Diario Oficial · 23 Sep 2026 · 12 vistas
Corte Suprema reincorpora a tres notarios tras finalizar sus suspensiones
Por FactBox Admin

La Corte Suprema de Justicia declaró finalizadas las suspensiones impuestas a tres notarios en el ejercicio de la función pública del notariado y ordenó incluirlos de nuevo en la nómina permanente de notarios. La decisión consta en los Acuerdos Nos. 1661-D, 1870-D y 1874-D, emitidos por la Secretaría General del tribunal y publicados en el Diario Oficial, Tomo Nº 452, Número 176, del miércoles 23 de septiembre de 2026, en la página 15.
Los acuerdos fueron suscritos por la licenciada Julia del Cid, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la delegación conferida por el Pleno mediante el Acuerdo 7-P del 17 de octubre de 2019. La publicación se ampara en los artículos 24 y 43 de la Ley de Procedimientos Administrativos, el artículo 70, obligación 13a, de la Ley Orgánica Judicial, los artículos 14 y 182, atribución 12a, de la Constitución de la República, y el artículo 13 de la Ley de Notariado.
Los tres notarios reincorporados
Cada resolución corresponde a un expediente disciplinario distinto y fija una fecha de efectos propia:
- Linda Aracely Amaya Martínez: expediente D-2439-23 (D-012-AL-23); resolución del Pleno del 14 de julio de 2026; sanción iniciada el 15 de agosto de 2024 y aplicada por el Acuerdo 2001-D del 12 de septiembre de 2024; efectos desde el 11 de agosto de 2026; Registro No. F48333.
- Jorge Daniel Barraza: expediente D-2649-23 (D-009-BJ-23); resolución del Pleno del 23 de julio de 2026; sanción iniciada el 20 de mayo de 2025 y aplicada por el Acuerdo 1283-D del 1 de julio de 2025; efectos desde el 10 de septiembre de 2026; Registro No. C8713.
- José Yovany Ayala Pacas: expediente D-1162-23 (D-018-AJ-23); resolución del Pleno del 20 de agosto de 2026; sanción iniciada el 24 de mayo de 2024 y aplicada por el Acuerdo 1426-D del 3 de julio de 2024; efectos desde el 10 de septiembre de 2026; Registro No. F48264.
En los tres casos el acuerdo dispone expresamente “incluir el nombre” del profesional en la nómina permanente de notarios, con lo que se cierra formalmente el periodo de suspensión.
Alcance de la decisión
Los acuerdos se dictaron “a efecto de ejecutar los actos administrativos inherentes a la sanción dictada en los procesos administrativos sancionatorios”. Es decir, la Secretaría General comunica el cumplimiento íntegro de la sanción y ejecuta el efecto que la ley prevé para su extinción: el retorno del fedatario al ejercicio pleno de sus funciones.
La resolución de cada expediente fue adoptada por la Corte en Pleno en fechas distintas —14 de julio, 23 de julio y 20 de agosto de 2026—, mientras que la comunicación oficial se emitió el 11 de agosto y el 10 de septiembre de 2026. Las fechas de vigencia también difieren: la de Linda Aracely Amaya Martínez rige desde el 11 de agosto y las de Jorge Daniel Barraza y José Yovany Ayala Pacas desde el 10 de septiembre del presente año.
Notificación a tribunales y registros
Los tres acuerdos ordenan librar oficio informando a todos los tribunales y registros públicos del país, además de la publicación en el Diario Oficial bajo la fórmula “Hágase saber”. El Sumario del mismo ejemplar recoge el bloque bajo el epígrafe “Acuerdos Nos. 1661-D, 1870-D y 1874-D.- Se declaran finalizadas suspensiones impuestas en el ejercicio de la función pública del notariado”, dentro del apartado del Órgano Judicial.
La notificación a los registros es determinante porque de ella depende que los actos notariales que estos profesionales vuelvan a autorizar sean admitidos en el tráfico jurídico y en los libros de inscripción.
Impacto para los lectores
La reincorporación devuelve la fe pública a tres fedatarios y restablece su capacidad para autorizar escrituras, testimonios y actas con plena validez ante terceros y ante el Estado. Para la ciudadanía, implica que los instrumentos otorgados ante ellos desde las fechas de vigencia señaladas recuperan respaldo registral, y para los registros públicos, la actualización obligatoria de sus nóminas de fedatarios habilitados.
Fuente: Diario Oficial de El Salvador, Tomo Nº 452, Número 176, 23 de septiembre de 2026, Órgano Judicial, pág. 15 (referencia oficial: Acuerdos Nos. 1661-D, 1870-D y 1874-D; Registros Nos. F48333, C8713 y F48264).