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EUR-Lex · 25 Sep 2026 · 6 vistas

El Consejo añade a una persona a la lista de sanciones de la UE por la desestabilización de Rusia

Por FactBox Admin

Council adds person to EU sanctions list over Russia destabilisation

El Consejo de la Unión Europea ha añadido a una persona a la lista de la UE de aquellas sujetas a medidas restrictivas debido a las actividades desestabilizadoras de Rusia, congelando sus fondos e imponiendo restricciones de viaje. La decisión fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea del 25 de septiembre de 2026 a través de tres avisos — C/2026/5021, C/2026/5022 y C/2026/5023 — que otorgan a la persona hasta el 2 de octubre de 2026 para solicitar al Consejo que reconsidere la inclusión en la lista.

La inclusión se basa en la Decisión (PESC) 2024/2643, modificada por la Decisión (PESC) 2026/2164 (DO L, 2026/2164, 24.9.2026), y en el Reglamento (UE) 2024/2642, implementado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2165 del Consejo (DO L, 2026/2165, 24.9.2026). Ambos actos principales datan del 9 de octubre de 2024 y establecen el marco de la UE de medidas restrictivas ante las actividades desestabilizadoras de Rusia.

La persona no es nombrada en los avisos, que se refieren a ella únicamente como la persona que aparece en el Anexo de la Decisión (PESC) 2024/2643 y en el Anexo I del Reglamento (UE) 2024/2642; los motivos de la designación se detallan en la entrada correspondiente de dichos anexos. El mismo régimen produjo un aviso anterior en el Diario Oficial del 4 de agosto de 2026 (C/2026/4259) sobre el mantenimiento de las medidas contra Tinatin Givievna KANDELAKI.

En qué consisten las medidas

  • Inclusión en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas.
  • Congelación de fondos y recursos económicos.
  • Restricciones de viaje que prohíben la entrada de la persona en el territorio de la UE.
  • El derecho a solicitar a las autoridades competentes del Estado miembro pertinente, enumeradas en el Anexo II del Reglamento (UE) 2024/2642, la autorización para utilizar los fondos congelados para necesidades básicas o pagos específicos, en virtud del artículo 3 de dicho reglamento.

Plazos y deberes de notificación

  • La persona puede presentar en cualquier momento una solicitud, con la documentación justificativa, para que el Consejo de la Unión Europea reconsidere la inclusión; para ser considerada en la revisión en curso, debe llegar antes del 2 de octubre de 2026.
  • Las solicitudes se dirigen a la Secretaría General del Consejo, RELEX.1, Rue de la Loi/Wetstraat 175, 1048 Bruxelles/Brussel, o por correo electrónico a sanctions@consilium.europa.eu.
  • En virtud del artículo 9(2) del Reglamento (UE) 2024/2642, la persona debe notificar, en un plazo de seis semanas a partir de la inclusión, los fondos o recursos económicos mantenidos dentro de la jurisdicción de un Estado miembro a la autoridad competente del Estado miembro donde se encuentren, y cooperar en cualquier verificación.
  • El incumplimiento se tratará como una elusión de las medidas de congelación de fondos y recursos económicos.

Protección de datos y recursos legales

  • El aviso de protección de datos (C/2026/5023) se emite en virtud del artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725; el responsable del tratamiento es el Consejo de la Unión Europea, representado por el Director General de Relaciones Exteriores, habiéndose encomendado la operación de tratamiento a RELEX.1.
  • Los destinatarios de los datos personales son los Estados miembros, la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior; los datos se conservarán durante cinco años después de la eliminación de la lista o la expiración de la medida, o hasta que haya una sentencia firme si se interpone una acción legal.
  • El aviso establece que los interesados son personas físicas que cumplen los criterios de inclusión establecidos en la Decisión 2014/145/PESC y el Reglamento (UE) n.º 269/2014.
  • La persona puede impugnar la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea en virtud del artículo 275(2) y el artículo 263(4) y (6) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y puede presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos.

Los avisos muestran que el régimen de desestabilización de Rusia de la UE se sigue aplicando mediante inclusiones individuales en lugar de paquetes amplios, y trasladan la responsabilidad a la persona designada para que actúe rápidamente: el plazo de reconsideración cierra el 2 de octubre de 2026, una semana después de la publicación, mientras que el plazo de seis semanas para la notificación de activos comienza a contar desde la fecha de inclusión.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, C/2026/5021, 25 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: CELEX C_202605021).