Boletín Oficial de Bizkaia · 24 Sep 2026 · 13 vistas
El Gobierno Vasco ha abierto el expediente para proteger el euskera como patrimonio inmaterial
Por FactBox Admin

El Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco ha iniciado el expediente para proteger el euskera como bien del patrimonio cultural inmaterial, y ha abierto un periodo de información pública de 20 días para quienes deseen presentar alegaciones. El expediente se inició mediante la resolución del 24 de agosto de 2026, firmada por el viceconsejero de Cultura, Andoni Iturbe Amorebieta, y fue publicada el 24 de septiembre de 2026 en el Boletín Oficial de Bizkaia, número 183, con la referencia oficial BOB-2026a183-(III-147).
La resolución toma como base la normativa de la Ley 6/2019, de 5 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, y el procedimiento se ha iniciado conforme al trámite allí recogido. Según el texto, el euskera no es solo una herramienta de comunicación, sino el medio fundamental que la comunidad vasca utiliza para crear, interpretar y mantener vivo su patrimonio. Por ello, la resolución justifica la necesidad de proteger dicho elemento patrimonial, ya que la lengua está catalogada por la UNESCO como “vulnerable”.
Base jurídica y trámite del expediente
- La Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco es la norma que regula el procedimiento.
- El artículo 148.1.16 de la Constitución y el artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía otorgan a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia exclusiva sobre el patrimonio cultural.
- Los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre se aplican en el trámite de información pública.
- En la justificación se mencionan la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de 2003 de la UNESCO y la Convención sobre la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005.
Qué se reconoce y en qué categoría
- Categoría: tradiciones y expresiones orales, incluyendo la lengua misma como bien del patrimonio inmaterial.
- Ámbito geográfico: toda la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- El área territorial se encuentra actualmente dividida en tres demarcaciones administrativas: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral de Navarra y la Communauté d’Agglomération Pays Basque.
- El elemento mantiene también vínculos sólidos con las comunidades asentadas en la diáspora.
Información pública y tramitación
- El plazo para presentar alegaciones y documentación es de 20 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
- El expediente está disponible para su consulta en el Centro de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco, calle Donostia-San Sebastián 1, Vitoria-Gasteiz.
- La resolución ha sido notificada a las diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como a EUDEL.
- La publicación se realizará en el Boletín Oficial del País Vasco y en los boletines oficiales de los tres territorios históricos para garantizar el conocimiento general.
Riesgos y medidas de protección
- El riesgo principal no es el debilitamiento de la transmisión intergeneracional, sino el desequilibrio entre el conocimiento de la lengua y su uso real.
- La globalización, la digitalización y la homogeneización cultural reducen los espacios comunitarios para recrear el patrimonio.
- Como medida, el Centro de Patrimonio Cultural del País Vasco propone declarar el elemento como Bien de Protección Especial del Patrimonio Cultural Inmaterial.
- El texto destaca la contribución histórica de las mujeres en la transmisión y la implicación de personas que no son euskaldunes de origen.
El inicio del expediente activa la protección jurídica especial de forma inmediata y provisional, junto con el régimen previsto por la normativa de la Ley 6/2019 para los bienes culturales de protección especial. Este reconocimiento tiene un impacto en toda la sociedad vasca, ya que posiciona la lengua como un elemento patrimonial y abre el debate público sobre su transmisión, uso y futuras medidas de protección.
Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia, número 183, 24 de septiembre de 2026, sección III, págs. 1-6 (referencia oficial: BOB-2026a183-(III-147)).