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Boletín Oficial del País Vasco · 29 Sep 2026 · 34 vistas

El Gobierno Vasco ha iniciado el proceso para adjudicar 94 viviendas en alquiler en el barrio de Peñota, en Ortuella

Por FactBox Admin

Eusko Jaurlaritzak Ortuellako Peñota auzoan 94 etxebizitza alokairuan adjudikatzeko prozesua abiatu du

El Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco ha iniciado el procedimiento para adjudicar el alquiler de 94 viviendas de protección oficial en el barrio de Peñota, en Ortuella. La consejera Denis Itxaso González firmó la orden el 21 de septiembre, y ha sido publicada hoy, 29 de septiembre, en el número 186 del Boletín Oficial del País Vasco. El número de expediente del procedimiento es EB2-2971/23-LC-000, y las viviendas son de régimen general.

Origen y características de la promoción

El antecedente de la promoción es el convenio firmado el 12 de septiembre de 2002: el entonces consejero de Vivienda y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Ortuella cerraron un acuerdo para promover viviendas de protección oficial en el barrio de Peñota. Dos décadas después, la Representación Territorial de Vivienda de Bizkaia otorgó la calificación provisional el 22 de diciembre de 2023 a la promoción de 94 viviendas, y el promotor es VISESA (Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.).

El reparto de las viviendas es el siguiente:

  • 4 viviendas adaptadas para personas con discapacidad permanente de movilidad reducida, de dos dormitorios y 84,61 m².
  • 23 viviendas de un dormitorio, con una superficie entre 41,10 m² y 44,55 m².
  • 60 viviendas de dos dormitorios, con una superficie entre 57,45 m² y 64,83 m².
  • 7 viviendas de tres dormitorios, con una superficie entre 84,50 m² y 88 m².

Cupos y orden de prioridad

De las 94 viviendas, 4 corresponden al cupo de personas con movilidad reducida. Las 90 restantes se distribuyen entre cuatro cupos:

  • 36 viviendas (40% del total) para unidades de convivencia cuyo titular tenga menos de 36 años.
  • 19 viviendas (% 21,11) para solicitantes que tengan reconocido el derecho subjetivo a ocupar una vivienda digna y adecuada.
  • 15 viviendas (% 16,67) para personas que acrediten una necesidad especial de vivienda.
  • 20 viviendas (% 22,22) para solicitantes del cupo general.

Las viviendas no adaptadas que queden vacantes en algún cupo se trasladarán al cupo general. Si una persona entra en más de un cupo, se aplicará el siguiente orden de prioridad: derecho subjetivo, menores de 36 años, necesidad especial y general. Las personas con movilidad reducida, sin embargo, competirán únicamente en dicho cupo.

Condiciones para participar

Los solicitantes deben cumplir estas condiciones el día en que se publique la orden:

  • Estar dado de alta como demandante de vivienda en Ortuella o en cualquier municipio del Área Funcional Metropolitana de Bilbao, tales como Barakaldo, Bilbao, Getxo, Portugalete, Santurtzi y Sestao.
  • Que al menos uno de los titulares esté empadronado en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante tres años consecutivos.
  • Tener unos ingresos anuales en el periodo fiscal de 2025 comprendidos entre 9.000 y 46.463,29 euros; las personas con movilidad reducida, las que tengan una discapacidad psíquica y las víctimas de violencia machista no deberán acreditar ingresos mínimos.
  • Formar parte de una unidad de convivencia de máximo 6 miembros.
  • Que ningún miembro de la unidad sea propietario de una vivienda, tenga un derecho de superficie o usufructo.

Plazos y vías de presentación

Las solicitudes podrán presentarse del 30 de septiembre al 30 de octubre de 2026, ambos inclusive, a través de tres vías:

  • Telemáticamente, en la página web etxebide.euskadi.eus.
  • Presencialmente en el servicio Zuzenean, en Gran Vía 85 de Bilbao; se recomienda solicitar cita previa.
  • Por correo ordinario, en la Representación Territorial de Vivienda de Bizkaia, Gran Vía 85, planta 6, Bilbao.

Baremo y recursos

La puntuación se calculará según cuatro criterios: los ingresos, los miembros de la unidad de convivencia, la antigüedad en el registro de demandantes de vivienda y las necesidades especiales de vivienda. La antigüedad otorgará un punto por cada año, hasta un máximo de 7, y las necesidades especiales 4 puntos colectivos cada una, hasta un máximo de 8. Los empates se resolverán a favor de la solicitud con mayor antigüedad.

Los resultados se publicarán en los tablones de anuncios del servicio Zuzenean y en el tablón de anuncios electrónico de la sede electrónica del Gobierno Vasco. Contra la orden podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Vivienda y Agenda Urbana, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el plazo de dos meses.

Este procedimiento afecta directamente a los demandantes de vivienda de Bizkaia, especialmente a los empadronados en los municipios del área metropolitana de Bilbao: se pondrán en alquiler 94 viviendas nuevas, de las cuales 4 estarán adaptadas para personas con movilidad reducida. Los solicitantes disponen de un solo mes para realizar la solicitud, del 30 de septiembre al 30 de octubre, y se constituirán listas de espera propias para cada cupo.


Fuente: BOPV, núm. 186, 29 de septiembre de 2026, Otras Disposiciones (referencia oficial: 2026/4038).