FactBox.

BOP de Granada · 09 Oct 2026 · 16 vistas

Entrecortinas inscribe su quinto convenio colectivo con subidas ligadas al IPC

Por FactBox Admin

Entrecortinas inscribe su quinto convenio colectivo con subidas ligadas al IPC

La Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada ha ordenado la inscripción y publicación del V Convenio Colectivo de Entrecortinas, S.L.U., la empresa de Santa Fe dedicada a la fabricación de cortinas técnicas y mosquiteras. La resolución, firmada el 30 de septiembre de 2026 por el delegado territorial José Martín Cañizares, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 196, de 9 de octubre de 2026 (referencia BOP-GRA-2026-196003). El texto, con código de convenio 18100562012014, fue presentado el 28 de septiembre de 2026 en el Registro Telemático de Convenios Colectivos (REGCON).

El convenio regula las relaciones laborales de toda la plantilla de Entrecortinas, S.L.U. adscrita al centro de trabajo del P.I. Dos de Octubre, en Santa Fe, así como la de los futuros centros que la empresa pueda crear en la provincia de Granada. La compañía fabrica cortinas técnicas y mosquiteras en textil, aluminio, madera y PVC. Las partes firmantes son el Comité de Empresa, como representación laboral, y la representación empresarial.

El texto se estructura en diez capítulos y 67 artículos, con disposiciones adicionales y finales, y deroga en su integridad al convenio anterior. Entra en vigor el 1 de enero de 2026, con independencia de la fecha de publicación, y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028, prorrogándose anualmente por tácita reconducción.

Tres años de vigencia y revisión salarial ligada al IPC

Para 2027 y 2028, la tabla de salarios básicos se incrementará en el IPC real interanual más 0,30 puntos. El IPC computable tiene un tope del 3 % anual y la suma de los tres ejercicios no podrá superar el 9 %; los 0,30 puntos adicionales quedan fuera de esos límites y se aplican en todo caso. Si el IPC es igual o inferior al 0 %, no se aplicarán revisiones negativas ni se reducirán las tablas vigentes.

La jornada anual se fija en 1.792 horas, distribuidas en 40 horas semanales de lunes a viernes, con 22 días laborables de vacaciones al año y una cuenta de horas personal para el personal de fabricación. Los atrasos que correspondan se abonarán en un plazo máximo de dos meses desde la firma del convenio.

Tablas salariales y participación en beneficios

Desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2026, los salarios anuales por grupo profesional, con pagas extraordinarias incluidas, son los siguientes:

  • Grupo Profesional 1: 30.397,03 euros
  • Grupo Profesional 2: 27.863,91 euros
  • Grupo Profesional 3: 20.897,94 euros
  • Grupo Profesional 4A: 20.771,30 euros
  • Grupo Profesional 4B: 20.568,65 euros
  • Grupo Profesional 4C: 20.264,68 euros
  • Grupo Profesional 5: 17.098,32 euros
  • Grupo Profesional 6: 17.094,00 euros

El texto incorpora un sistema de participación en beneficios, pagadero en junio, que exige beneficios al cierre del ejercicio, una antigüedad mínima de un año y unos objetivos de ventas de 10.585.000 euros en 2026, 11.114.250 euros en 2027 y 11.669.963 euros en 2028. El porcentaje oscila entre el 5 %, si los gastos de personal no superan el 18 % de las ventas, y el 0 % cuando rebasan el 23 %.

Complementos, salud laboral e igualdad

Entre los complementos figuran trienios del 3 % sobre el salario base con un límite del 12 %, dos gratificaciones extraordinarias de 30 días prorrateadas en doce mensualidades, un plus de nocturnidad del 20 % de la hora ordinaria, un plus de actividad para jefes de equipo de 150 a 225 euros mensuales y un plus de camión de 12 euros por día de ruta de 300 kilómetros o más. Las horas extraordinarias se retribuyen con recargos del 25 % en días laborables, el 50 % en sábados y el 60 % en domingos y festivos.

La empresa complementará hasta el 100 % la incapacidad temporal por contingencias profesionales, con un máximo de doce meses, y hasta el 50 % la derivada de contingencias comunes, sin exceder de cuatro días al año. También concertará una póliza de 15.000 euros por fallecimiento o incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad derivadas de accidente de trabajo. El convenio incluye un plan de igualdad, protocolos frente al acoso sexual y frente al acoso LGTBI, y medidas de protección para las víctimas de violencia de género.

El V convenio de Entrecortinas afecta a la totalidad de la plantilla de la compañía en la provincia de Granada y llega con efectos retroactivos al 1 de enero de 2026, por lo que los trabajadores percibirán los atrasos correspondientes. La vinculación de las subidas al IPC y la incorporación de una paga de participación en beneficios convierten el texto en la referencia económica de la empresa textil hasta finales de 2028.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, núm. 196, 9 de octubre de 2026, Administración Autonómica, pág. 10 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-196003).