BOP de Córdoba · 27 Oct 2026 · 3 vistas
Doña Mencía fija 35 horas semanales para todo el personal municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Doña Mencía ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 208, de 27 de octubre de 2026 (pág. 15573, sección VI, Administración Local), la modificación del primer párrafo del artículo 10 de su acuerdo marco de relaciones laborales, que fija la jornada general en 35 horas semanales en horario intensivo de mañana para todo el personal municipal. El anuncio lleva la referencia oficial BOP-A-2026-3590, expediente 2186/2021, y aparece firmado por el alcalde-presidente, Salvador Cubero Priego, con el apercibimiento expreso de haberse advertido “la omisión de su preceptiva publicación”.
Una jornada de 8.00 a 15.00 horas de lunes a viernes
El nuevo texto del artículo 10 del ACUERDO-MARCO DE RELACIONES LABORALES, SOCIALES Y SINDICALES DEL PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE DOÑA MENCÍA (CÓRDOBA) queda redactado en los siguientes términos:
- Jornada general de 35 horas semanales, de lunes a viernes.
- Horario en jornada intensiva de mañana, de 8.00 a 15.00 horas.
- Reducción a 8.00 a 14.00 horas en las vísperas de los festivos de Navidad, Fin de Año, Reyes, Semana Santa y Feria, con remisión expresa al artículo 15 del propio acuerdo marco.
- Aplicación “a todo el personal municipal del ámbito de aplicación de este Convenio sin excepción”.
El documento precisa que la reducción se extiende a los servicios que, “por sus características especiales”, no puedan disfrutar de ese horario: en tal caso, la reducción de jornada “será compensada en descanso o económicamente”. El acuerdo no cuantifica esa compensación ni identifica qué servicios quedan en esa situación, que se remite a la negociación y a la organización municipal.
Control horario y régimen disciplinario
El acuerdo publicado incorpora también un apartado de control del cumplimiento. El Ayuntamiento utilizará “los mecanismos que crea necesarios y pertinentes” para la verificación del horario efectivo de trabajo y advierte de que el incumplimiento por parte del trabajador o trabajadora “dará lugar a la apertura del expediente correspondiente”, con aplicación del régimen disciplinario establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
La corporación no detalla en el anuncio qué sistema de registro horario empleará ni si ya está implantado, extremo que queda abierto a la decisión municipal.
Un acuerdo plenario de 2021 publicado ahora
El origen de la medida es el acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de 29 de julio de 2021, punto 3 del orden del día, dedicado a la “modificación de la jornada laboral general del personal del Ayuntamiento de Doña Mencía”. Según el texto publicado, la modificación debía surtir efectos “a partir del primer día inmediatamente siguiente al de su aprobación por el Pleno”, es decir, desde el 30 de julio de 2021, y sin perjuicio de su publicación oficial.
Esa publicación es la que ahora se produce, más de cinco años después: el anuncio se fecha en Doña Mencía el 2 de febrero de 2026, consta firmado electrónicamente por el alcalde con fecha 27 de octubre de 2026 a las 07:58:33 horas y se inserta en el boletín provincial de ese mismo día, bajo el código seguro de verificación 5F7B 6FA4 17B3 B979 0EB6.
Antecedente: el acuerdo marco de 2018
La norma modificada es el acuerdo marco aprobado por el Pleno el 13 de marzo de 2018 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 74, de 18 de abril de 2018, que regula las condiciones laborales, sociales y sindicales comunes del personal laboral y funcionario del Consistorio. La intervención publicada ahora afecta únicamente al primer párrafo de su artículo 10, dedicado a la jornada laboral, y deja intacto el resto del articulado, incluido el artículo 15 al que el nuevo redactado remite para las vísperas festivas.
El anuncio se tramita como modificación de jornada y no como convenio colectivo nuevo, de modo que no se abre un periodo de información pública ni se somete a alegaciones: se limita a dar publicidad a un acuerdo plenario ya adoptado y a su nuevo texto articulado.
La decisión afecta directamente a los empleados públicos locales, que pasan a un cómputo semanal de 35 horas en turno único de mañana, y a la ciudadanía, porque ese horario concentra toda la atención al público entre las 8.00 y las 15.00 horas y reduce el servicio a media jornada en las vísperas festivas señaladas. La publicación cierra además la anomalía formal que el propio Ayuntamiento reconoce en el encabezamiento del anuncio: un acuerdo vigente desde 2021 que carecía hasta hoy del respaldo de su publicación en el boletín oficial.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, núm. 208, 27 de octubre de 2026, sección VI (Administración Local), pág. 15573 (referencia oficial: BOP-A-2026-3590).