Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 06 Nov 2026 · 10 vistas
Educación fija servicios mínimos para la huelga general del 11 de noviembre
Por FactBox Admin

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha fijado los servicios mínimos en los centros de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos durante la huelga general convocada para el 11 de noviembre de 2026. Lo hace mediante la Resolución de 05/11/2026, firmada en Toledo por el consejero Amador Pastor Noheda y publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 213, de 6 de noviembre de 2026, con la referencia oficial 2026/8045. Los mínimos se aplicarán también a los centros privados concertados, en los mismos niveles que los públicos.
La convocatoria, según recoge el propio texto, fue registrada el 16 de octubre por CCOO y UGT, así como por la Conferencia Intersindical, y afecta a la totalidad de las personas trabajadoras de empresas y sector público de ámbito estatal. La huelga durará 24 horas, desde las 00:00 hasta las 24:00 del 11 de noviembre. El marco jurídico invocado es el artículo 28.2 de la Constitución, el artículo 10 del Real Decreto Ley 17/1977 de relaciones de trabajo y el artículo 6.4 del Decreto 78/2010, que atribuye a la consejería competente en materia educativa la determinación de los servicios esenciales de la enseñanza no universitaria.
Tres bloques reivindicativos y reunión con el comité de huelga
Los convocantes plantean tres ejes: garantizar vivienda digna y asequible —con topes al alquiler del 30% de la renta del hogar y entre 50.000 y 100.000 viviendas públicas anuales—, recuperar el poder adquisitivo con subidas salariales mínimas del 4% anual para 2026-2028, y erradicar los abusos laborales, incluida la remuneración o eliminación de las horas extraordinarias no pagadas.
La Consejería justifica los mínimos en el derecho a la educación, el derecho de las familias a trabajar al coincidir la huelga con un día laborable, el derecho al trabajo de quien no secunda el paro y el mantenimiento de las normas mínimas de convivencia. El texto detalla que el 5 de noviembre de 2026 la Administración se reunió con el comité de huelga para negociar los servicios mínimos.
Los centros afectados son:
- Escuelas Infantiles.
- Colegios de Educación Infantil y Primaria, Colegios de Educación Primaria y Colegios Rurales Agrupados.
- Institutos de Educación Secundaria y Centros Integrados de Formación Profesional.
- Conservatorios, Escuelas de Arte y Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Centros de Educación Especial.
- Residencias Escolares.
- Centros y aulas de Educación de Personas Adultas.
- Centros privados concertados que impartan enseñanzas no universitarias.
Un docente por cada tres unidades en Infantil y Primaria
El anexo fija la presencia del director o directora en todos los centros y añade dotaciones según el tipo de centro. En colegios de Infantil y Primaria el mínimo es de un docente por cada tres unidades, contando dirección y jefatura de estudios como un docente más. La resolución incorpora además tablas por tramos: los colegios de 1 a 5 unidades (58 centros, hasta 125 alumnos) mantienen solo a la dirección, mientras que los de 30 a 32 unidades (7 centros) cuentan con dirección, jefatura de estudios y ocho docentes.
En los Institutos de Educación Secundaria el criterio es de un docente por cada seis grupos o unidades, más un administrativo o ordenanza; en los centros con animales vivos y explotación agraria se incluye el personal imprescindible para la alimentación del ganado y un oficial o peón por explotación. En los Colegios Rurales Agregados se mantiene un docente por cada sección, con la dirección en la cabecera.
Las ratios de referencia tomadas de las instrucciones para el curso 2026-2027 son:
- Infantil, segundo ciclo y primero y segundo de Primaria: 22 alumnos.
- Tercero a sexto de Primaria: 25 alumnos.
- Secundaria obligatoria y Formación Profesional: 30 alumnos.
- Programa de Diversificación Curricular: 15 alumnos.
- Bachillerato: 32 alumnos.
Refuerzo en Educación Especial, comedores y residencias
Las Escuelas Infantiles, por la edad del alumnado (0 a 3 años), cuentan con un técnico educador o educador por cada 16 menores de un año o fracción, por cada 26 entre uno y dos años y por cada 40 entre dos y tres años, más personal de servicios domésticos. En los Centros de Educación Especial el mínimo es de un docente de Pedagogía Terapéutica por cada tres unidades o fracción, con un ordenanza, dos Auxiliares Técnicos Educativos y un Diplomado Universitario en Enfermería si hay alumnado con necesidades sanitarias.
En todos los centros con comedor se mantienen los servicios de cocina y comedor con el personal habitual en un porcentaje no superior al 33%, salvo que ese porcentaje sea inferior a una persona. En las residencias escolares se garantiza jefe de residencia, limpieza y servicios domésticos en turnos de mañana y tarde, un ATE en turno de noche y, en las de Educación Especial, dos ATE por la tarde y dos por la noche.
Direcciones, efectos y recursos
Corresponde a la dirección de cada centro garantizar la apertura al inicio de la jornada, determinar nominativamente las personas que cubren los mínimos si no hay consenso y facilitar la información sobre el seguimiento. El incumplimiento será sancionado conforme a la normativa aplicable. La resolución surte efectos al día siguiente de su publicación, es decir, el 7 de noviembre, y contra ella cabe recurso de reposición en un mes ante el consejero o contencioso-administrativo en dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.
La decisión determina qué servicios educativos seguirán operativos el 11 de noviembre y condiciona la organización de miles de familias y del personal docente de la región: los mínimos no permiten, en ningún caso, el desarrollo normal de las clases.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 213, 6 de noviembre de 2026, Sección I, págs. 39260-39266 (referencia oficial: 2026/8045).