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Diario Oficial de Galicia · 05 Nov 2026 · 10 vistas

Cultura reparte 350.000 euros en ayudas a la producción editorial literaria gallega

Por FactBox Admin

Cultura reparte 350.000 euros en axudas á produción editorial literaria galega

La Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude concede las ayudas al sector editorial gallego para los gastos de producción literaria de los ejercicios 2026 y 2027, en el marco del procedimiento CT238D. La resolución se publica en el Diario Oficial de Galicia núm. 212, del 5 de noviembre de 2026, mediante la Resolución del 28 de octubre de 2026 de la Dirección General de Cultura, que ordena publicar el contenido íntegro de la Resolución del 27 de octubre de 2026 de concesión, firmada por Anxo Manuel Lorenzo Suárez. La publicación en el DOG produce los efectos de notificación y pone fin a la vía administrativa.

La convocatoria parte de la Orden del 22 de junio de 2026, publicada en el DOG núm. 126 del 8 de julio de 2026, que fija las bases reguladoras de estas subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. El órgano instructor es la Subdirección General de Bibliotecas y del Libro, y la valoración de las solicitudes correspondió a la Comisión de Evaluación. El importe máximo convocado asciende a 350.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.432A.770.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 2026.

Tres programas y un presupuesto de 350.000 euros

Las bases estructuran el apoyo en tres líneas de producción editorial, que se desarrollan con carácter bienal:

  • Programa 1. Producción editorial en cualquier idioma en Galicia: 250.000 euros.
  • Programa 2. Producción editorial de libros de lectura fácil en formato físico o digital en gallego: incluido en los 100.000 euros con los que se dotan los programas 2 y 3.
  • Programa 3. Producción editorial de audiolibros en gallego: misma dotación conjunta de 100.000 euros.

Cada editorial podía presentar un máximo de 20 solicitudes en total: 10 para el programa 1 y 5 para cada uno de los programas 2 y 3. El importe máximo adjudicado por editorial es de 20.000 euros en el programa 1 y de 15.000 euros en el conjunto de los programas 2 y 3. Si los programas de lectura fácil y audiolibro no agotan el crédito, el remanente pasa a incrementar el programa 1.

Reparto por proyectos y dos anualidades

La resolución concede las ayudas a los costes de edición, distribución y comercialización de los proyectos del anexo I. La puntuación mínima para acceder a la subvención es de 40 puntos y la cuantía de cada ayuda se calcula de forma proporcional a la puntuación obtenida, con un porcentaje máximo de la inversión subvencionable que va del 65 % al 85 % según el tramo. El pago se divide entre una primera anualidad del 40 % del total concedido y una segunda del 60 % restante.

Entre los proyectos resueltos figuran, a título de ejemplo:

  • Initium Lar, S.L., “Hospitalidade Monástica” (lectura fácil): 5.000 euros, 89 puntos.
  • José Luis Teófilo Comunicación, S.L., “A prosa dunha muller valente. Rosalía de Castro”: 6.471 euros.
  • Edicións Xerais de Galicia, S.A., audiolibro “A noite das cebolas”: 4.500 euros.
  • Nortideas-Comunicación, S.L., “El marisco gallego. Excelencia atlántica”: 4.034 euros.
  • Daniel Chapela Durán, “Follas de herba”: 3.525 euros, 85 puntos.
  • Fundación Uxío Novoneyra, audiolibro “Os eidos”: 3.409 euros, 82 puntos.
  • Editorial Galaxia, S.A., “Guía de Galicia (centenario)” y audiolibro “Memorias dun neno labrego”: 2.469 y 2.534 euros.
  • Kalandraka Editora, S.L., “Elmer e o boneco”: 2.542 euros, 80 puntos.

Exclusiones, plazos y recursos

El anexo II recoge los proyectos no subvencionados y las causas. Figuran exclusiones por no alcanzar la puntuación mínima de 40 puntos, desistimientos según el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, desistimientos por no subsanar el requerimiento y una exclusión por incumplir el artículo 6.a) de las bases. Así ocurre, entre otros, con cuatro proyectos de Hércules de Ediciones y cinco de Merlín Comunicación, S.L., o con la obra “Novo dicionario do galego do Bierzo” de Edicións Positivas, S.L.

Las ayudas tienen carácter de ayuda de minimis exenta conforme al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, y su efectividad queda condicionada a la aceptación por la entidad beneficiaria. La Orden del 21 de octubre de 2026, publicada en el DOG núm. 207 del 29 de octubre, amplió hasta el 14 de diciembre de 2026 el plazo para justificar la primera anualidad. Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

El impacto de la medida se mide en el calendario del sector: las obras subvencionadas deben editarse, comercializarse y, en su caso, distribuirse entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2027, con una tirada mínima de 400 ejemplares en papel —300 en poesía, teatro, ensayo y lectura fácil— y con un mínimo de 60 páginas. Las editoriales beneficiarias deberán hacer constar en los créditos o en la publicidad que la obra recibió una subvención de la Xunta de Galicia.


Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 212, 5 de noviembre de 2026, sección III, pág. 55670 (referencia oficial: CVE-DOG: 5liewnt5-xfl6-bhn8-vu99-bwgagpizy1c9).