Boletín Oficial de Canarias · 28 Sep 2026 · 5 vistas
El Cabildo aprueba el parque solar Salinetas III en Telde
Por FactBox Admin

El Cabildo Insular de Gran Canaria ha declarado de interés público y social la actuación denominada “Instalación del Parque Solar Fotovoltaico Salinetas III”, en el término municipal de Telde, promovida por la mercantil Loro Parque, S.A. El acuerdo fue adoptado por unanimidad por el Consejo de Gobierno Insular en sesión ordinaria del 3 de junio de 2025 y se publica ahora en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) núm. 194, de 28 de septiembre de 2026, dentro de la sección V de anuncios, con la referencia 3355. La resolución desbloquea la tramitación municipal de la instalación al confirmar que no está prohibida por el planeamiento insular.
El expediente, identificado como 22_40708 PSF Salinetas III, arranca con la solicitud que Loro Parque, S.A. presentó ante el Ayuntamiento de Telde el 28 de julio de 2021. El Consistorio remitió el asunto al Cabildo el 11 de mayo de 2022 (RGE 2022040708) para que se pronunciara sobre la existencia o no de prohibición en el planeamiento insular y sobre el interés público o social de la actuación. La instalación se proyecta en la parcela con referencia catastral 35026A001000740000RO, correspondiente al polígono 1, parcela 74, de Salinetas.
Un expediente de cuatro años y alegaciones ecologistas
La tramitación acumula informes técnicos del Servicio de Planeamiento y Paisaje de 20 de octubre de 2022 y 22 de mayo de 2023, un informe jurídico favorable de 23 de mayo de 2023 y el informe propuesta del Servicio Administrativo de Planeamiento y Paisaje de 16 de mayo de 2025. El 14 de diciembre de 2022 se publicó en el BOP n.º 150 el anuncio de información pública, y el 13 de enero de 2023 apareció en el BOE n.º 11 la notificación a titulares de parcelas colindantes con domicilio desconocido.
El Colectivo Turcón Ecologistas en Acción, representado por Dña. Consuelo Jorges López, presentó alegaciones el 29 de diciembre de 2022 (RGE 2022115406) contra la ocupación de suelo rústico de protección agraria, el impacto sobre la avifauna esteparia y la pérdida de capacidad de fijación de carbono del suelo. El acuerdo desestima esas alegaciones al considerar que la actuación no se vincula a un uso industrial prohibido por el planeamiento municipal, sino a un uso de infraestructuras de energía, que sí figura entre los autorizables.
Condiciones impuestas y trámites pendientes
La declaración queda condicionada a dos exigencias que deberán cumplirse durante la fase municipal de tramitación de la licencia:
- Que el promotor adquiera el compromiso de revertir los terrenos a su estado original una vez finalice la actividad.
- Que se pronuncien el Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria y la Dirección General de Infraestructura Viaria de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias.
Ninguno de esos dos informes consta en el expediente, pero el Cabildo los considera técnicamente indispensables y no preceptivos, por lo que la tramitación continúa conforme al artículo 80 de la Ley 39/2015. El acuerdo no es susceptible de recurso, según el artículo 29.7 del Decreto 182/2018, y fue firmado en Las Palmas de Gran Canaria el 12 de junio de 2025 por la consejera de Gobierno de Política Territorial y Paisaje, María Inés Miranda Navarro.
El encaje legal de la instalación
El Cabildo sostiene que el proyecto cumple los requisitos del artículo 62 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, al apreciar su carácter excepcional, justificar su necesaria implantación en suelo rústico, contribuir a la ordenación y el desarrollo rural e integrarse en actuaciones de interés público o social. La actuación se admite como complejo con nivel de alcance 5 e intensidad 3 sobre suelo con zonificación Bb1.1, definida en el PIOGC como de muy alto valor agrario, y su implantación queda condicionada al mantenimiento de la condición agraria del suelo.
La fundamentación invoca la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que considera el suministro eléctrico un servicio de interés económico general, así como el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y el Plan de Transición Energética de Canarias (PTE Can) 2030, que fija un objetivo del 37% de renovables para esa fecha.
La decisión afecta directamente a los vecinos de Salinetas y al conjunto de la isla: habilita la ocupación de suelo agrícola protegido para generar electricidad renovable, pero ata esa autorización a la restitución futura del terreno y a informes sectoriales aún pendientes. El expediente queda así abierto en la esfera municipal, donde deberán concretarse las condiciones impuestas por el Cabildo.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 194, de 28 de septiembre de 2026, sección V (Anuncios), pág. 35472 (referencia oficial: 3355).