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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla · 02 Oct 2026 · 22 vistas

El Patronato de Turismo de Melilla abre la convocatoria para su Director-Gerente

Por FactBox Admin

El Patronato de Turismo de Melilla abre la convocatoria para su Director-Gerente

El Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla ha abierto la convocatoria para proveer el puesto de personal directivo profesional de Director-Gerente del organismo, con un mandato máximo de cinco años y un plazo de presentación de solicitudes de diez días naturales. La convocatoria se aprueba por Resolución nº 0293, de 30 de septiembre de 2026, del Presidente del Patronato, registrada al número 2026000293, y se publica en el Boletín Oficial de Melilla (BOME) número 6419, de 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOME-A-2026-1111.

El Patronato de Turismo es un organismo autónomo de la Ciudad Autónoma de Melilla, dotado de personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión, adscrito a la Consejería competente en materia de turismo. Sus Estatutos fueron aprobados definitivamente mediante Decreto núm. 1355, de 30 de diciembre de 2021, publicados en el BOME núm. 5927, de 4 de enero de 2022, y la convocatoria se dicta en ejercicio de las atribuciones del artículo 16 de esa norma.

La plaza quedó vacante tras la dimisión de D. Javier Mateos de Porras, presentada el 3 de septiembre de 2026 con número de registro 2026078136 y aceptada con efectos de 4 de septiembre mediante Resolución nº 0285, de 7 de septiembre de 2026, que declaró vacante la Dirección-Gerencia y designó en suplencia por vacante a D. Juan Mario González Rojas. El expediente cuenta con retención de crédito nº 52026000000215, de 31 de marzo de 2026, para atender las obligaciones económicas derivadas de la provisión.

Requisitos y perfil exigido

Podrán concurrir al proceso los aspirantes que reúnan las condiciones del artículo 85 bis.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del artículo 16.1 de los Estatutos del Patronato. El titular del máximo órgano de dirección deberá ser funcionario de carrera o laboral de las Administraciones Públicas o profesional del sector privado, titulado superior en ambos casos y, en el supuesto de proceder del sector privado, con más de cinco años de ejercicio profesional. Los requisitos deben reunirse en la fecha de finalización del plazo de solicitudes y mantenerse hasta el nombramiento o contratación.

Junto con la solicitud, los candidatos deberán aportar un currículum vitae con los méritos de formación, competencia profesional e idoneidad, y una justificación escrita de su idoneidad, en la que conste documentada y clasificada la siguiente información:

  • Títulos académicos.
  • Años de servicio y puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública o en el sector privado, especialmente en el desarrollo de destinos turísticos.
  • Estudios y cursos de formación realizados o impartidos relacionados con los puestos desempeñados y con el puesto directivo convocado.
  • Cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno poner de manifiesto.

Funciones del nuevo Director-Gerente

Las funciones del puesto son las del artículo 16 de los Estatutos del Patronato y, en particular, las siguientes:

  • Ejecutar los acuerdos de la Junta Rectora y las resoluciones del Presidente.
  • Dirigir los servicios y ejercer la jefatura del personal del organismo autónomo, con atribuciones para establecer la duración de la jornada y el horario de trabajo y aprobar el plan anual de vacaciones.
  • Preparar los programas anuales de actuación y colaborar con el Presidente en la confección del Presupuesto.
  • Confeccionar el Inventario de Bienes e inspeccionar todos los servicios del Patronato, bajo la dependencia del Presidente.
  • Asistir con voz, pero sin voto, a las reuniones de la Junta Rectora y, cuando así se disponga, de los demás órganos colegiados.
  • Tramitar los expedientes de clasificación de empresas y establecimientos turísticos y formular la propuesta de resolución a la Consejería competente en materia de Turismo.

Selección, nombramiento y plazos

El procedimiento de selección comprende la evaluación del currículum y de la documentación acreditativa, la valoración de la justificación escrita de idoneidad y una entrevista personal dirigida a contrastar los méritos alegados. Un órgano asesor integrado por profesionales cualificados y especializados formulará propuesta motivada a la Junta Rectora incluyendo, si ello fuera posible, tres candidatos; la Junta Rectora elevará la propuesta de nombramiento a la Presidencia y corresponde al Presidente del Patronato resolver el procedimiento y efectuar el nombramiento. La resolución será motivada y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.

El nombramiento del personal directivo público tendrá una duración máxima de cinco años, renovable por períodos idénticos a propuesta del órgano competente, siempre que la persona designada mantenga los requisitos y no obtenga evaluaciones negativas. La convocatoria se declarará desierta si ninguno de los aspirantes reúne los requisitos o alcanza el preceptivo juicio de idoneidad. El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales desde el día siguiente a la publicación, a través del Registro Electrónico de la Ciudad Autónoma o de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Contra la resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

La designación del máximo responsable ejecutivo del Patronato de Turismo llega en plena temporada de planificación del próximo ejercicio y con el organismo en situación de suplencia desde septiembre, por lo que la elección del nuevo Director-Gerente condicionará la ejecución de los programas anuales de actuación, la gestión del personal y la tramitación de los expedientes de clasificación de establecimientos turísticos de la Ciudad.


Fuente: Boletín Oficial de Melilla (BOME), número 6419, de 2 de octubre de 2026, sección I, págs. 4937-4941 (referencia oficial: BOME-A-2026-1111).