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BOP de Córdoba · 23 Sep 2026 · 4 vistas

Empleo registra la adhesión del personal del IMDEEC al convenio municipal

Por FactBox Admin

Empleo registra la adhesión del personal del IMDEEC al convenio municipal

La Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba ha ordenado la inscripción y la publicación de la adhesión del personal laboral del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC) al Convenio Colectivo de Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba 2026-2029. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 184, de 23 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-A-2026-3148, y lleva la firma de la delegada territorial Marina Montes Valentín, fechada en Córdoba el 15 de septiembre de 2026.

La resolución se dicta al amparo del artículo 92.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, y del Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. El expediente administrativo es el 14/02/0116/2026 y el convenio queda identificado con el código 14100102022026, con número de localizador 14104012012026 en el registro electrónico REGCON.

El acuerdo municipal que da cobertura a la adhesión

La adhesión se sustenta en el acuerdo número 640/26 adoptado por la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el 18 de mayo de 2026, a partir de una proposición de la Presidencia del IMDEEC. El texto aprobado contiene cuatro pronunciamientos:

  • Aprobar la adhesión del personal funcionario del IMDEEC al Acuerdo General del Personal Funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba 2026-2029.
  • Aprobar la adhesión del personal laboral del IMDEEC al Convenio Colectivo de Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba 2026-2029.
  • Remitir ambos acuerdos a la oficina pública de la administración competente para su publicación en el boletín oficial correspondiente.
  • Autorizar a la Presidencia del IMDEEC a firmar cuantos documentos deriven de estos acuerdos.

En los dos primeros casos, la adhesión se extiende hasta que finalice la vigencia de cada texto, incluidas sus posibles prórrogas y modificaciones.

Aprobación inicial y respaldo de la parte social

El Consejo Rector del IMDEEC, en sesión extraordinaria del 30 de abril de 2026, aprobó inicialmente la adhesión mediante el acuerdo número 24/2026, punto decimosegundo, y facultó a la Presidenta del instituto para elevar la autorización a la Junta de Gobierno Local, conforme al artículo 11.5 de los Estatutos del IMDEEC. La votación fue por unanimidad, con el siguiente reparto:

  • 5 votos de los representantes del Grupo Municipal Popular.
  • 1 voto de la representante del Grupo Municipal VOX.
  • 2 votos de los representantes del Grupo Municipal Socialista.
  • 1 voto del representante del Grupo Municipal Hacemos Córdoba.

La Mesa Negociadora del IMDEEC, reunida el 11 de marzo de 2026 a las 11:15 horas, trató la adhesión como punto tercero del orden del día. La mesa, de carácter paritario, estuvo integrada por Araceli Bermúdez (delegada sindical de CCOO) y Carlos Ordóñez Castro (delegado sindical de UGT) por la parte social, y por Carmen María Cintas Jurado de Flórez (adjunta a dirección del IMDEEC) y Miguel Ángel Moreno Díaz (jefe del departamento de servicios generales) por la administración. La parte social apoyó la adhesión a ambos textos y la comisión negociadora delegó en Carmen Mª Jurado Cintas de Flórez la presentación en el REGCON.

Vigencia, ámbito y efectos económicos

El convenio al que se adhiere el personal laboral del IMDEEC regula las relaciones económicas, laborales y sociales del personal de naturaleza laboral del Ayuntamiento de Córdoba, con un ámbito personal que comprende al personal laboral fijo, al indefinido no fijo y al temporal, cualquiera que sea la modalidad contractual. Sus claves temporales son las siguientes:

  • Entrada en vigor el día siguiente al de su publicación oficial, con una duración prevista de 4 años.
  • Revisión a los 2 años en la Mesa General de Negociación o en la Comisión Negociadora en materia de ayudas sociales y de permisos y licencias.
  • Efectos retributivos retroactivos al 1 de enero de 2026.
  • Denuncia posible dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de la vigencia y prórroga tácita anual en caso de no producirse.
  • Incremento retributivo general conforme a lo que establezcan las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio, con publicación obligatoria de las tablas salariales en el Boletín Oficial de la Provincia.

El texto incorpora además una cláusula de ultraactividad y el principio «in dubio pro operario» para la interpretación de lo pactado.

La publicación cierra el recorrido administrativo de una adhesión que equipara al personal del IMDEEC con el del Ayuntamiento de Córdoba en materia de condiciones laborales y retributivas durante los próximos cuatro años. Para los trabajadores del instituto municipal, el efecto práctico es la aplicación directa del convenio y del acuerdo general municipales, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026 y con la posibilidad de revisión de ayudas sociales, permisos y licencias a los dos años.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 184, de 23 de septiembre de 2026, Sección IV - Junta de Andalucía, pág. 13571 (referencia oficial: BOP-A-2026-3148).