Diario Oficial · 05 Oct 2026 · 1 vistas
Corte Suprema levanta suspensiones a cuatro abogados y los reincorpora al notariado
Por FactBox Admin

La Corte Suprema de Justicia declaró finalizadas las suspensiones impuestas a cuatro profesionales del derecho —tres en la función pública del notariado y uno en el ejercicio de la abogacía— y ordenó reincorporarlos a la nómina permanente de notarios. La decisión consta en los acuerdos 1643-D, 1879-D, 1893-D y 1900-D, publicados en el Diario Oficial Tomo Nº 453, Número 184, del lunes 5 de octubre de 2026, páginas 9 y 10, dentro de la sección del Órgano Judicial.
El marco legal de la decisión
Los cuatro acuerdos fueron emitidos por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia en virtud de la delegación conferida por el Pleno mediante el Acuerdo 7-P del 17 de octubre de 2019. Se fundamentan en los artículos 24 y 43 de la Ley de Procedimientos Administrativos, el artículo 70, obligación 13a, de la Ley Orgánica Judicial, los artículos 14 y 182, atribución 12a, de la Constitución de la República, y el artículo 13 de la Ley de Notariado.
Se trata de actos administrativos de ejecución de sanciones ya dictadas en procesos disciplinarios: en cada caso, el Pleno resolvió dar por cumplido el plazo de suspensión y ordenó librar oficio a todos los tribunales y registros públicos del país, además de la publicación en el Diario Oficial. Los cuatro documentos aparecen suscritos por la licenciada Julia del Cid, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia.
Los cuatro casos y sus fechas
El detalle de cada resolución, tal como fue publicado, es el siguiente:
- Acuerdo N° 1643-D (San Salvador, 7 de agosto de 2026): expediente disciplinario D-760-22 (D-017-MJ-22); resolución del Pleno del 14 de julio de 2026; beneficia al licenciado José Ernesto Morataya Díaz, suspendido en la función pública del notariado desde el 27 de junio de 2023 por el acuerdo 729-D del 20 de julio de 2023; efecto a partir del 7 de agosto de 2026 (Registro No. F50230).
- Acuerdo N° 1879-D (10 de septiembre de 2026): expediente D-006-24 (D-002-MS-24); resolución del 25 de agosto de 2026; beneficia al licenciado Santos Rafael Medrano Castillo, suspendido en el ejercicio de la abogacía desde el 20 de enero de 2025 por el acuerdo 281-D del 18 de febrero de 2025; efecto a partir del 10 de septiembre de 2026 (Registro No. F50163).
- Acuerdo N° 1893-D (11 de septiembre de 2026): expediente D-3058-23 (D-016-MN-23); resolución del 1 de septiembre de 2026; beneficia a la licenciada Norma Carolina Molina Galán, suspendida en la función pública del notariado desde el 27 de noviembre de 2024 por el acuerdo 23-D del 9 de enero de 2025; efecto a partir del 11 de septiembre de 2026 (Registro No. F50117).
- Acuerdo N° 1900-D (11 de septiembre de 2026): expediente D-431-23 (D-003-FL-23); resolución del 25 de agosto de 2026; beneficia a la licenciada Lucrecia Georgina Fuentes Mejía, suspendida en la función pública del notariado desde el 22 de diciembre de 2023 por el acuerdo 231-D del 1 de febrero de 2024; efecto a partir del 11 de septiembre de 2026 (Registro No. F50125).
Suspensiones de entre siete meses y más de tres años
Las sanciones ahora concluidas tuvieron duraciones muy distintas. La más extensa corresponde a José Ernesto Morataya Díaz, cuya suspensión se extendió por poco más de tres años y un mes, desde finales de junio de 2023. Le sigue Lucrecia Georgina Fuentes Mejía, con cerca de dos años y nueve meses de suspensión. En el caso de Norma Carolina Molina Galán el plazo superó los veintiún meses, mientras que Santos Rafael Medrano Castillo cumplió alrededor de un año y ocho meses de suspensión en el ejercicio de la abogacía.
En los cuatro casos, la resolución del Pleno incluye expresamente la instrucción de incorporar el nombre del profesional a la nómina permanente de notarios, con lo que quedan habilitados para intervenir en actos notariales y para comparecer ante tribunales y registros públicos.
Impacto para litigantes y usuarios
La publicación de estos cuatro acuerdos cierra formalmente los expedientes disciplinarios y devuelve la habilitación plena a los profesionales afectados, lo que incide directamente en litigantes, empresas y usuarios de servicios notariales que tenían trámites pendientes o suspendidos por la inhabilitación de estos abogados y notarios. El aviso a todos los tribunales y registros públicos del país busca además evitar que documentos otorgados durante el periodo de suspensión queden en una situación de incertidumbre registral.
Fuente: Diario Oficial, Tomo Nº 453, Número 184, 5 de octubre de 2026, Órgano Judicial, págs. 9-10 (referencia oficial: acuerdos 1643-D, 1879-D, 1893-D y 1900-D).