Boletín Oficial de la República Argentina · 28 Sep 2026 · 19 vistas
El Gobierno aprueba créditos del BID por 700 millones de dólares para ARCA
Por FactBox Admin

El Poder Ejecutivo aprobó, mediante el Decreto 1115/2026, una Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por hasta USD 600.000.000 y un contrato de préstamo de USD 100.000.000 destinados al “Programa de Reforma de la Administración Tributaria Federal”. La medida, firmada en la Ciudad de Buenos Aires el 25 de septiembre de 2026 por el presidente Javier Milei junto a Diego César Santilli y Luis Andrés Caputo, se publicó este 28 de septiembre en la Primera Sección (Acuerdos) del Boletín Oficial de la República Argentina.
El expediente de origen es el EX-2026-46780057-APN-DGDA#MEC. El decreto aprueba el Modelo de Acuerdo CCLIP N° AR-O0035 y el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 6139/OC-AR, ambos a suscribirse entre la República Argentina y el BID. La norma se dicta en ejercicio de las facultades de los artículos 99, inciso 1, de la Constitución Nacional; 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014); y 60 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Una línea de crédito a diez años
El objetivo general del Programa es mejorar la efectividad, eficiencia y transparencia de la gestión de ingresos públicos. La línea condicional tiene un plazo de utilización de diez (10) años contados desde la entrada en vigencia del Acuerdo CCLIP N° AR-O0035.
Los objetivos específicos de desarrollo son dos:
- Mejorar la gobernanza y la capacidad institucional de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
- Fortalecer la administración de ingresos tributarios.
Cuatro componentes y dos organismos responsables
La ejecución se estructura en cuatro componentes: (i) gobernanza y capacidad institucional; (ii) gestión integral de riesgos; (iii) transformación de la experiencia del contribuyente; y (iv) modernización digital.
El artículo 6° designa como “Organismo Ejecutor” al Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Hacienda, a cargo de la coordinación administrativa y fiduciaria del Programa. La ARCA participará como organismo técnico sustantivo, en coordinación con esa Secretaría.
Avales técnicos y facultades de firma
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) se expidió sobre el impacto en la balanza de pagos y concluyó que la operación “implica un impacto limitado en términos macroeconómicos”, acotado y consistente con la dinámica prevista para las operaciones externas. La Oficina Nacional de Crédito Público del Ministerio de Economía informó que no tiene objeciones, dado que el costo financiero del préstamo es inferior al que la República podría obtener en el mercado.
El decreto faculta al Ministro de Economía —o a los funcionarios que este designe— y al Secretario de Finanzas, en forma indistinta, a suscribir ambos instrumentos y su documentación adicional. También habilita al Ministro de Economía a convenir modificaciones, siempre que no alteren el objeto o destino de los fondos, no incrementen el monto ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
Los modelos aprobados constan como anexos: ANEXO I (IF-2026-50058326-APN-SSRFI#MEC), ANEXO II (IF-2026-50058250-APN-SSRFI#MEC), ANEXO III con las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el BID GN-2349-15” (IF-2026-50058168-APN-SSRFI#MEC) y ANEXO IV con las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BID GN-2350-15” (IF-2026-50058091-APN-SSRFI#MEC).
La aprobación habilita la firma de los contratos y compromete financiamiento externo por hasta USD 700.000.000 en conjunto, además de las obligaciones fiscales asociadas al servicio de la deuda. El Programa apunta al corazón de la recaudación federal: la ARCA es el organismo que administra los tributos nacionales y el control aduanero, de modo que los resultados de la reforma incidirán directamente sobre los ingresos públicos y sobre la relación del fisco con contribuyentes y operadores de comercio exterior.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 28 de septiembre de 2026, Primera Sección (Acuerdos) (referencia oficial: Decreto 1115/2026, DECTO-2026-1115-APN-PTE).