el Portal de la Transparencia (gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/c-eetd).

La resolución está firmada en Mérida el 20 de octubre de 2026 por la secretaria general de Empleo, M.ª José Nevado del Campo.

La urgencia, avalada por un informe del SEXPE

La abreviación del trámite se justifica en un informe del Servicio de Fomento del Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), que aprecia «razones de interés público» para acelerar la tramitación del proyecto normativo y abreviar el periodo ordinario de audiencia e información pública.

El expediente cuenta además con un antecedente inmediato: mediante resolución de la Secretaría General de Empleo de 9 de octubre de 2026 se abrió una consulta pública previa «y sugerencias» por un periodo de ocho días naturales desde su publicación en el Portal de la Transparencia, en cumplimiento del artículo 133 de la Ley 39/2015. Según el texto publicado, durante ese trámite no se presentaron alegaciones.

Dos programas bajo el mismo paraguas

El decreto articula dos líneas de actuación, los Programas I y II, cuya primera convocatoria se aprueba conjuntamente con las bases. La resolución no especifica el objeto diferenciado de cada programa, el perfil de beneficiario ni el destino de los fondos, por lo que la delimitación entre ambos quedará fijada en el texto sometido a información pública.

Sí queda claro el órgano que impulsa la norma y gestiona la política: el SEXPE, a través del Servicio de Fomento del Empleo, dependiente de la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Extremadura.

El decreto supondrá la primera regulación autonómica extremeña de una línea de subvenciones dirigida específicamente a trabajadores remotos que trasladen su residencia a la región. La combinación de bases y convocatoria en un único texto, tramitada por la vía de urgencia, indica la voluntad de la administración de acortar los plazos para que las ayudas puedan resolverse cuanto antes.

Para ayuntamientos, empresas y colectivos interesados, el margen de actuación es mínimo: quien quiera influir en los requisitos, en los criterios de reparto o en el diseño de los dos programas dispone únicamente de ocho días hábiles desde este 27 de octubre, y deberá hacerlo por escrito ante la Secretaría General de Empleo.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura (DOE), núm. 207, 27 de octubre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026062661).