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Diario Oficial de Extremadura · 08 Oct 2026 · 17 vistas

El SES y Sandoz firman un convenio de software farmacéutico para Cáceres

Por FactBox Admin

El SES y Sandoz firman un convenio de software farmacéutico para Cáceres

El Servicio Extremeño de Salud (SES) y Sandoz Farmacéutica, SA han suscrito un convenio para la implantación conjunta de la herramienta de software clínico MwPharm++ en el Área de Salud de Cáceres. El acuerdo se firmó el 29 de septiembre de 2026 y se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) núm. 195, de 8 de octubre de 2026, en la sección III de otras resoluciones, con la referencia oficial RCN202600273 (2026062516).

La publicidad del texto corresponde a la Resolución de 1 de octubre de 2026, de la Secretaría General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, firmada por el secretario general David González Gil. La resolución se dicta de conformidad con el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El convenio tiene carácter administrativo y se ampara en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Queda excluido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a su artículo 6.

Objeto: dosificación personalizada en farmacia hospitalaria

El objeto del convenio es regular la colaboración entre ambas entidades para implementar la herramienta en el Área de Salud de Cáceres con el fin de mejorar la atención al paciente. El modelo de trabajo conjunto permitirá a los profesionales del servicio de farmacia hospitalaria acceder al software y aportar datos sobre su funcionamiento.

MwPharm++ es una solución de software clínico desarrollada por la empresa Mediware, SA, basada en principios de farmacocinética y farmacodinamia poblacional. Permite calcular regímenes de dosificación individualizados, a priori y a posteriori, ajustados a las características fisiológicas del paciente y a las propiedades del fármaco, así como simular escenarios de dosificación y realizar seguimiento terapéutico.

El texto subraya que el proyecto no implica trasladar a los profesionales sanitarios información ni obsequios de naturaleza promocional sobre productos de Sandoz, ni la obtención de datos personales de pacientes o del personal del SES. Las entidades declaran que el convenio no busca incentivar la recomendación, prescripción, compra, suministro, venta o administración de medicamentos del laboratorio.

Financiación, encuestas y comisión de seguimiento

Sandoz aportará todos los gastos asociados a la adquisición de la licencia de uso de la herramienta para su alta en los hospitales seleccionados por el SES. El convenio precisa que la compañía no realizará aportación económica alguna al SES ni a los profesionales sanitarios que colaboren en el proyecto.

Las obligaciones de las partes incluyen:

  • El SES, a través de la Gerencia del Área de Salud de Cáceres, asignará dedicación y recursos suficientes y facilitará el acceso a la herramienta a profesionales capacitados.
  • El SES remitirá a Sandoz dos encuestas de satisfacción: una a los seis meses de la implementación y otra a los doce meses, al finalizar el proyecto.
  • Sandoz ofrecerá la licencia, liderará la Comisión Mixta de Seguimiento y la obtención de los indicadores de éxito de la colaboración.
  • La compañía deberá contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a terceros imputables a su actividad.

Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento con al menos un miembro por parte de Sandoz, que ejercerá como Project Manager, y un miembro del hospital del SES donde se implante la herramienta. Sus funciones son resolver dudas de interpretación y ejecución, velar por el cumplimiento de los términos, coordinar tareas y recursos, evaluar los resultados y las encuestas anexadas, y cualesquiera otras que convengan al buen fin del proyecto.

Vigencia, prórroga y protección de datos

El convenio tendrá una duración de un año y surtirá efectos desde el día de su implementación en el Área de Salud de Cáceres. Antes de su finalización podrá prorrogarse de forma expresa, por acuerdo unánime de las partes firmantes, por un periodo máximo adicional de cuatro años mediante la correspondiente adenda. Cualquiera de las entidades podrá renunciar comunicándolo por escrito con un mes de antelación.

En materia de protección de datos, las partes se someten al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018. El SES, como responsable del tratamiento de los datos que se tratarán dentro del software MwPharm++, firmará el preceptivo encargo de tratamiento con Mediware, SA en cumplimiento del artículo 29 del RGPD, firma que se establece como condición necesaria para la ejecución del convenio.

El documento está firmado por la directora gerente del SES, Encarnación Solís Pérez, nombrada por el Decreto 61/2026, de 5 de mayo, y por Rafael Martínez Cabeza de Vaca y Jesús Vidart Anchia como apoderados de Sandoz Farmacéutica, SA, sociedad con NIF A08233801 y domicilio social en Madrid.

Impacto para el sistema sanitario extremeño

El convenio introduce en la sanidad pública extremeña una herramienta de monitorización terapéutica individualizada que busca reducir la variabilidad clínica, minimizar los riesgos de infra o sobredosificación y optimizar el uso de medicamentos en pacientes con necesidades terapéuticas complejas. Para los profesionales de farmacia hospitalaria del Área de Salud de Cáceres supone acceso a un software de modelización farmacocinética sin coste para el erario público, mientras que para la industria farmacéutica abre un canal de evaluación de resultados y percepción de uso en el entorno hospitalario.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 195, de 8 de octubre de 2026, sección III (Otras Resoluciones) (referencia oficial: RCN202600273 / 2026062516).